III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3819)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Marciaga Solar, de 62,5 MWp, en el término municipal de Casarabonela (Málaga), de sus infraestructuras de evacuación asociadas: Subestación Transformadora Atalaya 132/30 KV y línea de alta tensión 132 KV para la conexión entre las subestaciones Atalaya-Álora. (Pfot-381)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Lunes 13 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 22277

ubica la SET Álora, y pasan las líneas Pinar de Rey-Tajo Encantada y Jordana-Tajo
Encantada y, que no se ha llevado a cabo el análisis de la posibilidad de soterramiento
de la línea y ni siquiera se ha tenido en cuenta esta posibilidad dentro del tramo de línea
afectado por el POTAUM (término municipal de Álora), el cual obliga al soterramiento de
la línea al encontrarse fuera de los pasillos eléctricos determinados por este Plan.
Asimismo, establece en su informe de compatibilidad urbanística que la única industria
permitida en el suelo por el que pasa la LAT es la derivada exclusivamente del uso
forestal del suelo, por lo que la línea de evacuación a su paso por el mismo es
claramente incompatible con el planeamiento. Concluye finalmente que el proyecto en su
totalidad es incompatible con el planeamiento de Casarabonela y por tanto no puede ser
autorizado.
La Diputación Provincial de Málaga presenta informe del Servicio de Sanidad y
Calidad Ambiental en el que además de informar de la afección a fauna, HIC, ENP, MUP,
vías pecuarias, incendios forestales, indica que no se debe atribuir al proyecto sin más,
un impacto ambiental positivo sobre el empleo y la actividad económica, sin considerar la
merma de la actividad agrícola. Añade que en términos generales, estima necesario
cuestionarse la viabilidad ambiental de un proyecto que implique la necesidad de instalar
una línea eléctrica de 13 km entre la zona de producción y el punto de evacuación y/o
consumo, considerando la ubicuidad del recurso solar en nuestra provincia, estando
disponible en todo el territorio. En este caso en particular, la LAT además de cruzar
enclaves de alto valor ambiental y paisajístico, como es el paso natural entre las Sierras
Prieta y Alcaparaín y pasar cerca de zonas de aves muy susceptibles a los accidentes
con tendidos eléctrico, cruza varios términos municipales que no reciben beneficios
directos del consumo/producción de esta instalación y, por el contrario, si ven afectados
sus territorios y paisajes. Por ello, anima a buscar alternativas de evacuación eléctrica
hacia subestaciones más cercanas que no impliquen líneas eléctricas tan largas.
Igualmente sería muy beneficioso para reducir la incidencia ambiental para estos
proyectos fotovoltaicos, buscar fórmulas y acuerdos de colaboración para la utilización
conjunta de las líneas eléctricas ya existente en el territorio para minimizar la
introducción de nuevos tendidos eléctricos en un territorio muy fragmentado. El promotor
a la respuesta recibida de la Diputación Provincial de Málaga justifica punto por punto la
viabilidad del proyecto.
4.2.7

Sinergias.

cve: BOE-A-2023-3819
Verificable en https://www.boe.es

Este proyecto se enmarca en un conjunto de infraestructuras que conforman un
planteamiento global para el nudo Cártama 220-400, en el que se proyectan siete
instalaciones fotovoltaicas promovidas por los grupos Ignis y QEnergy, y otras dos
instalaciones adicionales de generación renovable, promovidas por otras sociedades
ajenas a los grupos mencionados.
La organización de las PFV en las cuatro agrupaciones fotovoltaicas descritas se
expone a continuación en la tabla siguiente, en la que se indica el nombre y potencia
pico de las instalaciones, así como la subestación en la que se produce la primera
elevación de tensión de cada una de ellas.