III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-3939)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Sevilla n.º 17, por la que se suspende la cancelación de unas notas marginales de afección fiscal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Martes 14 de febrero de 2023

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repeticiones innecesarias; no tomándose anotación de suspensión, por no haberse
solicitado.–
Segundo. Notificar esta calificación al presentante y al Notario autorizante de la
Escritura. La presente calificación lleva consigo, conforme al artículo 323 de la Ley
Hipotecaria, la prórroga del asiento de presentación, y podrá (…).
Sevilla, a fecha de la firma.–La Registradora: Berta Cobos Millán Este documento ha
sido firmado con firma electrónica cualificada por Berta Cobos Millán registrador/a de
Registro Propiedad de Sevilla 17 a día veintitrés de septiembre del dos mil veintidós.»
III
Contra la anterior nota de calificación, don L. D. S. C., abogado, en nombre y
representación de la mercantil «Itálica Real Estate Operating Partners, S.L.», interpuso
recurso el día 20 de octubre de 2022 mediante escrito en el que hacía las siguientes
alegaciones:
«Hechos.
Primero. Mediante instancia suscrita por quien comparece en nombre y
representación de la entidad Itálica Real Estate Operating Partners, Sociedad Limitada, y
presentada el 7 de septiembre de 2022, se hacía constar lo siguiente.

i) al folio 56 vuelto, del Tomo 3.532, Libro 269, finca registral número 9942 de la
Sección 1.ª, inscripción 6.ª de Obra Nueva en Construcción y D.H., constitución de
Servidumbres y Estatutos; a favor de “Itálica Real Estate Operating Partners, Sociedad
Limitada” el pleno dominio de dicha finca, por título de declaración de obra nueva en
construcción, así como su constitución en régimen de propiedad horizontal referida;
quedando inscritos los Estatutos de la Comunidad por las que se regirá la comunidad de
propietarios y las servidumbres constituidas; en los términos y formas antes
relacionados; haciendo constar que dicha finca ha sido Dividida en Régimen de
Propiedad Horizontal en cuatro fincas nuevas e independientes, a los folios 129 al 141,
inclusive, del Tomo 3.808, libro 373 de esta Sección, fincas 12.168 a 12.171,
inscripciones primeras; habiendo quedado las fincas de nueva creación inscritas en la
forma que resulta de las notas simples que se acompañan.
ii) al folio 6 vuelto, del Tomo 3.804, Libro 370, finca registral número 9940, de la
Sección 1.ª, inscripción 5.ª de Obra de Rehabilitación en Construcción y D.H.,
constitución de Servidumbres y Estatutos; a favor de “Itálica Real Estate Operating
Partners, Sociedad Limitada” el pleno dominio de dicha finca, así como su constitución
en régimen de propiedad horizontal referida; quedando inscritos los Estatutos de la
Comunidad por las que se regirá la comunidad dc propietarios y las servidumbres
constituidas; en los términos y formas antes relacionados; haciendo constar que dicha
finca ha sido Dividida en Régimen de Propiedad Horizontal en cinco fincas nuevas e
independientes, a los folios 145 al 161, inclusive, del Tomo 3.808, libro 373 de esta
Sección, fincas 12.172 a 12.176, inscripciones primeras; habiendo quedado las fincas de
nueva creación inscritas en la forma que resulta de las notas simples que se
acompañan.–Dicho asiento en tanto no se declare su inexactitud en los términos
establecidos por la Ley, está bajo la salva guardia de los Tribunales y produce todos sus
efectos, entre los que destacan los derivados de los artículos 17, 20, 32, 34, 38 y 41 de
la L.H.–La titularidad vigente y el estado de cargas resulta de las notas simples que se
expiden y adjuntan.

cve: BOE-A-2023-3939
Verificable en https://www.boe.es

I. Según resulta de las notas de calificación favorable que acompañamos al
presente, ha quedado inscrito;