I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2023-3845)
Orden PCM/126/2023, de 10 de febrero, por la que se crea y regula la Comisión de seguimiento de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Martes 14 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 22412

Esta Comisión de Seguimiento se inscribirá en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación dado su carácter multilateral y de órgano de
cooperación.
En su virtud, a propuesta conjunta de la Ministra de Derechos Sociales y
Agenda 2030, la Ministra de Justicia y el Ministro del Interior, y con la aprobación previa
de la Ministra de Hacienda y Función Pública, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.

Objeto.

1. Esta orden tiene por objeto la creación y regulación de la Comisión de
Seguimiento de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral de la
infancia y la adolescencia frente a la violencia.
2. La creación de la Comisión no obsta para la adopción de otras medidas de
coordinación y la celebración de cuantos acuerdos de cooperación y colaboración sea
preciso realizar para el cumplimiento de lo establecido en la citada Ley Orgánica 8/2021,
de 4 de junio.
Artículo 2. Régimen jurídico.
En lo no previsto en esta orden resultarán de aplicación lo previsto por la sección 3.ª
del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
CAPÍTULO II
Comisión de Seguimiento
Artículo 3. Naturaleza y adscripción.
1. La Comisión de Seguimiento de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, en
adelante, la Comisión, es un órgano de cooperación interadministrativa, para el
seguimiento de lo previsto en la citada norma.
2. La Comisión está adscrita al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
Artículo 4.

Funciones.

a) Análisis de la aplicación, repercusiones jurídicas y económicas, así como
evaluación del impacto de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio.
b) Evaluación y seguimiento de las propuestas normativas y no normativas en
relación con la violencia hacia la infancia y la adolescencia, de manera especial las que
inciden en los colectivos vulnerables, que se impulsen desde el Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030, el Ministerio de Justicia y el Ministerio del Interior, así como por
parte de otros departamentos ministeriales.
c) Impulso y seguimiento de los mecanismos de cooperación entre
Administraciones Públicas que procedan en aplicación de dicha ley orgánica.
d) Cooperación interministerial en la cumplimentación de las previsiones de
desarrollo normativo que la norma contempla.
e) Promoción del intercambio de mejores prácticas y experiencias, con el fin de
maximizar las sinergias de las políticas públicas y de mejorar su eficacia.

cve: BOE-A-2023-3845
Verificable en https://www.boe.es

Las funciones de la Comisión son las siguientes: