III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2023-4214)
Resolución de 10 de febrero de 2023, del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones en especie para la rehabilitación de locales comerciales en el casco histórico de Toledo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40
Jueves 16 de febrero de 2023
Artículo 14.
Sec. III. Pág. 23916
Documentación que debe acompañar a la solicitud de ayuda.
Los solicitantes deberán presentar junto con la solicitud la siguiente documentación,
que según el caso proceda:
1.
Documentación relativa a la personalidad del solicitante:
a) Copia del DNI del solicitante persona física. Cuando se actúe a través de
representante, se estará a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
b) Los solicitantes personas jurídicas, deberán presentar el CIF de la entidad, sus
escrituras de constitución inscritas, en su caso, en el Registro correspondiente y el DNI
de su representante, así como el poder correspondiente.
2.
Documentación acreditativa de la titularidad del local.
Escritura pública de compraventa, certificación del Registro de Propiedad, escritura
de participación del legado hereditario, testamento o certificado de últimas voluntades,
escritura pública de donación.
3.
Documentación relativa al uso del local.
a) Contrato de arrendamiento.
b) Fotocopia del alta en el impuesto de actividades económicas, en su caso.
c) Licencia de actividad o declaración del inicio de la actividad, en su caso.
4.
Documentación relativa al cumplimiento de otras obligaciones legales:
a) Certificación expedida por la autoridad competente de estar al corriente en el
cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias con la Hacienda
Pública y frente a la Seguridad Social, así como de todo tipo de obligaciones fiscales con
el Ayuntamiento de Toledo.
No obstante, en aplicación del artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Consorcio de
la Ciudad de Toledo recabará directamente y por medios telemáticos a los organismos
oportunos la información correspondiente, presumiéndose que la consulta es autorizada
por el solicitante salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
b) Declaración responsable de no encontrarse inhabilitado para obtener
subvenciones públicas.
Se deberá adjuntar anexo I en el que se detallen las características del local, el
estado de conservación del mismo, la existencia de elementos especiales y de singular
interés arquitectónico, la relación de obras de conservación realizadas en los últimos 15
años con su acreditación de facturas pagadas y licencias municipales de obra, y la
Memoria de Actuación, suscrito todo ello por técnico competente y contratado por la
propiedad.
En relación a la antigüedad de la actividad ejercida, se presentarán justificantes
municipales de la licencia de actividad. No obstante, la actividad se podrá demostrar, de
forma excepcional, en el caso de no existir registro histórico de la licencia de actividad,
con documentación gráfica o escrita del funcionamiento real de la misma (contabilidad,
facturas, publicidad, fotografías, anuncios en prensa histórica, etc.).
El tipo de actividad comercial, en su caso, se comprobará con la licencia de actividad
y/o mediante visita técnica realizada al local por los técnicos del Consorcio de Toledo.
La existencia de elementos especiales y de singular interés arquitectónico será
comprobada de oficio por los técnicos del Consorcio de Toledo, mediante consulta de las
cve: BOE-A-2023-4214
Verificable en https://www.boe.es
5. Documentación que acredite el cumplimiento de los criterios de valoración
establecidos en el artículo 15 de estas bases:
Núm. 40
Jueves 16 de febrero de 2023
Artículo 14.
Sec. III. Pág. 23916
Documentación que debe acompañar a la solicitud de ayuda.
Los solicitantes deberán presentar junto con la solicitud la siguiente documentación,
que según el caso proceda:
1.
Documentación relativa a la personalidad del solicitante:
a) Copia del DNI del solicitante persona física. Cuando se actúe a través de
representante, se estará a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
b) Los solicitantes personas jurídicas, deberán presentar el CIF de la entidad, sus
escrituras de constitución inscritas, en su caso, en el Registro correspondiente y el DNI
de su representante, así como el poder correspondiente.
2.
Documentación acreditativa de la titularidad del local.
Escritura pública de compraventa, certificación del Registro de Propiedad, escritura
de participación del legado hereditario, testamento o certificado de últimas voluntades,
escritura pública de donación.
3.
Documentación relativa al uso del local.
a) Contrato de arrendamiento.
b) Fotocopia del alta en el impuesto de actividades económicas, en su caso.
c) Licencia de actividad o declaración del inicio de la actividad, en su caso.
4.
Documentación relativa al cumplimiento de otras obligaciones legales:
a) Certificación expedida por la autoridad competente de estar al corriente en el
cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias con la Hacienda
Pública y frente a la Seguridad Social, así como de todo tipo de obligaciones fiscales con
el Ayuntamiento de Toledo.
No obstante, en aplicación del artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Consorcio de
la Ciudad de Toledo recabará directamente y por medios telemáticos a los organismos
oportunos la información correspondiente, presumiéndose que la consulta es autorizada
por el solicitante salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
b) Declaración responsable de no encontrarse inhabilitado para obtener
subvenciones públicas.
Se deberá adjuntar anexo I en el que se detallen las características del local, el
estado de conservación del mismo, la existencia de elementos especiales y de singular
interés arquitectónico, la relación de obras de conservación realizadas en los últimos 15
años con su acreditación de facturas pagadas y licencias municipales de obra, y la
Memoria de Actuación, suscrito todo ello por técnico competente y contratado por la
propiedad.
En relación a la antigüedad de la actividad ejercida, se presentarán justificantes
municipales de la licencia de actividad. No obstante, la actividad se podrá demostrar, de
forma excepcional, en el caso de no existir registro histórico de la licencia de actividad,
con documentación gráfica o escrita del funcionamiento real de la misma (contabilidad,
facturas, publicidad, fotografías, anuncios en prensa histórica, etc.).
El tipo de actividad comercial, en su caso, se comprobará con la licencia de actividad
y/o mediante visita técnica realizada al local por los técnicos del Consorcio de Toledo.
La existencia de elementos especiales y de singular interés arquitectónico será
comprobada de oficio por los técnicos del Consorcio de Toledo, mediante consulta de las
cve: BOE-A-2023-4214
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5. Documentación que acredite el cumplimiento de los criterios de valoración
establecidos en el artículo 15 de estas bases: