III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-4120)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XXII Convenio colectivo del personal de tierra de Iberia Líneas Aéreas de España, SA, Operadora S. Unipersonal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Miércoles 15 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 23456

b) Prioridad de permanencia en la Empresa o Centro de Trabajo respecto de los
demás trabajadores, en los supuestos de suspensión o extinción por causas
tecnológicas o económicas.
c) No ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones ni dentro
del año siguiente a la expiración de su mandato, salvo en el caso en que ésta se
produzca por revocación o dimisión, siempre que el despido o sanción se base en la
acción del trabajador en el ejercicio legal de su representación.
Asimismo no podrá ser discriminado en su promoción económica o profesional, en
razón precisamente del desempeño de su representación.
d) No se computarán dentro de las 40 horas las dedicadas a reuniones convocadas
por la Empresa. Este mismo tratamiento se aplicará para las reuniones convocadas por
el Comité Intercentros.
e) La Empresa facilitará al Comité Intercentros los mismos medios materiales y
económicos de que, en general, goza en la actualidad.
Artículo 16.
a)

Información al Comité Intercentros.

Información al menos trimestral:

Horas extraordinarias a nivel global y desglosadas por Direcciones (normales,
festivas y nocturnas).
En esta materia, a los distintos Comités de Centro o Delegados/as de Personal, en
su caso, se entregarán desglosadas por:
1. Centros de Trabajo y Unidades o Departamentos.
2. Número de horas normales, festivas y nocturnas.
En aquellos Centros de Trabajo donde se elaboren estadísticas de horas
desglosadas por grupos laborales y categorías, se facilitarán al Comité correspondiente.
Si se generalizase esta información a nivel nacional se facilitará también al Comité
Intercentros.
Estadísticas de tráfico, producción e ingresos por redes.
Horas ordinarias y complementarias realizadas por los Fijos a Tiempo Parcial. De
esta información se dará asimismo traslado al Comité de Centro respectivo.
Número de horas correspondientes al pacto de productividad de la Dirección
Técnica, D. Mantenimiento en Línea y D. Técnica del Operador.
b)

Información trimestral:

Evolución general del sector y, en especial, aquella información relacionada con la
Empresa.
Situación de plantillas desglosadas por:

Estadísticas sobre absentismo; causas y criterios.
Información de las sanciones impuestas por faltas muy graves y despidos y relación
estadística de las mismas.
c)

Información anual:

Documentación que se entrega en la Junta General de Accionistas.
Planes de formación profesional.
Programas de Producción.
d)

Información general sobre el Plan Cuatrienal (al menos anualmente).

cve: BOE-A-2023-4120
Verificable en https://www.boe.es

1. Grupos laborales y categorías.
2. Distribución por Centros de Trabajo.
3. Probable evolución del empleo en la Empresa.