III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-3604)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, para el desarrollo de las acciones de formación profesional para el empleo de las personas en situación de privación de libertad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Viernes 10 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 21597

desarrollo de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, establece que las subvenciones de concesión directa cuyo otorgamiento o
cuantía viene impuesto a la Administración por una norma de rango legal, se regirán por
dicha norma y por las demás de específica aplicación a la Administración correspondiente.
En la Administración General del Estado, en las Entidades Locales, y en los
organismos públicos vinculados o dependientes de ambas será de aplicación supletoria,
en defecto de lo dispuesto en aquella normativa, lo previsto en la Ley General de
Subvenciones y en este Reglamento, salvo en lo que en una y otro afecte a la aplicación
de los principios de publicidad y concurrencia.
Cuando la Ley que determine su otorgamiento se remita para su instrumentación a la
formalización de un convenio de colaboración entre la entidad concedente y los
beneficiarios, será de aplicación al mismo lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 65 de
dicho Reglamento.
Este convenio se encuentra incluido dentro de las excepciones contempladas en el
apartado 1 de la instrucción cuarta contenida en la Orden PRA/1267/2017, de 21
de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15
de diciembre de 2017, por el que se aprueban las instrucciones para la tramitación de
convenios, no estando sometido al régimen jurídico de los convenios de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, dado que se rige por lo dispuesto
en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Por todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente
convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es instrumentar la subvención que concede el
Ministerio de Educación y Formación Profesional a la Entidad Estatal de Derecho Público
Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo para el desarrollo de acciones de
formación profesional para el empleo vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales programadas para el año 2022 y con ejecución prevista hasta el 30
de septiembre de 2023, que faciliten a las personas en situación de privación de libertad
la formación necesaria para la prestación de trabajos productivos remunerados dentro de
los establecimientos penitenciarios o en otros lugares de prestación en virtud de los
distintos regímenes previstos en el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se
aprueba el Reglamento Penitenciario, así como su posterior reincorporación al trabajo
remunerado e inserción laboral en el exterior.
Segunda.

Ámbito de aplicación.

Tercera. Acciones a desarrollar.
1.

Por el Ministerio de Educación y Formación Profesional:

a. Acreditación de instalaciones de los Centros Penitenciarios como centros de
formación.
La colaboración de la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y
Formación para el Empleo en el desarrollo de la formación profesional para el empleo se
establece a partir de la acreditación por la Secretaría General de Formación Profesional,

cve: BOE-A-2023-3604
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio será de aplicación en todo el territorio nacional, pudiendo
beneficiarse de las acciones contempladas en el mismo, todos los internos de los
establecimientos penitenciarios dependientes de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias.