III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2023-3795)
Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón para la cesión del uso de la aplicación SERPA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 22106
contemplaba. A tal fin, el artículo 28 del Reglamento de los Servicios de Prevención
referido a registros de las entidades especializadas, tras la modificación que del mismo
hace el RD 337/2010, estableció la necesidad de configurar registros autonómicos con
una serie de características, con el fin de mejorar el tratamiento de la información de las
entidades especializadas y de permitir un mejor conocimiento de los datos por las
autoridades y los ciudadanos, propiciando la comunicación telemática de dichos datos y
la interconexión de los registros autonómicos mediante la creación de una base de datos
gestionada por el Ministerio de Trabajo, y Economía Social.
Este Registro fue creado en la Comunidad Autónoma de Aragón mediante el
Decreto 73/2016, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Registro
de Entidades especializadas acreditadas para actuar como servicios de prevención
ajenos y de personas o entidades especializadas autorizadas para desarrollar la
actividad de auditoría o evaluación externa del sistema de prevención en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Aragón, registro único para toda la Comunidad Autónoma, de
naturaleza administrativa y carácter público.
2. El entonces Ministerio de Trabajo e Inmigración dictó, en uso de las atribuciones
conferidas por la disposición final primera del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por
el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, la Orden
TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, que desarrolla el Reglamento de los Servicios de
Prevención en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios
de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la
actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas.
Por otro lado, las previsiones existentes del artículo 28 del Reglamento de los
Servicios de Prevención respecto a la puesta a disposición de las memorias, mediante el
establecimiento de registros autonómicos conectados a una base común de datos en el
Ministerio de Trabajo y Economía Social, permite un adecuado desglose de la
información sea cual sea el ámbito de actuación de cada servicio de prevención.
La citada Orden TIN/2504/2010, en su disposición adicional segunda, previó, para la
consecución de los objetivos establecidos en el artículo 28 del Reglamento de los
Servicios de Prevención, el establecimiento de convenios de entre las Comunidades
Autónomas y el entonces Ministerio de Trabajo, e Inmigración, que garantizarán la
adecuada intercomunicación de los registros y el acceso público los datos contenidos en
cualquiera de ellos desde el registro de cualquier autoridad laboral. Asimismo, estos
convenios contendrán el diseño de un soporte informático que permita la presentación de
la memoria anual de los servicios de prevención.
En cumplimiento de estas previsiones, el entonces Ministerio de Empleo y Seguridad
Social y la Comunidad Autónoma de Aragón suscribieron un convenio de colaboración
para el funcionamiento de una aplicación informática para la gestión de la información de
los servicios de prevención ajenos acreditados el 30 de octubre de 2012, previsto con
vigencia indefinida. En cumplimiento de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen
Jurídico del Sector Público, se hace preciso la suscripción de un nuevo convenio de
colaboración.
La Comunidad Autónoma de Aragón ostenta la competencia ejecutiva en materia de
trabajo y relaciones laborales en virtud del artículo 77 del estatuto de Autonomía de
Aragón, correspondiéndole al Departamento de Economía, Planificación y Empleo, a
través de la Dirección General de Trabajo, Autónomos y Economía Social el ejercicio de
las competencias en materia de ejecución de la legislación laboral, la prevención de
riesgos laborales y la seguridad y salud en trabajo, de acuerdo a lo previsto en los
artículos 2 y 14 del Decreto 29/2020, de 11 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que
se aprueba la Estructura Orgánica del Departamento de Economía, Planificación y
Empleo.
cve: BOE-A-2023-3795
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 37
Lunes 13 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 22106
contemplaba. A tal fin, el artículo 28 del Reglamento de los Servicios de Prevención
referido a registros de las entidades especializadas, tras la modificación que del mismo
hace el RD 337/2010, estableció la necesidad de configurar registros autonómicos con
una serie de características, con el fin de mejorar el tratamiento de la información de las
entidades especializadas y de permitir un mejor conocimiento de los datos por las
autoridades y los ciudadanos, propiciando la comunicación telemática de dichos datos y
la interconexión de los registros autonómicos mediante la creación de una base de datos
gestionada por el Ministerio de Trabajo, y Economía Social.
Este Registro fue creado en la Comunidad Autónoma de Aragón mediante el
Decreto 73/2016, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Registro
de Entidades especializadas acreditadas para actuar como servicios de prevención
ajenos y de personas o entidades especializadas autorizadas para desarrollar la
actividad de auditoría o evaluación externa del sistema de prevención en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Aragón, registro único para toda la Comunidad Autónoma, de
naturaleza administrativa y carácter público.
2. El entonces Ministerio de Trabajo e Inmigración dictó, en uso de las atribuciones
conferidas por la disposición final primera del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por
el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, la Orden
TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, que desarrolla el Reglamento de los Servicios de
Prevención en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios
de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la
actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas.
Por otro lado, las previsiones existentes del artículo 28 del Reglamento de los
Servicios de Prevención respecto a la puesta a disposición de las memorias, mediante el
establecimiento de registros autonómicos conectados a una base común de datos en el
Ministerio de Trabajo y Economía Social, permite un adecuado desglose de la
información sea cual sea el ámbito de actuación de cada servicio de prevención.
La citada Orden TIN/2504/2010, en su disposición adicional segunda, previó, para la
consecución de los objetivos establecidos en el artículo 28 del Reglamento de los
Servicios de Prevención, el establecimiento de convenios de entre las Comunidades
Autónomas y el entonces Ministerio de Trabajo, e Inmigración, que garantizarán la
adecuada intercomunicación de los registros y el acceso público los datos contenidos en
cualquiera de ellos desde el registro de cualquier autoridad laboral. Asimismo, estos
convenios contendrán el diseño de un soporte informático que permita la presentación de
la memoria anual de los servicios de prevención.
En cumplimiento de estas previsiones, el entonces Ministerio de Empleo y Seguridad
Social y la Comunidad Autónoma de Aragón suscribieron un convenio de colaboración
para el funcionamiento de una aplicación informática para la gestión de la información de
los servicios de prevención ajenos acreditados el 30 de octubre de 2012, previsto con
vigencia indefinida. En cumplimiento de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen
Jurídico del Sector Público, se hace preciso la suscripción de un nuevo convenio de
colaboración.
La Comunidad Autónoma de Aragón ostenta la competencia ejecutiva en materia de
trabajo y relaciones laborales en virtud del artículo 77 del estatuto de Autonomía de
Aragón, correspondiéndole al Departamento de Economía, Planificación y Empleo, a
través de la Dirección General de Trabajo, Autónomos y Economía Social el ejercicio de
las competencias en materia de ejecución de la legislación laboral, la prevención de
riesgos laborales y la seguridad y salud en trabajo, de acuerdo a lo previsto en los
artículos 2 y 14 del Decreto 29/2020, de 11 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que
se aprueba la Estructura Orgánica del Departamento de Economía, Planificación y
Empleo.
cve: BOE-A-2023-3795
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 37