I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sector eléctrico. (BOE-A-2023-4135)
Circular 1/2023, de 7 de febrero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifica la Circular 4/2019, de 27 de noviembre, por la que se establece la metodología de retribución del operador del sistema eléctrico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Jueves 16 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 23777

Donde:
Erroranual_ren_h3: error relativo anual de la previsión para la hora h publicada en
la hora h-3, tres horas antes del inicio de cada hora.
ProdPrevren_h3(h): producción renovable prevista para la hora h publicada tres
horas antes en MWh.
RSO(h): corrección por limitaciones del OS o activación por servicio de
balance en la hora h en MWh.
ProdReal(h): producción renovable real en la hora h en MWh.
n: n.º de horas del año para el que se calcula el error de previsión de energía
renovable, excluyendo horas con precio del mercado diario inferior a 5 €/MWh así
como horas sin previsión por incidencia informática no subsanable, por no
disponer de previsión en un horizonte anterior, que sean autorizadas por la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
ProduccionRealAnual: Producción renovable total del año en MWh,
descontando las horas excluidas.
El incentivo total por previsión de energía renovable Incentivoren será la suma
de los incentivos de previsión de cada horizonte temporal:
Incentivoren = Incentivoren_d-1 + Incentivoren_h3
LIren y LSren son el límite inferior y superior del incentivo por previsión de
energía renovable y se fijarán mediante resolución para cada periodo regulatorio.
Cada uno de estos dos incentivos correspondientes a los dos horizontes
temporales:
Alcanzan su valor máximo LSren/2 cuando el indicador correspondiente sea
inferior o igual al umbral de retribución máxima que vendrá definido mediante la
aplicación de un porcentaje al valor medio de los errores horarios registrados en
los cinco años anteriores al comienzo del periodo regulatorio y se fijarán mediante
resolución para cada periodo:
Incentivoren_d-1 = LSren/2 si Erroranual_ren_d-1 <= UmbralErrorInfren_d-1
Incentivoren_h3 = LSren/2 si Erroranual_ren_h3 <= UmbralErrorInfren_h3
Alcanzarán su valor mínimo LIren/2 cuando el indicador correspondiente sea
superior o igual al umbral de retribución mínimo que vendrá definido mediante la
aplicación de un porcentaje al valor medio de los errores horarios registrados en
los cinco años anteriores al comienzo del periodo regulatorio y se fijarán mediante
resolución para cada periodo:
Incentivoren_d-1 = LIren/2 si Erroranual_ren_d-1 >= UmbralErrorSupren_d-1

Obtendrán valores nulos cuando el indicador correspondiente esté
comprendido dentro de una banda muerta dentro de la cual no hay significación
estadística, con un determinado nivel de confianza, de cambio en la precisión del
modelo de previsión. Para su determinación se utilizarán los errores registrados en
los cinco años anteriores al comienzo del periodo regulatorio y se fijarán mediante
resolución para cada periodo.

cve: BOE-A-2023-4135
Verificable en https://www.boe.es

Incentivoren_h3 = LIren/2 si Erroranual_ren_h3 >= UmbralErrorSupren_h3