II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2023-3394)
Resolución de 31 de enero de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 18992

carácter previo al ingreso en el Cuerpo o Escala, expresamente reconocidos. No se
computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros
igualmente alegados.
e) Méritos referidos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. El
personal funcionario que alegue causas relativas a la conciliación de la vida personal,
familiar y laboral para la adjudicación de un puesto en distinta localidad, deberá solicitar
la totalidad de los puestos de trabajo que se convoquen en esa localidad, siempre que
cumpla los requisitos establecidos en la convocatoria.
En caso contrario, esto es, si no se solicitan todos los puestos de esa localidad, los
supuestos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral sólo serán objeto de
valoración para la posible adjudicación de las plazas que tengan igual o inferior nivel de
complemento de destino que el puesto desempeñado o aquel que se tenga reservado,
en caso de que se concurse desde situación distinta al servicio activo con derecho a
reserva de puesto.
Los supuestos referidos a esta materia se valorarán con un máximo de 3 puntos, de
acuerdo con la siguiente distribución:
e.1) El destino previo del cónyuge: siempre que haya sido obtenido mediante
convocatoria pública en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo
solicitados y se acceda desde municipio distinto. Se valorará con un máximo de 1,5
puntos en función del tiempo de separación de los cónyuges, de la siguiente forma:
– Si han transcurrido más de dos años desde la obtención del destino definitivo por el
cónyuge: 1,5 puntos.
– Si ha transcurrido de un año hasta dos años desde la obtención del destino
definitivo por el cónyuge: 1 punto.
– Si ha transcurrido menos de un año desde la obtención del destino definitivo por el
cónyuge: 0,50 puntos.
Esta valoración no se tendrá en cuenta cuando el cónyuge haya obtenido el puesto
por comisión de servicios o adscripción provisional.
No se otorgará puntuación a aquellos supuestos en los que la persona candidata
ocupe ya un puesto de trabajo con carácter provisional (adscripción provisional o
comisión de servicios) en el municipio donde tiene destino el cónyuge.
En el caso de que el destino definitivo del cónyuge se haya obtenido con anterioridad
a la fecha del matrimonio, se computará desde la fecha de este.
e.2) El cuidado de descendientes o el cuidado de un familiar se valorará con 1,5
puntos, siendo incompatibles entre sí ambos supuestos:
Cuidado de hijos e hijas, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adopción o
acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el descenciente cumpla doce años,
siempre que se acredite por la persona candidata fehacientemente que el puesto o
puestos solicitados permite una mejor atención al menor, de acuerdo con el Real
Decreto 255/2006, de 3 de marzo, se valorará con una puntuación máxima de 1,50
puntos de la siguiente forma.
La valoración de los 4 supuestos siguientes es excluyente entre sí:
1. Se valorarán con 1 punto aquellos supuestos en los que la plaza por la que se
opta esté ubicada en el mismo municipio en el que reside el menor o menores objeto de
cuidado, siempre y cuando el puesto desde el que se accede esté ubicado en distinta
provincia.
2. Se valorarán con 0,75 puntos aquellos supuestos en los que la plaza por la que
se opta esté ubicada en distinto municipio de la misma provincia en el que reside el
menor o menores objeto de cuidado, siempre y cuando el puesto desde el que se accede
esté ubicado en distinta provincia.
3. Se valorarán con 0,50 puntos aquellos supuestos en los que la plaza por la que
se opta esté ubicada en el mismo municipio en el que reside el menor o menores objeto

cve: BOE-A-2023-3394
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 34