I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Residuos. (BOE-A-2023-3348)
Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 9 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 18738

que no son peligrosos en conformidad con las directrices que, en su caso, apruebe la
administración general del estado o la administración autonómica valenciana, en el ámbito
de sus competencias, según lo que establece el artículo 4.2 de la Ley 41/2010, de 29 de
diciembre, de protección del medio marino, y sean reubicados en el interior de las aguas
superficiales, con las siguientes finalidades: a efectos de gestión de las aguas y las vías de
navegación, creación de nuevas superficies de terreno, prevención de inundaciones o
atenuación de los efectos de las inundaciones y las sequías.
Artículo 4. Subproductos.
A los efectos de la consideración, tramitación, evaluación, aprobación y otros
aspectos relevantes para los subproductos en la Comunitat Valenciana, se estará a lo
que prevé el artículo 4 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular, y su normativa de desarrollo aplicable. La
Agencia Valenciana de Residuos y Economía Circular es el ente encargado de
desarrollar en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana las competencias
autonómicas atribuidas por la Ley 7/2022 en materia de subproductos.
Artículo 5. Fin de la condición de residuo.
A los efectos de la consideración, tramitación, evaluación, aprobación y otros
aspectos relevantes para el fin de la condición de residuo en la Comunitat Valenciana, se
estará a lo que prevé el artículo 5 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular básica estatal, y su normativa de desarrollo
aplicable. La Agencia Valenciana de Residuos y Economía Circular es el ente encargado
de desarrollar en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana las competencias
autonómicas atribuidas por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular, en materia de fin de la condición de residuo.
CAPÍTULO II
Principios de la política de residuos y competencias administrativas
Artículo 6. Principios de la política de residuos.
1.

La política de residuos se rige por los siguientes principios:

a)

Protección de la salud humana y el medio ambiente.

Las autoridades competentes deben adoptar las medidas necesarias para asegurar
que la gestión de los residuos se realice sin poner en peligro la salud humana y sin dañar
al medio ambiente y, en particular:

b)

Jerarquía de residuos.

Para conseguir el mejor resultado medioambiental global, las autoridades
competentes deben aplicar en el desarrollo de las políticas y de la legislación en materia
de prevención y gestión de residuos la jerarquía de residuos por el siguiente orden de
prioridad:
1. Prevención.
2. Preparación para la reutilización. Reutilización.

cve: BOE-A-2023-3348
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1. No genere riesgos para el agua, el aire, el suelo o el clima, ni genere riesgos
para la biodiversidad, la fauna y la flora.
2. No cause incomodidades por ruido, olores o humos.
3. No afecte negativamente a paisajes, espacios naturales, espacios agrarios ni a
lugares de especial interés legalmente protegidos.