III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-3596)
Resolución de 31 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Agencia de Transportes Robles, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 21515

de trabajo de importancia, bajo la dependencia del director o delegado de la misma, si lo
hubiere.
– Jefe de negociado: Es el que, al frente de un grupo de empleados y dependiendo o
no de un Jefe de Sección, dirige la labor de su negociado, sin perjuicio de su
participación personal en el trabajo, respondiendo de la correcta ejecución de los
trabajos del personal a sus órdenes. Quedan clasificados en esta función profesional los
analistas de sistemas informáticos.
– Oficial de 1.ª: Es el empleado que, bajo su propia responsabilidad, realiza con la
máxima perfección burocrática trabajos que requieren de plena iniciativa, entre ellos las
gestiones de carácter comercial, tanto en la empresa como en visitas a clientes y
organismos y los de gestión de tráfico. En los centros de trabajo cuyos empleados
administrativos no excedan de siete, ambos inclusive, pueden actuar de responsable de
los mismos.
Sus funciones son polivalentes, realizando todo tipo de trabajos de carácter
administrativo.
Quedan incluidos en esta especialidad profesional los trabajadores que realicen
funciones de programación informática.
– Oficial de 2.ª: Es el empleado que subordinado, en su caso, al jefe de la oficina y
con adecuados conocimientos teóricos y prácticos, realizan normalmente con la debida
perfección y correspondiente responsabilidad los trabajos que se le encomiendan,
incluidos los de carácter comercial tanto en la empresa como en visitas a clientes y
organismos. En los centros de trabajo de hasta tres empleados administrativos pueden
asumir la jefatura de los mismos.
Sus funciones son polivalentes realizando todo tipo de trabajos administrativos.
Se incluyen en esta especialidad profesional los trabajadores cuyo principal cometido
sea el de operador de sistemas informáticos.
– Auxiliar administrativo: Es el empleado que, con conocimientos de carácter
burocrático, bajo las órdenes de sus superiores, ejecuta trabajos que no revistan
especial complejidad.
– Telefonista o recepcionista: Es el empleado encargado del manejo de la central
telefónica o cualquier otro sistema de comunicación de la empresa, pudiendo asignarle
además cometidos de naturaleza administrativa y/o control y recepción.
Grupo III. Personal de Movimiento.
Pertenecen a este grupo profesional todos los empleados que se dedican al
movimiento, clasificación y arrastre de mercancías en las instalaciones de la empresa o
fuera de las mismas, incluido el mantenimiento de los vehículos, así como al personal
superior que ejerce labores de mando y/o organización en el departamento logístico de
la empresa, donde se incluyen las siguientes especialidades profesionales, cuyas
funciones se expresan, con carácter enunciativo no limitativo, seguidamente:
– Jefe de tráfico de 1.ª: Es el que tiene a su cargo dirigir la prestación de los
servicios de un grupo de más de 50 vehículos en la empresa o contratados por ella,
distribuyendo el personal y el material y las entradas y salidas del mismo, así como
elaborar las estadísticas de tráficos, recorridos y consumo. El personal de esta
especialidad profesional puede asumir, a elección de la empresa actuar como Jefe de
Centro de Trabajo en que no exista Director o Delegado de sucursal.
– Jefe de tráfico de 2.ª: Es el que con las mismas atribuciones y responsabilidades
que el anterior, dirige la prestación de servicios de un grupo de 25 a 50 vehículos de la
empresa o contratados por ella, si no hay Jefe de Tráfico de superior especialidad
profesional, en caso contrario actuará como subordinado al Jefe de Tráfico de Primera,
independientemente del número de vehículos, coincidiendo con él o al frente de algún
turno de trabajo.
– Gestor de tráfico: Es el que, bajo supervisión directa de un Jefe de Tráfico de
superior especialidad profesional y recibiendo órdenes de éste, transmite a sus

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