I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. Presupuestos. (BOE-A-2023-3296)
Ley 10/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 18120

de mayores recursos a servicios públicos esenciales –Sanidad, Educación, Políticas
Sociales, Empleo y Vivienda– y ampliar la red de apoyo y protección a las familias,
pymes y autónomos, el proyecto de Presupuestos incorpora en la Ley de Medidas
Fiscales y Administrativas una reforma fiscal dirigida a beneficiar a quienes precisan del
apoyo público para afrontar con garantías el alza de precios –rentas medias y bajas–, así
como una prórroga de la bonificación de 49 tasas y tarifas de la que se beneficia el
sector empresarial.
Todo ello, sin olvidar la necesaria sostenibilidad de las cuentas públicas y la
continuidad para seguir afrontando desafíos que para este Gobierno son fundamentales,
como la lucha contra la despoblación y el cambio climático; el impulso a la industria, el
turismo, la ciencia y la innovación o la modernización de la administración, desafíos que
cuentan igualmente con dotación presupuestaria.
Cabe destacar que los Presupuestos de 2023 contemplan una importante
financiación para iniciar la ejecución con éxito de proyectos considerados estratégicos
para la Comunidad Autónoma, como son el nuevo desarrollo industrial y espacio logístico
del Llano de la Pasiega y la nueva sede del Museo de Arqueología y Prehistoria de
Cantabria (MUPAC). Del mismo modo, recoge las inversiones previstas en el marco
definido por el fondo de recuperación Next Generation EU y el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, España Puede, que ascienden a 194 millones de euros
(programas presupuestarios 140A y 140B).
En suma, el presupuesto del próximo año prevé reforzar el Estado de Bienestar,
garantizar la calidad de los servicios públicos básicos y ayudar al tejido empresarial a ser
más competitivo, consolidando la recuperación económica anotada por la Comunidad
Autónoma durante el ejercicio 2022.
III
El articulado de la Ley comprende seis títulos, con sus respectivos capítulos, treinta y
nueve artículos, doce disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una
disposición derogatoria y dos disposiciones finales, así como tres anexos.
La parte esencial de la Ley de Presupuestos se recoge en el Título I, Capítulo I, en el
que se aprueban las cuantías totales de los Estados de Gastos e Ingresos del Sector
Público de la Comunidad Autónoma, indicando su distribución por políticas de gasto. En
el Capítulo II, se consigna el importe de los beneficios fiscales que afectan a los tributos,
tanto propios como cedidos, de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
El Título II de la Ley de Presupuestos, relativo a la Gestión Presupuestaria, se
estructura en tres Capítulos. En su Capítulo I regula la no disponibilidad de los créditos,
el carácter limitativo de los mismos, los créditos ampliables y los Fondos de
Compensación Interterritorial. El Capítulo II se dedica a regular las normas específicas
de la gestión de los presupuestos docentes y los costes de personal de la Universidad de
Cantabria. Por último, regula en su Capítulo III, el régimen de presupuestación y
contabilidad de los consorcios de la Comunidad Autónoma de Cantabria con otras
Administraciones Públicas y las compensaciones y deducciones de deudas de entidades
de derecho público.
En el Título III, se hace referencia a las operaciones de endeudamiento de la
Administración General, estableciendo el límite de incremento del saldo de la Deuda
de 31 de diciembre de 2022, tanto a largo como a corto plazo, así como de las
operaciones de endeudamiento del resto de entidades del Sector Público.
El Título IV engloba las normas relativas a las modificaciones presupuestarias y a la
liquidación de los presupuestos. Se recogen, además, de manera expresa, las
competencias de la Mesa del Parlamento de Cantabria en el control de la ejecución y
gestión de la Sección 1 de los presentes Presupuestos.
Las normas sobre Gastos de Personal se ubican en el Título V que se estructura, a
su vez, en un Capítulo Único denominado «De los regímenes retributivos».

cve: BOE-A-2023-3296
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Núm. 33