I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Impuestos. (BOE-A-2023-3349)
Ley Foral 36/2022, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34
Jueves 9 de febrero de 2023
Tres.
Sec. I. Pág. 18861
Artículo 35.I.B.26, primer párrafo.
«26. Las escrituras públicas de formalización de las novaciones
contractuales de préstamos y créditos hipotecarios que se produzcan al amparo
del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección
de deudores hipotecarios sin recursos, y del nuevo Código de Buenas Prácticas
que se introduce con el Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre, por el que
se establece un Código de Buenas Prácticas para aliviar la subida de los tipos de
interés en préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual, se modifica el Real
Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de
deudores hipotecarios sin recursos, y se adoptan otras medidas estructurales para
la mejora del mercado de préstamos hipotecarios, quedarán exentas de la cuota
gradual de documentos notariales de la modalidad de actos jurídicos
documentados.»
Cuatro.
Artículo 35.I.B, adición de un apartado 34.
«34. Las transmisiones por cualquier título de bienes o derechos efectuadas
en pago de indemnizaciones, en la cuantía judicialmente reconocida, en beneficio
de las hijas, hijos, menores sujetos a tutela o personas con discapacidad con
medidas de apoyo para el adecuado ejercicio de su capacidad jurídica, a cargo de
mujeres fallecidas como consecuencia de violencia contra la mujer, en los
términos en que se defina por la ley o por los instrumentos internacionales
ratificados por España.»
Artículo sexto. Impuesto sobre los Grandes Establecimientos Comerciales.
Con efectos desde el 1 de enero de 2023 se adiciona una letra c) al artículo
undécimo Tres.4 de la Ley Foral 30/2018, de 27 de diciembre, de modificación de
diversos impuestos y otras medidas tributarias:
«c) Los establecimientos comerciales ubicados a menos de 15 kilómetros de
la capital de otra comunidad autónoma en la que no exista un impuesto de
naturaleza análoga al Impuesto sobre los Grandes Establecimientos Comerciales,
aunque estén situados en un mismo espacio comercial.»
Artículo séptimo.
Ley Foral de Residuos y su Fiscalidad.
Con efectos a partir del 1 de enero de 2023, los preceptos de la Ley Foral 14/2018,
de 18 de junio, de residuos y su fiscalidad, que a continuación se relacionan, quedarán
redactados del siguiente modo:
Uno.
Título V, capítulo I.
«CAPÍTULO I
Artículo 29. Exacción del impuesto.
Corresponde a la Comunidad Foral la exacción del Impuesto sobre el depósito
de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, de
conformidad con lo establecido en el artículo 40 quater del Convenio Económico
entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.
cve: BOE-A-2023-3349
Verificable en https://www.boe.es
Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración
y la coincineración de residuos
Núm. 34
Jueves 9 de febrero de 2023
Tres.
Sec. I. Pág. 18861
Artículo 35.I.B.26, primer párrafo.
«26. Las escrituras públicas de formalización de las novaciones
contractuales de préstamos y créditos hipotecarios que se produzcan al amparo
del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección
de deudores hipotecarios sin recursos, y del nuevo Código de Buenas Prácticas
que se introduce con el Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre, por el que
se establece un Código de Buenas Prácticas para aliviar la subida de los tipos de
interés en préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual, se modifica el Real
Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de
deudores hipotecarios sin recursos, y se adoptan otras medidas estructurales para
la mejora del mercado de préstamos hipotecarios, quedarán exentas de la cuota
gradual de documentos notariales de la modalidad de actos jurídicos
documentados.»
Cuatro.
Artículo 35.I.B, adición de un apartado 34.
«34. Las transmisiones por cualquier título de bienes o derechos efectuadas
en pago de indemnizaciones, en la cuantía judicialmente reconocida, en beneficio
de las hijas, hijos, menores sujetos a tutela o personas con discapacidad con
medidas de apoyo para el adecuado ejercicio de su capacidad jurídica, a cargo de
mujeres fallecidas como consecuencia de violencia contra la mujer, en los
términos en que se defina por la ley o por los instrumentos internacionales
ratificados por España.»
Artículo sexto. Impuesto sobre los Grandes Establecimientos Comerciales.
Con efectos desde el 1 de enero de 2023 se adiciona una letra c) al artículo
undécimo Tres.4 de la Ley Foral 30/2018, de 27 de diciembre, de modificación de
diversos impuestos y otras medidas tributarias:
«c) Los establecimientos comerciales ubicados a menos de 15 kilómetros de
la capital de otra comunidad autónoma en la que no exista un impuesto de
naturaleza análoga al Impuesto sobre los Grandes Establecimientos Comerciales,
aunque estén situados en un mismo espacio comercial.»
Artículo séptimo.
Ley Foral de Residuos y su Fiscalidad.
Con efectos a partir del 1 de enero de 2023, los preceptos de la Ley Foral 14/2018,
de 18 de junio, de residuos y su fiscalidad, que a continuación se relacionan, quedarán
redactados del siguiente modo:
Uno.
Título V, capítulo I.
«CAPÍTULO I
Artículo 29. Exacción del impuesto.
Corresponde a la Comunidad Foral la exacción del Impuesto sobre el depósito
de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, de
conformidad con lo establecido en el artículo 40 quater del Convenio Económico
entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.
cve: BOE-A-2023-3349
Verificable en https://www.boe.es
Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración
y la coincineración de residuos