III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3819)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Marciaga Solar, de 62,5 MWp, en el término municipal de Casarabonela (Málaga), de sus infraestructuras de evacuación asociadas: Subestación Transformadora Atalaya 132/30 KV y línea de alta tensión 132 KV para la conexión entre las subestaciones Atalaya-Álora. (Pfot-381)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de febrero de 2023

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pudiera originarse como consecuencia de las obras de instalación y movimientos de
tierra. Indica que la viabilidad o no de esta línea debe responder a los resultados de este
estudio, pudiendo condicionar el presente proyecto. Este estudio ha de tener en cuenta
lo establecido en la Orden de 18 de marzo de 2015, por la que se aprueba el Plan de
Gestión del espacio.
Así mismo, incluye la respuesta del Director-Conservador del Parque Nacional y
Natural de la Sierra de las Nieves con fecha de 15 de noviembre de 2021, en el que
como conclusión indica que en base a las determinaciones expuestas se entiende que el
EsIA no incluye una valoración del potencial impacto del proyecto en la zona periférica
de proyección (ZPP) del Parque Nacional, justificando la necesidad de reubicar la PFV
en otras zonas posibles fuera de la ZPP del citado Parque Nacional, proponiendo
soluciones alternativas. Indica también que, aún no existiendo una afección directa al
PN, su proximidad al mismo (escasos 8 km) y su inclusión en la ZPP, así como por la
afección a esta ZPP que puede generar la LAT, se puede prever un impacto sobre la
fauna, (aves y los murciélagos), del referido espacio natural, así como en el resto de
espacios RN 2000 cercanos, al ser utilizadas esos ámbitos de ocupación como zonas de
campeo y alimentación, dejando de estar disponibles, lo que supondrá una alteración y
fragmentación de sus hábitats. Por ello, alude a la definición que hace la Ley declarativa
del Parque Nacional respecto a la ZPP, como zona de amortiguación de impactos
concluyendo que la ZPP no se corresponde con el mejor sitio para instalaciones de tanto
impacto paisajístico y medioambiental.
De igual modo el Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial de
Desarrollo Sostenible en Málaga, a partir del informe del Departamento de
Geodiversidad y Biodiversidad de 9 de septiembre de 2021, indica que se debería buscar
una ubicación alternativa tras tener en consideración que la superficie total de la PFV (95
ha) y 11 km de la LAT interceptan la ZPP del Parque Nacional y Reserva de la Biosfera
«Sierra de las Nieves», Reserva de la Biosfera Intercontinental del Mediterráneo
Andalucía-Marruecos, así como 44 hectáreas de HICs (10 hectáreas de HICs
prioritarios), suponiendo, por tanto, una afección directa sobre el hábitat de muchas
especies de fauna, especialmente de las amenazadas (esteparias, rapaces rupícolas y
necrófagas).
El promotor indica, sin embargo, que la planta ocupa tan solo un 0,129 % de la ZPP
teniendo en cuenta la superficie total de implantación (94,75 ha).
Con fecha de 17 de octubre de 2022, la Dirección General de Medio Natural,
Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía remite contestación del
Director del Parque Nacional de la Sierra de las Nieves, el cual solicita no autorizar la
instalación de la planta solar fotovoltaica «MARCIAGA SOLAR» e infraestructuras de
evacuación por el drástico cambio del paisaje que supondría en esta ubicación, así como
por la afección a flora, fauna y HIC y su visibilidad desde una carretera que, si bien no es
una de las principales vías de entrada al Parque Nacional, sí que es de alto interés
desde el punto de vista paisajístico. Entre otros argumentos indica que, de acuerdo con
el informe anterior y según la Ley 9/2021, de 1 de julio, de declaración del Parque
Nacional de la Sierra de las Nieves, la ZPP es el espacio terrestre exterior, continuo y
colindante al parque nacional, destinado a proyectar los valores del parque en su entorno
y amortiguar los impactos ecológicos o paisajísticos procedentes del exterior sobre el
interior del mismo. Según el Decreto 162/2018, de 4 de septiembre, que aprueba el Plan
de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del ámbito de Sierra de las Nieves y
el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Natural Sierra de las Nieves, el
ámbito territorial de dicho PORN incluye, entre otros, al término municipal de
Casarabonela. El apartado 4.1.3. del ámbito del PORN, en relación con el paisaje,
destaca lo siguiente:
– Los elementos relevantes del paisaje (naturales y culturales) requieren de una
especial atención y protección que garantice que no resulten afectados por procesos de
intrusión paisajística. La conservación de estos elementos, que en muchos casos actúan
además como hitos y referencias del paisaje por su singularidad o por su ubicación

cve: BOE-A-2023-3819
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Núm. 37