I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Dopaje. (BOE-A-2023-3345)
Resolución de 1 de febrero de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que, según lo estipulado en el artículo 1.2 de la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, de lucha contra el dopaje en el deporte, se publica el Código Mundial Antidopaje.
88 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 9 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 18509

documentos técnicos surtirán efectos inmediatamente después de su publicación en el
sitio web de la AMA a menos que se indique otra fecha posterior.
(3)

(3)
[Comentario: Por ejemplo, cuando se precisa un nuevo procedimiento de análisis antes de declarar
que una muestra ha arrojado un resultado analítico adverso, el procedimiento se establecería en un documento
técnico que el Comité Ejecutivo de la AMA publicaría de forma inmediata.]

Modelos de prácticas óptimas y directrices.
Se han elaborado y se seguirán elaborando modelos de prácticas óptimas y
directrices sobre la base del Código y las Normas Internacionales para proporcionar
soluciones a las distintas áreas de la lucha antidopaje. Estos modelos y directrices
constituyen recomendaciones de la AMA y estarán a disposición de los signatarios y
otras partes interesadas pertinentes, pero no serán obligatorios. Además de los modelos
de documentación en materia antidopaje, la AMA también ofrecerá a los signatarios
asistencia en materia de formación.
(4)

(4)
[Comentario: Estos documentos tipo podrán ofrecer alternativas entre las que puedan elegir los
interesados. Algunos de ellos podrán optar por adoptar estas normas tipo y otros modelos de prácticas óptimas
literalmente. Otros podrán optar por adoptar los modelos con modificaciones. Otros podrán optar por elaborar
incluso sus propias normas, de conformidad con los principios generales y los requisitos específicos indicados
en el Código.
Se han elaborado y podrán seguir elaborándose documentos tipo o directrices para áreas específicas de la
lucha contra el dopaje sobre la base de las necesidades y expectativas generalmente reconocidas de los
interesados.]

FUNDAMENTOS DEL CÓDIGO MUNDIAL ANTIDOPAJE














Salud.
Ética, juego limpio y honradez.
Derechos de los deportistas, según se recogen en el Código.
Excelencia en el desempeño.
Carácter y educación.
Alegría y diversión.
Espíritu de equipo.
Dedicación y compromiso.
Respeto de las normas y de las leyes.
Respeto hacia uno mismo y hacia los otros participantes.
Valentía.
Espíritu de grupo y solidaridad.

El espíritu deportivo se manifiesta en el juego limpio.
El dopaje es radicalmente contrario a ese espíritu.

cve: BOE-A-2023-3345
Verificable en https://www.boe.es

Los programas antidopaje se basan en el valor intrínseco del deporte, lo que muchas
veces se denomina «espíritu deportivo»: la búsqueda por medios éticos de la excelencia
humana a través del perfeccionamiento del talento natural de cada deportista.
Los programas contra del dopaje tienen por objeto proteger la salud de los
deportistas y ofrecerles la oportunidad de que persigan la excelencia sin el empleo de
sustancias y métodos prohibidos.
Estos programas se orientan a mantener la integridad en el deporte en relación con
el respeto a la normas, a otros competidores, al juego limpio, a la igualdad de
condiciones y al valor del deporte limpio para el mundo.
El espíritu deportivo es la celebración del espíritu, el cuerpo y la mente del ser
humano, la esencia del olimpismo, que se refleja en los valores que hallamos en el
deporte y que este hace realidad, como: