III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3278)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Tesouro, de 60 MW, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de A Capela y As Pontes (A Coruña)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 17853

instalación de pantallas o la programación de paradas técnicas temporales de los
aerogeneradores; ni se refieren acciones a tener en cuenta en el plan de vigilancia y
seguimiento ambiental.
Finaliza su informe de forma favorable, condicionando la subsanción de las carencias
anteriormente mencionadas por el promotor.
El Ayuntamiento de A Capela señala la posible afección sobre la calidad acústica, así
como limitación de horario de baja intensidad acústica para la fase de obras del
proyecto. El promotor responde que se ha verificado que a 200 m del aerogenerador ya
se cumplen los objetivos de calidad acústica establecidos en la legislación vigente, por lo
que se pueden descartar los efectos acumulativos o sinérgicos con otros
aerogeneradores tanto del mismo parque eólico como de otros cercanos ya que los
aerogeneradores siempre distarán más de 200 m entre sí.
3.2.4 Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario. Según el EsIA, la
superficie que engloba la poligonal del PE Tesouro se encuentra ocupada
mayoritariamente por matorral boscoso de transición, matorrales y landas mesófilos y
prados y praderas. Se indica además que la línea de evacuación proyectada atravesará
en su mayoría landas y matorrales mesófilos, mosaicos de cultivos y en menor medida
bosques de frondosas y de coníferas.
El promotor realiza un inventario de campo para la identificación de hábitats de
interés comunitario, en el que establece que únicamente los aerogeneradores, T09, y
T14 afectarían a los hábitats de interés comunitario (HIC), tales como el 4020* Brezales
húmedos atlánticos de zona templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix; el 4030 Brezales
secos europeos; y 4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga. El resto de
los aerogeneradores se ubican sobre la antigua escombrera restaurada de la Central de
As Pontes, donde no se afectaría a ningún hábitat de interés. Por otro lado, según el
promotor, el hábitat 4020* estará afectado por viales y zanjas durante
aproximadamente 3.871 metros lineales, la mayoría de ellos sobre o caminos ya
existentes.
En el EsIA se indica que la afección a la vegetación y los hábitats es provocada por
la eliminación debida al despeje, desbroce y a la ocupación de los terrenos donde se
localizan las infraestructuras del proyecto. Según el promotor, una vez concluida la
construcción, la superficie que quedará ocupada permanentemente será la
correspondiente a los pedestales sobre los que se sustentan los aerogeneradores, los
recintos de las subestaciones y los viales de nueva construcción principalmente.
El promotor aplicará medidas para prevenir y evitar la afección a la vegetación y a los
hábitats, tales como la delimitación mediante balizamiento de toda zona susceptible de
afección, formaciones o elementos vegetales a proteger, respetará al máximo posible los
ejemplares de interés dentro del parque y se retranquearán los emplazamientos
originales entre otras.
Por otro lado, con el objetivo de recuperar el estado original de la zona de
implantación, en aplicación del Plan de Integración Ambiental y Paisajística, el promotor
procederá a restaurar y revegetar aquellas zonas afectadas que no vayan a ser
ocupadas permanentemente, realizando trabajos de hidrosiembra con especies
pratenses, y de plantación de especies arbóreas (pino, brezo y tojo) en aquellos lugares
donde sea posible.
La Dirección Xeral de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia en su segundo
informe indica que, parte de la poligonal donde se desarrolla el parque y se instalan
cinco aerogeneradores se encuentra en un espacio que, en este momento, se encuentra
en estudio en dicha Dirección Xeral por reunir importantes valores ambientales. En este
espacio están presentes formaciones turbosas, cuya protección es necesaria por
diversos motivos, ya que las turberas son formaciones de gran relevancia tanto desde
una perspectiva biológica como por sus valores paleoambientales, ecológicos, de
geodiversidad, etnológicos y culturales. En consecuencia, en aplicación del artículo 46.1
de la Ley 5/2019, de 2 de agosto, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad de Galicia,

cve: BOE-A-2023-3278
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Núm. 32