I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Residuos. (BOE-A-2023-3348)
Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 9 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 18757

Artículo 28. Proyectos de gestión de residuos de los consorcios de residuos y
entidades locales competentes de la valorización y eliminación de residuos y gestión
de ecoparques en la Comunitat Valenciana.
1. El proyecto de gestión de residuos es el instrumento ejecutivo de implementación
del Plan integral de residuos de la Comunitat Valenciana, y de sus planes zonales de
desarrollo, del cual deben disponer los consorcios y las entidades locales encargadas de
los servicios de valorización de residuos domésticos y municipales, gestión de
ecoparques fijos y móviles, gestión de instalaciones de transferencia y valorización de
residuos y gestión de las operaciones de eliminación de los rechazos de residuos, en su
respectivo ámbito territorial.
2. El proyecto de gestión debe tener un nivel de detalle al menos de anteproyecto y
debe formar parte del expediente de contratación de los servicios, que se debe
formalizar de acuerdo con la normativa de contratos de las administraciones públicas,
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.
3. El proyecto de gestión no puede modificar las prescripciones del Plan integral de
residuos de la Comunitat Valenciana ni las prescripciones del plan zonal de residuos de
desarrollo de la planificación autonómica.
4. Los proyectos de gestión deben contener, al menos, las siguientes
determinaciones relativas a:
a)

La planificación de las operaciones de gestión de los residuos:

viii. Las técnicas de valorización y eliminación de residuos. La recogida y transporte
pueden ser realizados por cada municipio o adjudicados de manera independiente.
ix. La justificación del cumplimiento de los objetivos de preparación para la
reutilización y el reciclaje, valorización y eliminación de acuerdo con lo establecido en el
Plan integral de residuos de la Comunitat Valenciana y el plan zonal correspondiente.
x. Los compromisos de gestión asumidos de carácter obligatorio y los de carácter
complementario.
xi. La forma de prestación del servicio público de gestión de residuos.
xii. Los estudios económico-financieros de las actuaciones contempladas en el
proyecto de gestión así como las previsiones de las fuentes de financiación de estas. En
todo caso, los costes de construcción y gestión de las infraestructuras, obras,
instalaciones son a cargo del adjudicatario, en su caso, del proyecto de gestión.
xiii. El plazo, forma y condiciones en que, en su caso, las infraestructuras, obras,
instalaciones o terrenos revierten a favor de la administración.
xiv. Aquellas otras establecidas en el plan zonal correspondiente.
b)

El programa de educación ambiental en materia de gestión de residuos.

cve: BOE-A-2023-3348
Verificable en https://www.boe.es

i. La delimitación del ámbito territorial y las fracciones de residuos que constituyen
su objeto, de acuerdo con lo establecido en el plan zonal correspondiente. Esta
delimitación territorial no puede excluir de su ámbito de actuación áreas que dentro de la
zona establecida por el plan zonal no tengan entidad suficiente para constituir un ámbito
de gestión propio de las fracciones de residuos objeto del proyecto de gestión.
ii. La localización, tamaño y características de las infraestructuras, obras e
instalaciones contempladas en el proyecto de gestión con un nivel de detalle al menos
de anteproyecto, así como los estudios de impacto ambiental de los proyectos
correspondientes a infraestructuras, obras o instalaciones que lo requieran, de acuerdo
con la normativa aplicable en materia de evaluación ambiental.
iii. El calendario de ejecución y puesta en funcionamiento de las infraestructuras,
obras, instalaciones y servicios contemplados en el proyecto de gestión.
iv. La inclusión, en su caso, de plantas de transferencia consorciadas a la zona.
v. El periodo de duración de la prestación del servicio de gestión de residuos.
vi. Aquellas otras establecidas en el plan zonal correspondiente.
vii. La gestión de las operaciones de gestión de residuos: