III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-4120)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XXII Convenio colectivo del personal de tierra de Iberia Líneas Aéreas de España, SA, Operadora S. Unipersonal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Miércoles 15 de febrero de 2023
Artículo 68.

Sec. III. Pág. 23481

Requisitos específicos para el resto de los colectivos.

Se establece los requisitos específicos para cada uno de los siguientes grupos
laborales:
1.

T.M.A.:

– Experiencia profesional en el ámbito donde existe vacante.
– Estar en posesión de la licencia en vigor correspondiente y habilitación de tipo
aplicable a la flota de Iberia, caso de ser necesario.
– Ser certificador, caso de ser necesario.
– Superar las pruebas de idiomas, cuando lo exija el puesto.
2. Técnicos Explotación y Mantenimiento de Sistemas de Información y
Telecomunicaciones:
– Experiencia profesional en el ámbito donde existe vacante.
– Haber superado las pruebas de idiomas, cuando lo exija el puesto.
3.

Administrativos:

– Experiencia profesional en el Área donde existe vacante.
– Haber superado las pruebas de idiomas, cuando lo exija el puesto.
4.

Servicios Auxiliares:

– Experiencia profesional en el Área donde existe vacante.
– Haber superado las pruebas de idiomas, cuando lo exija el puesto.
Artículo 69.

Promoción TMA Jefe.

Los TMA I de Ejecución, nivel 12, que promocionen a TMA Jefe A, nivel 12,
progresarán al nivel 13 una vez consolidada la categoría, siempre que hayan
permanecido al menos tres años en el nivel 12.
Artículo 70. Cobertura vacantes.
Anualmente, la Dirección de la Empresa publicará el catálogo de las plazas
necesarias de TMA Jefe, a nivel local. Así mismo, publicará el catálogo de Puestos de
Mando de los colectivos de Administrativos, TEMSIT y Servicios Auxiliares a nivel local,
de acuerdo con las necesidades existentes en cada momento, por Especialidad y Área,
en su caso. De las modificaciones a dichas publicaciones se informará a los Comités
afectados.
La cobertura de vacantes se llevará a cabo por libre designación de la Empresa de
entre aquellos trabajadores que hayan superado las pruebas y requisitos necesarios
para la promoción.
C.

Ocupación de puestos para el Grupo Superior de Gestores y Técnicos

Para la ocupación de puestos de Contenido Técnico, Destacado o Alto Contenido
Técnico, que requieran titulación de enseñanza superior universitaria reconocida por la
Empresa o conocimientos y experiencia equivalente a dichos estudios, será necesario el
cumplimiento de los siguientes requisitos:
– Pertenecer al Grupo Superior de Gestores y Técnicos.

cve: BOE-A-2023-4120
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 71. Requisitos específicos puesto GSGT.