I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Residuos. (BOE-A-2023-3348)
Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 9 de febrero de 2023
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Sec. I. Pág. 18739

Reciclado.
Otro tipo de valorización, incluida la valorización energética.
Eliminación.

Aun así, si para conseguir el mejor resultado medioambiental global en determinados
flujos de residuos fuera necesario apartarse de esta jerarquía, se podrá adoptar un orden
distinto de prioridades previa justificación por un enfoque de ciclo de vida sobre los
impactos de la generación y gestión de esos residuos, teniendo en cuenta los principios
generales de precaución y sostenibilidad en el ámbito de la protección medioambiental,
la viabilidad técnica y económica, la protección de los recursos naturales y la
biodiversidad, así como el conjunto de los impactos medioambientales sobre la salud
humana, económicos y sociales, de acuerdo con el artículo 1 y el apartado 1.a del
artículo 6 de esta ley.
Así mismo, las autoridades competentes deben utilizar instrumentos económicos y
otras medidas incentivadoras, como las enumeradas en el anexo V de la Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, para la
aplicación de la jerarquía de residuos.
c)

Autosuficiencia y proximidad.

Sin perjuicio de la aplicación de la jerarquía de residuos en su gestión, las
autoridades competentes autonómicas y locales deben observar prioritariamente los
principios de proximidad a los lugares de generación y autosuficiencia en cuanto a la
disposición de instalaciones de eliminación de residuos y de instalaciones para la
valorización de residuos domésticos mezclados (fracción resto), aunque la recogida
también comprenda residuos similares procedentes otros productores, teniendo en
cuenta las mejores técnicas disponibles. Todo ello sin perjuicio de la colaboración y uso
por parte de la Generalitat Valenciana en relación con la red estatal integrada de
instalaciones de eliminación y de instalaciones para la valorización de residuos, en los
términos regulados por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular.
Así mismo, para la valorización del resto de residuos diferentes de los contemplados
en el párrafo anterior, se debe favorecer su tratamiento en instalaciones tan próximas
como sea posible a su punto de generación, mediante la utilización de las tecnologías y
los métodos más adecuados para asegurar un nivel elevado de protección del medio
ambiente y de la salud pública, dadas las exigencias de eficiencia y de protección del
medio ambiente en la gestión de los residuos.
Acceso a la información y a la justicia, y participación en materia de residuos.

En los términos previstos en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los
derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en
materia de medio ambiente, las autoridades públicas relacionadas en su artículo 2.4
deben garantizar los derechos de acceso a la información y de participación pública en
materia de residuos.
La acción para exigir ante los órganos administrativos y los tribunales la observancia
de lo que se establece esta ley y en las disposiciones que se dicten para su desarrollo y
aplicación, será pública.
La Agencia Valenciana de Residuos y Economía Circular debe elaborar y publicar,
como mínimo con una periodicidad anual, un informe de coyuntura sobre la situación de
la producción y gestión de los residuos en el ámbito territorial de la Comunitat
Valenciana. En este informe se debe incluir, como mínimo, los datos de recogida y
tratamiento desglosados por fracciones y procedencia, y destino de los materiales
obtenidos, así como los costes económicos asociados, y una evaluación del grado de
cumplimiento de los objetivos de prevención y gestión de los residuos establecidos en
esta ley y en la planificación autonómica en materia de prevención y gestión de los
residuos, desglosados por fracciones de residuos y por áreas de gestión. Esta

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d)