I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Residuos. (BOE-A-2023-3348)
Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 18723

productos eficientes, de la reutilización, reparación, reducción de la generación de
residuos alimentarios y fomento de la donación de alimentos, así como la adopción de
las medidas adecuadas para prevenir y reducir la basura dispersa tanto en el entorno
natural, agrario, periurbano y marino.
Otras medidas al respecto son el fomento de la venta de productos a granel y venta y
uso de envases o dispositivos reutilizables. Expresamente queda prohibida la
destrucción o eliminación mediante depósito en vertedero de excedentes no vendidos de
productos no perecederos como los textiles, juguetes o aparatos eléctricos, entre otros,
destinándolos a los canales de reutilización.
A fin de reducir el consumo de envases desechables y garantizar el derecho humano
de acceso al agua potable, las administraciones públicas, autonómica y locales, de la
Comunitat Valenciana en el marco de las respectivas competencias dispondrán de
fuentes de agua potable gratuita en edificios y espacios públicos, especialmente aquellas
conectadas a la red municipal de agua potable, así como implementar campañas de
promoción del uso del agua del grifo. También se reconoce el derecho de las personas
consumidoras a disponer de agua potable del grifo gratuitamente en los establecimientos
de hostelería, restauración y cáterin. Con estas medidas se pretende, por un lado,
reducir la generación de residuos de envases de bebidas y los impactos en términos de
consumo de materiales y de energía y generación de contaminación a lo largo del ciclo
de vida de los envases, en particular en cuanto al agua potable, puesto que está
generalizada la disposición por parte de la población de servicios públicos esenciales de
abastecimiento de agua potable a través de las redes municipales de abastecimiento,
financiados a través de recursos públicos. Así mismo, se pretende avanzar en garantizar
el ejercicio a toda la ciudadanía del derecho humano esencial de acceso al agua potable,
reconocido como tal por la Asamblea General de Naciones Unidas desde 2010.
Esta ley también trata de incentivar la venta y uso de envases de bebidas
reutilizables. La crisis derivada de la pandemia de covid-19 ha mostrado la fragilidad del
sistema de comercialización de envases reutilizables, dado que solo se comercializan
prácticamente, en la actualidad, a través del canal horeca (hostelería, restauración y
cáterin). El cierre y reducción drástica de las capacidades de venta del canal horeca
durante la pandemia evidencia que 2020 ha sido un año con un incremento exponencial
de la venta de bebidas a través de envases desechables, frente a los envases
reutilizables, que ofrecen las mismas garantías sanitarias de uso y comercialización,
como consecuencia de este único canal de comercialización de bebidas en envases
reutilizables. Por lo tanto, de acuerdo con los principios de la economía circular, la
estrategia nacional de economía circular aprobada por el Gobierno de España y los
objetivos estatales y autonómicos de reducción de emisiones de gases de efecto
invernadero, y para reducir la producción de residuos y la incidencia del abandono de
residuos de envases, se introducen medidas y objetivos concretos para incrementar la
disponibilidad de referencias de bebidas en envases reutilizables en los establecimientos
de comercialización de alimentos, teniendo en cuenta su tamaño como referencia de
proporcionalidad de esta medida, así como en relación con los mecanismos de
reutilización para garantizar la condición de no residuos de los envases utilizados. Estos
requerimientos se extienden a la venta en línea, para favorecer la libertad de elección de
las personas consumidoras de la Comunitat Valenciana y mejorar su acceso a estos
tipos de envases, ya sea a través del comercio físico o por medios electrónicos.
Una cuestión nueva es el tratamiento que se hace para alcanzar la reducción de
residuos alimentarios. Este objetivo se debe incorporar en el Programa de prevención de
residuos de la Comunitat Valenciana de acuerdo con las orientaciones establecidas en el
Programa estatal de prevención de residuos, de forma que el Consell llevará a cabo
todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias dirigidas a la
prevención y reducción de las pérdidas y del desperdicio alimentarios en la producción
primaria, la transformación y fabricación, distribución mayorista y minorista de alimentos,
y los servicios de hostelería y restauración y los hogares. Así mismo, también se fijan las

cve: BOE-A-2023-3348
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