I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. Medidas fiscales y administrativas. (BOE-A-2023-3297)
Ley 11/2022, de 28 de diciembre, Medidas Fiscales y Administrativas.
150 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33

Miércoles 8 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 18209

Artículo 15. Modificación de la Ley de Cantabria 7/2001, de 19 de diciembre de
Ordenación Farmacéutica de Cantabria.
Uno. Se modifica la rúbrica del capítulo IV del título II de la Ley de
Cantabria 7/2001, de 19 de diciembre de Ordenación Farmacéutica de Cantabria, que
pasa a tener la siguiente redacción:
«De los servicios de farmacia y de los depósitos de medicamentos en las
estructuras sanitarias de atención primaria, hospitales, centros sociosanitarios,
centros sociales residenciales y centros penitenciarios.»
Dos. Se modifica el artículo el párrafo del apartado 4 del artículo 37 de la Ley de
Cantabria 7/2001, de 19 de diciembre de Ordenación Farmacéutica de Cantabria, que
pasa a tener la siguiente redacción:
«a) En todos los hospitales que dispongan de cien o más camas.»
Tres. Se modifica el artículo 38.1 de la Ley de Cantabria 7/2001, de 19 de
diciembre de Ordenación Farmacéutica de Cantabria, que pasa a tener la siguiente
redacción:
«Los centros públicos de atención primaria, centros hospitalarios, centros
sociosanitarios y centros sociales residenciales y centros penitenciarios que no
cuenten con un servicio de farmacia y que no estén obligados a tenerlo, podrán
disponer de un depósito de medicamentos. A los efectos de esta ley, se entiende
por centros sociales residenciales aquellos inscritos como tales en el Registro de
entidades, servicios y centros de servicios sociales de Cantabria.»
Artículo 16. Modificación de la Ley de Cantabria 9/2010, de 23 de diciembre, de
personal estatutario de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de
Cantabria.
Uno. Se modifica el artículo 34.2.h) de la Ley de Cantabria 9/2010, de 23 de
diciembre, de personal estatutario de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma
de Cantabria, que pasa a tener la siguiente redacción:
«h)

Plazo máximo para presentar las solicitudes.»

Dos. Se modifica el artículo 34.5 de la Ley de Cantabria 9/2010, de 23 de
diciembre, de personal estatutario de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma
de Cantabria, que pasa a tener la siguiente redacción:
«5. Las bases de la convocatoria podrán contemplar la exigencia de utilizar
exclusivamente medios electrónicos por los aspirantes durante el proceso
selectivo en aras a agilizar el mismo. En todo caso, la Administración habilitará
centros públicos de asistencia para la presentación electrónica de solicitudes.»

Uno. Se modifica el apartado n) del artículo 14, de la Ley de Cantabria 11/2006,
de 17 de julio, de organización y funcionamiento del Servicio Jurídico, que queda
redactado como sigue:
«n) En materia de contratación, los pliegos de cláusulas administrativas
generales y los proyectos de contratos sometidos al Derecho privado regulados en
la legislación de patrimonio, salvo que se utilicen modelos tipo previamente
informados por la Dirección.»

cve: BOE-A-2023-3297
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Artículo 17. Modificación de la Ley de Cantabria 11/2006, de 17 de julio, de
organización y funcionamiento del Servicio Jurídico.