III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3280)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques eólicos "Orzar" de 56 MW y "Tornado" de 67,2 MW, y parte de su infraestructura de evacuación asociada en los términos municipales de Carballo, Tordoia, Val do Dubra y Trazo (A Coruña)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32

Martes 7 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 17907

uso de mosaico agrícola (principalmente a base cultivos forrajeros) y matorral.
Finalmente, la zona más septentrional de mencionado parque eólico, en concreto los
aerogeneradores 01 y 02, se asentarán sobre repoblaciones forestales de eucalipto.
De acuerdo al EsIA, en el parque eólico Tornado, se ubicarían sobre pastos y
matorral los aerogeneradores 04, 05, 07, 08, 09 y 10, así como parte de las estructuras
asociadas al aerogenerador 11 y la torre anemométrica. El aerogenerador 06 y parte de
las estructuras asociadas al aerogenerador 09 se localizan sobre matorral y pastos,
estando sobre matorral con plantaciones forestales el aerogenerador 12.
En cuanto a las posibles afecciones sobre el suelo, el EsIA informa de que se
limitarán al terreno afectado por las cimentaciones, las plataformas de montaje, los
nuevos tramos de vial, la torre anemométrica, el centro de seccionamiento y control de la
subestación y los tramos de zanja en los que se afecta a terreno natural, que no podrán
sostener otro uso ni prestar otro servicio durante la fase de explotación.
En relación a la geomorfología, la zona de actuación propuesta se caracteriza por un
relieve de suaves ondulaciones, con una altitud entre los 480 y 530 m, localizándose
geológicamente dentro del Macizo de Órdenes y siendo los materiales sobre los que se
localiza principalmente gabros, metagabros y epidioritas, y la zona más meridional sobre
esquistos, gneises plagioclásicos y metagrauvacas.
En relación a la geología y geomorfología, en el EsIA se indica que la implantación
de los parques eólicos conllevaría una alteración de la superficie del territorio para
realizar el cambio de uso. De acuerdo a lo indicado por los promotores, como
consecuencia de la ausencia de acusadas pendientes en la zona de implantación la
ejecución de las estructuras requeridas no supondría grandes movimientos de tierra ni,
en consecuencia, una modificación acusada de la morfología de la zona. Los efectos de
la obra en cuanto a la alteración del suelo y la potencial activación de procesos erosivos
se centran en el acondicionamiento y apertura de viales y en las excavaciones para las
cimentaciones de los aerogeneradores.
Con lo expuesto anteriormente, se hace patente que las principales afecciones del
proyecto serían el riesgo de erosión, la alteración geomorfológica y pérdida de suelo fértil
debido a los movimientos de tierra y al trasiego de maquinaria, así como contaminación
del suelo y el subsuelo debido a vertidos accidentales de aceites y lubricantes. A este
respecto, en el EsIA se proponen una serie de medidas genéricas para cada una de las
fases de los proyectos, entre las que se encuentran: equilibrar al máximo el volumen de
desmonte y terraplén, el acopio del suelo fértil retirado para su posterior
aprovechamiento y la realización de obras de drenaje superficial para evitar la aparición
de regueros y cárcavas. Asimismo, en el EsIA se indica que una vez terminadas las
obras y desmantelados los parques eólicos se llevará a cabo la restauración de las
zonas degradadas.
Los promotores indican que el mantenimiento de la maquinaria se realizará fuera de
obra y que el almacenamiento de materiales se llevará a cabo en lugares debidamente
acondicionados. Asimismo, señala que las superficies no afectadas por la implantación
de los parques eólicos podrán seguir manteniendo un uso protector del suelo y los
hábitats, debido a la compatibilidad existente entre los parques eólicos y este uso.
Agua e hidrología.

La zona de implantación de los proyectos se localiza entre dos unidades de gestión
de Aguas de Galicia para la Demarcación Hidrológica de Galicia-Costa: la zona norte en
la denominada «Río Anllóns, Costa de A Coruña hasta límite de Arteixo» y la zona Sur
en la de «Río Tambre y Ría de Muros».
De acuerdo al EsIA, la red hidrológica superficial está representada por numerosos
cursos de agua. Los promotores señalan que las infraestructuras del parque eólico Orzar
cruzan la red fluvial en un punto, en concreto la zanja de cableado que desde el
aerogenerador 06 discurre hasta el 08, utilizando un vial existente. En cuanto al parque
eólico Tornado, existen dos cruzamientos, uno en el que será necesario el
acondicionamiento de un vial existente, y otro de nueva creación, en concreto el vial que

cve: BOE-A-2023-3280
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3.2.2