III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3329)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas de energía solar fotovoltaica PFV Centauro, PFV Borealis y PFV Polaris; y sus líneas de evacuación 30 kV; la Subestación eléctrica transformadora SET FV Centauro 30/220 kV; la línea de 220 kV SET FV Centauro-SET Colectora Nudo Algete y la línea de alta tensión 220 kV SET Colectora Nudo Algete-SE Algete (REE) 220 kV".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 18382

natural, y arbórea, respectar un perímetro de 1,5 km de radio alrededor de los nidos de
águila imperial y el mantenimiento de los majanos y otras estructuras similares, como
más significativas.
El promotor con fecha de 21 de julio de 2022 remite información complementaria
atendiendo parcialmente a los requerimientos de la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en relación a la cual
el 18 de septiembre emite un segundo informe en el que se indica que: no se aporta
ninguna información significativa que permita reducir los impactos negativos previsibles
sobre recursos naturales protegidos de la zona, por lo que en aplicación del principio de
precaución que debe presidir el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha considera que este proyecto, en su conjunto, no garantiza la
conservación de los valores ambientales y recursos naturales en la ubicación y
características actuales. Por tanto, el promotor debe valorar alternativas de ubicación en
otras zonas que ocasionen menor impacto sobre fauna protegida, primando los criterios
de sostenibilidad ambiental para este tipo de proyectos como son: «minimizar superficie
afectada» y el de «proximidad», con lo que se reduciría la longitud y potencial impacto
negativo de la línea de evacuación, no evaluados adecuadamente en la documentación
presentada.
Espacios naturales protegidos.
En el EsIA se indica que las zonas de implantación de las plantas solares
fotovoltaicas no se corresponden con ningún Espacio Natural Protegido definido por la
Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. En relación con la Red
Natura 2000 la PFV Centauro se encuentra en las proximidades de las ZEPA de las
«Estepas cerealistas de la Campiña» (ES4240024) y «Estepas Cerealistas de los ríos
Jarama y Henares» (ES0000139), perteneciente a la Comunidad de Madrid. La línea
aéreo-subterránea 220 kV atravesaría también la ZEPA «Estepas cerealistas de los ríos
Jarama y Henares», el LIC/ZEC «Cuencas de los ríos Jarama y Henares» (LIC
ES3110001) y la IBA 074 «Talamanca-Camarma». Tampoco hay afección a Zonas
Húmedas, ni Reservas de la Biosfera.
Sin embargo, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla La Mancha informa con fecha de 29 de junio de 2022, que la
totalidad de la PFV Borealis y gran parte de la PFV Centauro, así como todo el tendido
eléctrico de evacuación, se encuentran en terrenos con valores ambientales
característicos de hábitats a proteger bajo las Directivas 92/43/CEE y 79/409/CEE, por
tanto, susceptibles de ser declarados espacios Red Natura 2000 en un futuro.
Por otro lado, la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible de
Guadalajara, en su informe del 28 de noviembre de 2022 indica que parte del área
afectada por el proyecto, si bien no se incluye en la Red de Áreas Protegidas establecida
en la Ley 9/1999 de Conservación de la Naturaleza de Castilla- La Mancha, alberga una
diversidad faunística esteparia de tal relevancia que se ha considerado como propuesta
de ZEPA para su integración en la red Natura 2000. Así mismo, que la PFV Centauro se
encuentra en las proximidades de las ZEPA de las Estepas cerealistas de la Campiña
(ES4240024) y Estepas Cerealistas de los ríos Jarama y Henares (ES0000139),
perteneciente a la Comunidad de Madrid y, parte del proyecto se encuadra en un área de
campeo de águila imperial ibérica. Por último, que la línea de evacuación y esta misma
PFV Centauro se encuentran en zona de dispersión de águila perdicera
(Decreto 76/2016, de 13 de diciembre de 2016, por el que se aprueba el Plan de
Recuperación del Águila perdicera) y que, entre las amenazas y presiones que pueden
afectar significativamente a los objetivos de conservación de las especies mencionadas
anteriormente se encuentra la conversión del uso de suelo agrícola a usos como el de
las infraestructuras de transporte de electricidad.
Paralelamente, esta Delegación Provincial señala que, según la Directiva 92/43/CEE,
en la evaluación de afecciones a los espacios Natura 2000, se han de tomar en

cve: BOE-A-2023-3329
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