III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2023-3795)
Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón para la cesión del uso de la aplicación SERPA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Lunes 13 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 22105

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
3795

Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón para la
cesión del uso de la aplicación SERPA.

Suscrito el Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la
Comunidad Autónoma de Aragón para la cesión del uso de la aplicación SERPA, y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.
Madrid, 3 de febrero de 2023.–La Secretaria General Técnica, Consolación
Rodríguez Alba.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la Comunidad
Autónoma de Aragón para la cesión del uso de la aplicación SERPA
Madrid, a 31 de enero de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. doña Yolanda Díaz Pérez, en su condición de
Vicepresidenta Segunda del Gobierno nombrada por el Real Decreto 523/2021 de 10 de
julio, y Ministra de Trabajo y Economía Social, nombrada por Real Decreto 8/2020, de 12
de enero, y en uso de sus atribuciones conferidas en virtud del artículo 61, K), de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra, la Excma. Sra doña Marta Gastón Menal, en su condición de Consejera de
Economía, Planificación y Empleo nombrada por Decreto de 5 de agosto de 2019, del
Presidente del Gobierno de Aragón, actuando en nombre y representación del Gobierno
de Aragón y facultada expresamente para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón
de fecha 19 de octubre de 2022.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad para obligarse y convenir.

1. El Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento
de los Servicios de Prevención, desarrollo reglamentario de la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, estableció los requisitos y funciones de
las entidades especializadas para poder actuar como servicios de prevención ajenos, así
como el sistema de acreditación y mantenimiento de las condiciones de acreditación de
dichos servicios.
Posteriormente fue modificado por el Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, con el
objetivo de mejorar la calidad y eficacia de los sistemas de prevención de riesgos
laborales, especialmente de las entidades que actúan como servicios de prevención
como medio decisivo para aumentar los niveles de seguridad y salud de los trabajadores.
Para ello prevé la creación de un sistema de información de los servicios de
prevención que fuera ágil, accesible y fiable al considerar que era un elemento necesario
e indispensable para asegurar la efectividad del resto de las medidas que la reforma

cve: BOE-A-2023-3795
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