I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Residuos. (BOE-A-2023-3348)
Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana.
101 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 9 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 18787

la comunidad autónoma a los objetivos globales estatales. Los objetivos establecidos en
el apartado anterior o, eventualmente, los objetivos más exigentes que se establezcan
en el Plan integral de residuos de la Comunitat Valenciana son exigibles a las entidades
locales encargadas de las operaciones de gestión de residuos a las que se refiere este
artículo, como contribución de las entidades locales al cumplimiento de los objetivos de
la planificación autonómica y estatal en materia de residuos.
3. La Agencia Valenciana de Residuos y Economía Circular debe aplicar la
metodología a la que se refiere el artículo 26.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular para calcular el
cumplimiento de estos objetivos en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
4. El Consell, en colaboración con el resto de administraciones públicas, tejido
empresarial e institutos y centros tecnológicos, debe promover y colaborar en los
procesos industriales de reciclaje y valorización material de los recursos que contienen
los residuos de colchones para evitar que este flujo se gestione mediante operaciones de
eliminación, con el fin de reducir la entrada en vertedero de residuos de colchones:
A partir del 31 de diciembre de 2022, se debe reducir en un 50 % el número de
unidades de colchones destinadas a vertedero en el área de gestión, tomando como
referencia las destinadas a vertedero durante el año 2021 en la misma área de gestión.
A partir del 31 de diciembre de 2023, se debe reducir en un 75 % el número de
unidades de colchones destinadas a vertedero en el área de gestión, tomando como
referencia las destinadas a vertedero durante el año 2021 en la misma área de gestión.
A partir del 31 de diciembre de 2024, se debe reducir en un 90 % el número de
unidades de colchones destinadas a vertedero en el área de gestión, tomando como
referencia las destinadas a vertedero durante el año 2021 en la misma área de gestión.
5. Para cumplir los objetivos globales de la normativa europea, estatal y
autonómica en materia de gestión de residuos, los consorcios de residuos y otras
entidades locales competentes para la valorización y la eliminación de residuos
domésticos y gestión de ecoparques de la Comunitat Valenciana, en el ámbito de sus
competencias, deben:

Artículo 47.

Eliminación de residuos.

1. Las administraciones autonómica y locales, en el ámbito de sus competencias,
deben asegurarse de que, cuando no se lleve a cabo la valorización según lo dispuesto
en el artículo 41, los residuos sean objeto de operaciones de eliminación seguras
adoptando las medidas que garanticen la protección de la salud humana y el medio
ambiente.

cve: BOE-A-2023-3348
Verificable en https://www.boe.es

– Colaborar con la Generalitat Valenciana para establecer medidas eficaces
tendentes a reducir la generación de residuos.
– Colaborar con la Generalitat Valenciana para establecer nuevos marcos de trabajo
en materia de reutilización, subproductos y fin de condición de residuos.
– Promover todos los expedientes administrativos para mejorar continuamente los
procesos de valorización de residuos, y reducir gradualmente de manera continua el
rechazo en vertedero.
– Promover los procesos de recogida separada de biorresiduos, bien directamente o
a través de las entidades locales consorciadas, mediante el establecimiento, entre otros,
de un precio público, canon o similar de valorización de biorresiduos.
– Colaborar con las entidades locales responsables de la recogida de residuos
municipales, en las recogidas separadas de envases ligeros, papel-cartón y vidrio.
– Promover nuevos procesos de valorización de residuos, diferentes de la
eliminación y la incineración de residuos domésticos, con el objetivo de incrementar al
máximo las cantidades recuperadas y valoradas de recursos que contienen los residuos.