III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-3968)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Naturgy Renovables, SLU, la autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica "La Pradera", de 299,96 MW de potencia instalada, la subestación eléctrica "La Pradera" 30/132 kV, la línea de evacuación a 132 kV entre la subestación "La Pradera" y la subestación "La Dehesa", la subestación eléctrica "La Dehesa" 132/400 kV y la línea de interconexión a 400 kV, en Cuadros y La Robla (León).
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38
Martes 14 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 23079
el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de
energía renovables, cogeneración y residuos, que queda redactado como sigue:
«En el caso de instalaciones fotovoltaicas, la potencia instalada será la menor de
entre las dos siguientes:
a) la suma de las potencias máximas unitarias de los módulos fotovoltaicos que
configuran dicha instalación, medidas en condiciones estándar según la norma UNE
correspondiente.
b) la potencia máxima del inversor o, en su caso, la suma de las potencias de los
inversores que configuran dicha instalación.»
Naturgy ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la
realización del proyecto.
Se otorgó al promotor el trámite de audiencia previsto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con
la propuesta de Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas
respecto de la autorización administrativa solicitada, habiendo respondido al mismo con
alegaciones.
La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, ha emitido informe en su sesión celebrada el día 13 de mayo de 2022.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
La citada autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas resuelve:
Otorgar a Naturgy Renovables, S.L.U. la autorización administrativa previa para la
instalación fotovoltaica «La Pradera», de 299,96 MW de potencia instalada, la
subestación eléctrica «La Pradera» 30/132 kV, la línea de evacuación a 132 kV entre la
subestación «La Pradera» y la subestación «La Dehesa», la subestación eléctrica «La
Dehesa» 132/400 kV y la línea de interconexión a 400 kV, en los términos municipales de
Cuadros y La Robla, en la provincia de León, con las características definidas en el
anteproyecto «Planta Solar Fotovoltaica La Pradera, 300 MWp», fechado en noviembre
de 2020, así como en los proyectos de la subestación transformadora «Subestación La
Pradera 30/132 kV, planta solar fotovoltaica La Pradera», de octubre de 2020, de la línea
de evacuación de energía «Línea aérea de alta tensión 132 kV doble circuito, S.E. «La
Pradera»-S.E. Colectora «LA Dehesa» en los términos municipales de Cuadros y La
Robla (Provincia de León)», y de la subestación colectora «Subestación colectora «La
«Dehesa» 400/132/0 kV y línea de interconexión 400 kV. Nudo La Robla, León»,
fechados en noviembre de 2020.
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes:
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio:
aproximadamente 299,96 MW.
– Término municipal afectado: Cuadros, en la provincia de León.
cve: BOE-A-2023-3968
Verificable en https://www.boe.es
Único.
Núm. 38
Martes 14 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 23079
el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de
energía renovables, cogeneración y residuos, que queda redactado como sigue:
«En el caso de instalaciones fotovoltaicas, la potencia instalada será la menor de
entre las dos siguientes:
a) la suma de las potencias máximas unitarias de los módulos fotovoltaicos que
configuran dicha instalación, medidas en condiciones estándar según la norma UNE
correspondiente.
b) la potencia máxima del inversor o, en su caso, la suma de las potencias de los
inversores que configuran dicha instalación.»
Naturgy ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la
realización del proyecto.
Se otorgó al promotor el trámite de audiencia previsto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con
la propuesta de Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas
respecto de la autorización administrativa solicitada, habiendo respondido al mismo con
alegaciones.
La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, ha emitido informe en su sesión celebrada el día 13 de mayo de 2022.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
La citada autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas resuelve:
Otorgar a Naturgy Renovables, S.L.U. la autorización administrativa previa para la
instalación fotovoltaica «La Pradera», de 299,96 MW de potencia instalada, la
subestación eléctrica «La Pradera» 30/132 kV, la línea de evacuación a 132 kV entre la
subestación «La Pradera» y la subestación «La Dehesa», la subestación eléctrica «La
Dehesa» 132/400 kV y la línea de interconexión a 400 kV, en los términos municipales de
Cuadros y La Robla, en la provincia de León, con las características definidas en el
anteproyecto «Planta Solar Fotovoltaica La Pradera, 300 MWp», fechado en noviembre
de 2020, así como en los proyectos de la subestación transformadora «Subestación La
Pradera 30/132 kV, planta solar fotovoltaica La Pradera», de octubre de 2020, de la línea
de evacuación de energía «Línea aérea de alta tensión 132 kV doble circuito, S.E. «La
Pradera»-S.E. Colectora «LA Dehesa» en los términos municipales de Cuadros y La
Robla (Provincia de León)», y de la subestación colectora «Subestación colectora «La
«Dehesa» 400/132/0 kV y línea de interconexión 400 kV. Nudo La Robla, León»,
fechados en noviembre de 2020.
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes:
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio:
aproximadamente 299,96 MW.
– Término municipal afectado: Cuadros, en la provincia de León.
cve: BOE-A-2023-3968
Verificable en https://www.boe.es
Único.