III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-3948)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Chiva n.º 2 a inscribir una escritura de donación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 22945

declaración en el inventario. Asimismo, en los mismos plazos se remitirá cualquier otra
información que reglamentariamente se determine.
A estos efectos el registrador de la propiedad estará obligado a comunicar de modo
telemático a la comunidad autónoma correspondiente, con carácter anual antes del 31
de enero de cada año, las siguientes circunstancias:
a) La manifestación de las fincas donde se haya realizado una actividad
potencialmente contaminante.
b) La expedición de la certificación de cargas acreditativa del inicio del expediente.
c) Las notas marginales relativas a la declaración de los suelos contaminados o de
su cancelación”.
Por tanto, esa comunicación es, “a los efectos”, como dice la propia Ley, de que las
CC.AA. realicen un inventario con los suelos declarados contaminados y de
descontaminaciones voluntarias. Y este inventario contendrá, al menos, la información
que se recoge en la parte A del anexo XIV y se remitirá al Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, anualmente antes del 31 de marzo, junto con la parte B
del anexo XIV.
El Anexo XIV de la Ley 7/2022 titulado “Obligaciones de información en materia de
suelos contaminados y de descontaminaciones voluntarias”, en su parte A, determina el
“Contenido de la declaración de suelo contaminado o de descontaminación voluntaria”. Y
a este respecto, se debe incluir “4. Información relativa a la contaminación del suelo.
a) Contaminantes detectados (señalar uno o más): compuestos orgánicos volátiles,
compuestos BTEX, hidrocarburos totales del petróleo, compuestos organoclorados,
metales, otros (especificar)...”
¿Hay algún dato de los mencionados en la “fórmula” que consta en la escritura objeto
del presente recurso?
Ello sin perjuicio de que es imposible deducir de la expresión utilizada por el
transmitente que haya realizado alguna actividad potencialmente contaminante del suelo.
VI. La ausencia de la declaración sobre actividades potencialmente contaminantes
del suelo no puede impedir la inscripción
Por último, cabe ahora analizar si la ausencia de la misma puede impedir la
inscripción de la transmisión del derecho real, en este caso, de la propiedad.
De acuerdo con el art. 18 de la Ley Hipotecaria, “Los Registradores calificarán, bajo
su responsabilidad, la legalidad de las formas extrínsecas de los documentos de toda
clase, en cuya virtud se solicite la inscripción, así como la capacidad de los otorgantes y
la validez de los actos dispositivos contenidos en las escrituras públicas, por lo que
resulte de ellas y de los asientos del Registro”.
Y a tenor del artículo 98 del Reglamento Hipotecario: “El Registrador considerará,
conforme a lo prescrito en el artículo 18 de la Ley como faltas de legalidad en las formas
extrínsecas de los documentos de toda clase, en cuya virtud se solicite la inscripción, las
que afecten a la validez de los mismos, según las leyes que determinan la forma de los
instrumentos, siempre que resulten del texto de dichos documentos o puedan conocerse
por la simple inspección de ellos”.
Del mismo modo apreciará la no expresión, o la expresión sin la claridad suficiente,
de cualquiera de las circunstancias que, según La Ley y este Reglamento, debe contener
la inscripción, bajo pena de nulidad”.
En el caso que nos ocupa estamos ante una donación y el negocio jurídico cuenta
con los requisitos esenciales: 1.º) la declaración de voluntad; 2.º) el objeto; y 3.º) la
causa. Estamos, pues, ante un acto dispositivo válido.
Tampoco hay nada que objetar a la capacidad de los otorgantes.
Y, aunque no es esencial para este negocio jurídico, pero sí para la inscripción en el
registro de la propiedad, el mismo consta en escritura pública.

cve: BOE-A-2023-3948
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Núm. 38