II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2023-3394)
Resolución de 31 de enero de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 9 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 18987

El personal funcionario sin destino definitivo que habiendo solicitado el puesto que
ocupa provisionalmente no obtenga una de las plazas convocadas, podrá ser adscritos
con carácter provisional a otro puesto vacantes en la misma localidad. En el caso de que
no solicite el puesto que ocupa en adscripción provisional, el CSN no estará obligado a
asignarle un puesto de trabajo en la misma localidad si el puesto fuera adjudicado en
este concurso.
6. El personal funcionario de los Cuerpos o Escalas que tengan reservados puestos
en exclusiva no podrá participar en concursos para cubrir otros puestos de trabajo
adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio de Hacienda y Función
Pública de conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos los indicados
Cuerpos o Escalas.
7. De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuatro.5 de la Ley 31/1990, de 27
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad del
personal funcionario que desempeñe puestos de trabajo en la Agencia Estatal de
Administración Tributaria y que pertenezca a especialidades o escalas adscritas a ella,
para la cobertura de puestos de trabajo en otras Administraciones Públicas, estará
sometida a la condición de la previa autorización de aquella, que podrá denegarla en
atención a las necesidades del servicio.
8. El personal funcionario en situación de excedencia voluntaria por interés
particular (artículo 89.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) o por
agrupación familiar (artículo 89.3 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre),
sólo podrán participar si, al término del plazo de presentación de solicitudes, llevan más
de dos años en cualquiera de estas situaciones.
9. El personal funcionario en situación de servicio en otras Administraciones
Públicas (artículo 88 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre), que
después de transcurridos dos años desde su transferencia o traslado, haya tomado
posesión en un ulterior destino definitivo obtenido voluntariamente, no podrá participar
hasta que hayan transcurrido dos años desde su incorporación al mismo; todo ello sin
perjuicio de eventuales excepciones a causa de remoción, cese o supresión acaecidas
en ese ulterior puesto.
10. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa está obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y en los artículos 12 y 13
del Reglamento aprobado por el Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo.
11. El personal funcionario que proceda de la situación administrativa de
suspensión firme de funciones, acompañará a su solicitud la documentación acreditativa
de haber finalizado el periodo de suspensión.
Modelos, plazos y condiciones de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas al modelo publicado
como anexo II de esta resolución, se dirigirán a la Secretaría General del CSN,
Subdirección de Personal y Administración, en el plazo de quince días hábiles contados
a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La forma de presentación será por medios electrónicos a través de la sede
electrónica del Consejo de Seguridad Nuclear, para ello es preciso acceder al sitio
https://sede.csn.gob.es/ Apartado Registro General y Recursos del menú - Otros
Trámites (en la parte inferior de la página de inicio). Asimismo se pueden registrar y
enviar electrónicamente los documentos dirigidos al CSN a través del Registro
Electrónico General de la AGE (o Registro Electrónico Común) siguiendo la ruta: https://
sede.administracion.gob.es/ > Servicios Electrónicos > Registro Electrónico General de
la AGE.
Excepcionalmente, si el o la aspirante no pudiera acceder a la citada modalidad
telemática, las solicitudes se ajustarán al modelo publicado como anexo II de esta
resolución y dirigidas a la Secretaría General del Consejo de Seguridad Nuclear,
debiendo presentarse en el mismo plazo señalado anteriormente en el Registro del CSN

cve: BOE-A-2023-3394
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.