I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Impuestos. (BOE-A-2023-3349)
Ley Foral 36/2022, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 9 de febrero de 2023
3.

Sec. I. Pág. 18881

Devengo.

La tasa se devengará en el momento en que se presente la solicitud de
remisión de las copias electrónicas, procediéndose al abono de las cantidades con
carácter previo a la remisión.
4.

Tarifas.

La tasa será de 0,06 euros por cada página copiada y remitida.»
Tres.

Artículo 25.4.
«4.

Tarifas.
Concepto

Euros

Tarifa 1 Registro de Asociaciones y Federaciones.
1. Por la inscripción de constitución.

12

2. Por la inscripción de modificación estatutaria o de la adaptación de la
entidad a la normativa vigente.

6

3. Por cada inscripción de cualquier otro tipo, excepto la inscripción de
modificación de los miembros de la junta directiva u órgano de
representación.

4

Tarifa 2 Registro de Fundaciones.
1. Por la inscripción de constitución.

53

2. Por la inscripción de modificación estatutaria o extinción.

38

3. Por cada inscripción de cualquier otro tipo.

23

Tarifa 3 Registro de Colegios Profesionales.
1. Por la inscripción de constitución.

53

2. Por cada inscripción de modificación estatutaria, fusión, absorción,
cambio de denominación y disolución.

38

3. Por cada inscripción de otro tipo.

23

Tarifa 4 Publicidad registral.
1. Por cada copia de documento contable depositado.
2. Por la expedición de certificados.



Artículo 36.4, adición de las tarifas 22 y 23.

«Tarifa 22

Certificado de curso especializado de grado medio /Título de
especialista de FP de grado medio.

50,20

Tarifa 23

Certificado de curso especializado de grado superior /Titulo de máster
de FP de grado superior.

72,80»

Cinco.

Artículo 40, adición de un apartado 5.

«5.

Exenciones.

Estará exenta de la tasa la expedición de certificados iniciales de
profesionalidad o duplicados, a favor personas que no dispongan de una situación
administrativa regular, que se acreditará mediante la presentación del identificador
expedido por el Servicio Navarro de Empleo.»

cve: BOE-A-2023-3349
Verificable en https://www.boe.es

Cuatro.

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