III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3819)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Marciaga Solar, de 62,5 MWp, en el término municipal de Casarabonela (Málaga), de sus infraestructuras de evacuación asociadas: Subestación Transformadora Atalaya 132/30 KV y línea de alta tensión 132 KV para la conexión entre las subestaciones Atalaya-Álora. (Pfot-381)".
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37
Lunes 13 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 22278
Tabla 3: Datos generales de los proyectos de las PFV’S del nudo cártama 220-400. En negrita se marcan los que
son objeto de este expediente
SE REE de evacuación
CARTAMA 200.
AF
Total.
Potencia Pico /
Superficie (ha)
Nominal (MWp/MWn)
SET
TL
ORLA SOLAR.
62,50 / 62,50
183,62
ORLA SOLAR II.
62,50 / 62,50
130,69
NATERA SOLAR.
62,50 / 62,50
172,76
NATERA SOLAR II.
62,50 / 62,50
204,99
145,40 / 121,16
288,51
AF III POSETS SOLAR.
102,70 / 85,58
269,52
SET CARRANQUE. L/132 Kv Carranque-Álora
L/400kV Álora-Cártama (TL I).
SET ÁLORA.
AF IV MARCIAGA SOLAR.
62,50 / 62,50
94,75
SET ATALAYA.
AFI
AF II
CARTAMA 400.
PFV
FABALLONES SOLAR.
SET LOMAS.
L/220kV Lomas-Cártama (TL III).
L/132 kV Atalaya-Álora (TL III).
560 / 519,24
Figura extraída del archivo EsIA PFot-381 apartado 4.2 Tipo de proyecto.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el grupo 3
epígrafe j) del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto
ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental,
con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido
en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.
cve: BOE-A-2023-3819
Verificable en https://www.boe.es
Todos los proyectos cuentan con informe de viabilidad de acceso concedido en la
subestación de Red Eléctrica de Cártama 220 o Cártama 400 según corresponda y
agrupan una potencia pico de 560,60 MWp.
En relación con el estudio de sinergias con las infraestructuras consideradas
anteriormente así cómo los parques eólicos y otras PFV existentes, el EsIA categoriza
como moderado el impacto sinérgico sobre sobre los factores: atmósfera, flora, paisaje,
demografía y actividades, economía y usos del territorio. Por otro lado, categoriza como
ligero el impacto sinérgico sobre sobre los factores clima, hidrología, fauna.
La Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de
Andalucía adjunta un informe elaborado por el Servicio de Protección Ambiental de la
Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga, en el que desde el
Departamento de Espacios Naturales Protegido se indica que la proximidad las
instalaciones propuestas a otras de este mismo tipo, que se están tramitando
paralelamente, daría lugar a un efecto acumulativo de las mismas que originaría un
cambio drástico en la configuración del paisaje actual. Indican que previo a la aprobación
este tipo de proyectos en la ZPP del Parque Nacional de la Sierra de las Nieves, debería
realizarse una evaluación de la afección de los mismos en su conjunto, y se cree
conveniente la realización de una planificación del territorio que establezca claramente
zonas de exclusión para la implantación de este tipo de proyectos.
El promotor manifiesta su conformidad parcial con la respuesta recibida de la
Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Andalucía
respecto a las posibles sinergias y su efecto en el paisaje, indicando que se ha realizado
un esfuerzo de recopilación de información para identificar las instalaciones que se
encuentran actualmente en tramitación en el ámbito de implantación, situándose la más
próxima a Marciaga Solar a una distancia de 7 km. Esto, unido a las características del
terreno, demuestra que no se produce un efecto sinérgico ni una modificación del paisaje
a esa escala.
Núm. 37
Lunes 13 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 22278
Tabla 3: Datos generales de los proyectos de las PFV’S del nudo cártama 220-400. En negrita se marcan los que
son objeto de este expediente
SE REE de evacuación
CARTAMA 200.
AF
Total.
Potencia Pico /
Superficie (ha)
Nominal (MWp/MWn)
SET
TL
ORLA SOLAR.
62,50 / 62,50
183,62
ORLA SOLAR II.
62,50 / 62,50
130,69
NATERA SOLAR.
62,50 / 62,50
172,76
NATERA SOLAR II.
62,50 / 62,50
204,99
145,40 / 121,16
288,51
AF III POSETS SOLAR.
102,70 / 85,58
269,52
SET CARRANQUE. L/132 Kv Carranque-Álora
L/400kV Álora-Cártama (TL I).
SET ÁLORA.
AF IV MARCIAGA SOLAR.
62,50 / 62,50
94,75
SET ATALAYA.
AFI
AF II
CARTAMA 400.
PFV
FABALLONES SOLAR.
SET LOMAS.
L/220kV Lomas-Cártama (TL III).
L/132 kV Atalaya-Álora (TL III).
560 / 519,24
Figura extraída del archivo EsIA PFot-381 apartado 4.2 Tipo de proyecto.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el grupo 3
epígrafe j) del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto
ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental,
con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido
en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.
cve: BOE-A-2023-3819
Verificable en https://www.boe.es
Todos los proyectos cuentan con informe de viabilidad de acceso concedido en la
subestación de Red Eléctrica de Cártama 220 o Cártama 400 según corresponda y
agrupan una potencia pico de 560,60 MWp.
En relación con el estudio de sinergias con las infraestructuras consideradas
anteriormente así cómo los parques eólicos y otras PFV existentes, el EsIA categoriza
como moderado el impacto sinérgico sobre sobre los factores: atmósfera, flora, paisaje,
demografía y actividades, economía y usos del territorio. Por otro lado, categoriza como
ligero el impacto sinérgico sobre sobre los factores clima, hidrología, fauna.
La Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de
Andalucía adjunta un informe elaborado por el Servicio de Protección Ambiental de la
Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga, en el que desde el
Departamento de Espacios Naturales Protegido se indica que la proximidad las
instalaciones propuestas a otras de este mismo tipo, que se están tramitando
paralelamente, daría lugar a un efecto acumulativo de las mismas que originaría un
cambio drástico en la configuración del paisaje actual. Indican que previo a la aprobación
este tipo de proyectos en la ZPP del Parque Nacional de la Sierra de las Nieves, debería
realizarse una evaluación de la afección de los mismos en su conjunto, y se cree
conveniente la realización de una planificación del territorio que establezca claramente
zonas de exclusión para la implantación de este tipo de proyectos.
El promotor manifiesta su conformidad parcial con la respuesta recibida de la
Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Andalucía
respecto a las posibles sinergias y su efecto en el paisaje, indicando que se ha realizado
un esfuerzo de recopilación de información para identificar las instalaciones que se
encuentran actualmente en tramitación en el ámbito de implantación, situándose la más
próxima a Marciaga Solar a una distancia de 7 km. Esto, unido a las características del
terreno, demuestra que no se produce un efecto sinérgico ni una modificación del paisaje
a esa escala.