I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sector eléctrico. (BOE-A-2023-4135)
Circular 1/2023, de 7 de febrero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifica la Circular 4/2019, de 27 de noviembre, por la que se establece la metodología de retribución del operador del sistema eléctrico.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40
Jueves 16 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 23776
Si UmbralBMSupdem_h3 < Erroranual_dem_h3 < UmbralErrorSupdem_h3,
entonces:
Incentivodem_h3 = ((LIdem/3) / (UmbralErrorSupdem_h3 – UmbralBMSupdem_h3)) *
(Erroranual_dem_h3 – UmbralBMSupdem_h3)
Siendo UmbralBMInfdem_a, UmbralBMSupdem_a, UmbralBMInfdem_d-1, UmbralBMSupde
m_d-1, UmbralBMInfdem_h3 y UmbralBMSupdem_h3 los umbrales inferior y superior que
determinan la banda muerta del error para cada uno de los tres horizontes temporales
respectivamente.
2. Incentivo para la mejora de la previsión de la producción de energía
renovable.
Se evaluará un objetivo de mejora de las previsiones de eólica y solar fotovoltaica
efectuadas por el operador del sistema, considerando dos niveles de previsión, diario e
intradiario, ponderando a partes iguales cada uno de los horizontes.
El indicador de calidad de previsión de horizonte diario se determinará en
función de la diferencia entre la previsión diaria peninsular de la producción eólica
y fotovoltaica publicada una hora antes del cierre de ofertas al mercado diario
(las 11:00 horas CET del día D-1) y la producción horaria real.
La métrica considerada para el cálculo del error será la suma del error
absoluto horario anual respecto a la energía total anual cuya formulación
matemática es la siguiente:
𝐸𝑟𝑟𝑜𝑟𝑎𝑛𝑢𝑎𝑙 _𝑟𝑒𝑛_𝑑−1 =
∑𝑛ℎ=1 |(𝑃𝑟𝑜𝑑𝑃𝑟𝑒𝑣𝑟𝑒𝑛_𝑑−1 (ℎ) − 𝑅𝑆𝑂(ℎ)) − 𝑃𝑟𝑜𝑑𝑅𝑒𝑎𝑙 (ℎ)|
× 100
𝑃𝑟𝑜𝑑𝑢𝑐𝑐𝑖𝑜𝑛𝑅𝑒𝑎𝑙𝐴𝑛𝑢𝑎𝑙
Donde:
El indicador de calidad de previsión de horizonte intradiario se determinará en
función de la diferencia entre la previsión horaria de la producción eólica y
fotovoltaica peninsular publicada tres horas antes del inicio de cada hora y la
producción horaria real.
La métrica considerada para el cálculo del error será la suma del error
absoluto horario anual respecto a la energía total anual cuya formulación
matemática es la siguiente:
𝐸𝑟𝑟𝑜𝑟𝑎𝑛𝑢𝑎𝑙_𝑟𝑒𝑛 _ℎ3
∑𝑛ℎ=1 |(𝑃𝑟𝑜𝑑𝑃𝑟𝑒𝑣𝑟𝑒𝑛_ℎ3 (ℎ) − 𝑅𝑆𝑂(ℎ)) − 𝑃𝑟𝑜𝑑𝑅𝑒𝑎𝑙 (ℎ)|
=
× 100
𝑃𝑟𝑜𝑑𝑢𝑐𝑐𝑖𝑜𝑛𝑅𝑒𝑎𝑙𝐴𝑛𝑢𝑎𝑙
cve: BOE-A-2023-4135
Verificable en https://www.boe.es
Erroranual_ren_d-1: error relativo anual de la previsión para el día d publicada el
día d-1.
ProdPrevren_d-1(h): producción renovable prevista para la hora h publicada el
día d-1 en MWh.
RSO(h): corrección por limitaciones del OS o activación del servicio de balance
en la hora h en MWh.
ProdReal(h): producción renovable real en la hora h en MWh.
n: número de horas del año para el que se calcula el error de previsión de
energía renovable, excluyendo horas con precio del mercado diario inferior
a 5 €/MWh así como horas sin previsión por incidencia informática no subsanable,
por no disponer de previsión en un horizonte anterior, que sean autorizadas por la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
ProducciónRealAnual: producción renovable total del año en MWh,
descontando las horas excluidas.
Núm. 40
Jueves 16 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 23776
Si UmbralBMSupdem_h3 < Erroranual_dem_h3 < UmbralErrorSupdem_h3,
entonces:
Incentivodem_h3 = ((LIdem/3) / (UmbralErrorSupdem_h3 – UmbralBMSupdem_h3)) *
(Erroranual_dem_h3 – UmbralBMSupdem_h3)
Siendo UmbralBMInfdem_a, UmbralBMSupdem_a, UmbralBMInfdem_d-1, UmbralBMSupde
m_d-1, UmbralBMInfdem_h3 y UmbralBMSupdem_h3 los umbrales inferior y superior que
determinan la banda muerta del error para cada uno de los tres horizontes temporales
respectivamente.
2. Incentivo para la mejora de la previsión de la producción de energía
renovable.
Se evaluará un objetivo de mejora de las previsiones de eólica y solar fotovoltaica
efectuadas por el operador del sistema, considerando dos niveles de previsión, diario e
intradiario, ponderando a partes iguales cada uno de los horizontes.
El indicador de calidad de previsión de horizonte diario se determinará en
función de la diferencia entre la previsión diaria peninsular de la producción eólica
y fotovoltaica publicada una hora antes del cierre de ofertas al mercado diario
(las 11:00 horas CET del día D-1) y la producción horaria real.
La métrica considerada para el cálculo del error será la suma del error
absoluto horario anual respecto a la energía total anual cuya formulación
matemática es la siguiente:
𝐸𝑟𝑟𝑜𝑟𝑎𝑛𝑢𝑎𝑙 _𝑟𝑒𝑛_𝑑−1 =
∑𝑛ℎ=1 |(𝑃𝑟𝑜𝑑𝑃𝑟𝑒𝑣𝑟𝑒𝑛_𝑑−1 (ℎ) − 𝑅𝑆𝑂(ℎ)) − 𝑃𝑟𝑜𝑑𝑅𝑒𝑎𝑙 (ℎ)|
× 100
𝑃𝑟𝑜𝑑𝑢𝑐𝑐𝑖𝑜𝑛𝑅𝑒𝑎𝑙𝐴𝑛𝑢𝑎𝑙
Donde:
El indicador de calidad de previsión de horizonte intradiario se determinará en
función de la diferencia entre la previsión horaria de la producción eólica y
fotovoltaica peninsular publicada tres horas antes del inicio de cada hora y la
producción horaria real.
La métrica considerada para el cálculo del error será la suma del error
absoluto horario anual respecto a la energía total anual cuya formulación
matemática es la siguiente:
𝐸𝑟𝑟𝑜𝑟𝑎𝑛𝑢𝑎𝑙_𝑟𝑒𝑛 _ℎ3
∑𝑛ℎ=1 |(𝑃𝑟𝑜𝑑𝑃𝑟𝑒𝑣𝑟𝑒𝑛_ℎ3 (ℎ) − 𝑅𝑆𝑂(ℎ)) − 𝑃𝑟𝑜𝑑𝑅𝑒𝑎𝑙 (ℎ)|
=
× 100
𝑃𝑟𝑜𝑑𝑢𝑐𝑐𝑖𝑜𝑛𝑅𝑒𝑎𝑙𝐴𝑛𝑢𝑎𝑙
cve: BOE-A-2023-4135
Verificable en https://www.boe.es
Erroranual_ren_d-1: error relativo anual de la previsión para el día d publicada el
día d-1.
ProdPrevren_d-1(h): producción renovable prevista para la hora h publicada el
día d-1 en MWh.
RSO(h): corrección por limitaciones del OS o activación del servicio de balance
en la hora h en MWh.
ProdReal(h): producción renovable real en la hora h en MWh.
n: número de horas del año para el que se calcula el error de previsión de
energía renovable, excluyendo horas con precio del mercado diario inferior
a 5 €/MWh así como horas sin previsión por incidencia informática no subsanable,
por no disponer de previsión en un horizonte anterior, que sean autorizadas por la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
ProducciónRealAnual: producción renovable total del año en MWh,
descontando las horas excluidas.