III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3278)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Tesouro, de 60 MW, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de A Capela y As Pontes (A Coruña)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32
Martes 7 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17848
(Galicia) y estará constituido por las siguientes infraestructuras de producción energética
renovable:
El Parque Eólico (PE) Tesouro está ubicado en los términos municipales de A Capela
y As Ponte. Está constituido por un total de doce aerogeneradores con potencia unitaria
de 5,00 MW, resultando una potencia total de 60 MW. El modelo de turbina seleccionado
es Siemens Gamesa SG170-6.0MW con 115 m de altura de buje y 170 m de diámetro de
rotor. La energía producida por los aerogeneradores es conducida a través de una red
subterránea, de 33 kV, cuatro circuitos, y de 23,44 km de longitud, a la subestación del
parque Tesouro (33/220 kV), de 4.694 m2 de ocupación y situada en el TM de As Pontes.
Desde esta subestación, una línea eléctrica aérea de 220 kV y 8,86 km evacua la
energía hasta la subestación colectora As Pontes 220/400 kV, de 17.687 m2, que
recogerá la energía producida por los parques eólicos de Santuario, Barqueiro,
Badulaque, Moeche, y Caaveiro. La línea del parque eólico Tesouro, que discurre por el
término municipal de As Pontes, consta de un total de 30 apoyos metálicos de celosía,
de simple circuito, con tres conductores por circuito, un conductor por fase y un cable de
tierra. Los apoyos de la línea serán en configuración doble durante todo el trazado, uno
de los circuitos evacuará la energía del parque eólico Tesouro y el parque eólico de
Caaveiro y el otro circuito, cuyo tendido no forma parte del alcance de este proyecto,
evacuará la energía de los futuros parques eólicos Badulaque, Barqueiro y Moeche. De
la SET Colectora As Pontes parten dos líneas subterráneas de 400 kV, de 649 m y 657
m respectivamente, que evacúan finalmente en la subestación existente As Pontes 400
kV propiedad de REE.
El promotor ha diseñado una red de viales interiores total de 25.795,8 m de longitud,
aprovechando al máximo la red de caminos existentes. Los accesos exteriores al parque
eólico Tesouro se realizará desde la carretera AC-564.
Tramitación del procedimiento
Conforme a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, se publicó, el 15 de junio de 2021 en el «Boletín Oficial del
Estado» (con corrección de errores el 15 de julio de 2021) y el 23 de junio de 2021 en el
«Boletín Oficial de A Coruña», el anuncio por el que se somete a información pública el
EsIA y la solicitud de Autorización Administrativa previa del proyecto.
En septiembre de 2021, el órgano sustantivo trasladó consultas a las
Administraciones públicas afectadas y personas interesadas recogidas en el anexo I de
la presente Resolución. Además, según datos del órgano sustantivo, se han recibido en
torno a 490 alegaciones de particulares y asociaciones.
El 17 de marzo de 2022 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental el expediente, con objeto de iniciar la evaluación de impacto ambiental
ordinaria. Una vez realizado el análisis formal del mismo, se detecta que no constan los
informes preceptivos previstos en el artículo 37.2, apartados b) informe sobre el
patrimonio cultural, f) informe de los órganos con competencias en materia de
prevención y gestión de riesgos derivados de accidentes graves o catástrofes e i)
informe de los órganos con competencias en materia de salud pública. Por otro lado, los
escritos recibidos de los organismos Dirección Xeral de Patrimonio Natural, de la
Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda, y de Augas de Galicia de la
Consellería de Infraestructuras e Mobilidade, de la Xunta de Galicia, manifestaban que
no procedía la emisión de informe por encontrarse parte de las instalaciones del parque
fuera de las áreas incluidas en el Plan Sectorial Eólico de Galicia y de la Ley 8/2009,
de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean
el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental. En consecuencia, no se
consideraron como los informes preceptivos del artículo 37.2, apartados a) Informe del
órgano con competencias en materia de medio ambiente de la comunidad autónoma en
donde se ubique territorialmente el proyecto y c) Informe de los órganos con
competencias en a materia de planificación hidrológica y de dominio público hidráulico, y
cve: BOE-A-2023-3278
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 32
Martes 7 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17848
(Galicia) y estará constituido por las siguientes infraestructuras de producción energética
renovable:
El Parque Eólico (PE) Tesouro está ubicado en los términos municipales de A Capela
y As Ponte. Está constituido por un total de doce aerogeneradores con potencia unitaria
de 5,00 MW, resultando una potencia total de 60 MW. El modelo de turbina seleccionado
es Siemens Gamesa SG170-6.0MW con 115 m de altura de buje y 170 m de diámetro de
rotor. La energía producida por los aerogeneradores es conducida a través de una red
subterránea, de 33 kV, cuatro circuitos, y de 23,44 km de longitud, a la subestación del
parque Tesouro (33/220 kV), de 4.694 m2 de ocupación y situada en el TM de As Pontes.
Desde esta subestación, una línea eléctrica aérea de 220 kV y 8,86 km evacua la
energía hasta la subestación colectora As Pontes 220/400 kV, de 17.687 m2, que
recogerá la energía producida por los parques eólicos de Santuario, Barqueiro,
Badulaque, Moeche, y Caaveiro. La línea del parque eólico Tesouro, que discurre por el
término municipal de As Pontes, consta de un total de 30 apoyos metálicos de celosía,
de simple circuito, con tres conductores por circuito, un conductor por fase y un cable de
tierra. Los apoyos de la línea serán en configuración doble durante todo el trazado, uno
de los circuitos evacuará la energía del parque eólico Tesouro y el parque eólico de
Caaveiro y el otro circuito, cuyo tendido no forma parte del alcance de este proyecto,
evacuará la energía de los futuros parques eólicos Badulaque, Barqueiro y Moeche. De
la SET Colectora As Pontes parten dos líneas subterráneas de 400 kV, de 649 m y 657
m respectivamente, que evacúan finalmente en la subestación existente As Pontes 400
kV propiedad de REE.
El promotor ha diseñado una red de viales interiores total de 25.795,8 m de longitud,
aprovechando al máximo la red de caminos existentes. Los accesos exteriores al parque
eólico Tesouro se realizará desde la carretera AC-564.
Tramitación del procedimiento
Conforme a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, se publicó, el 15 de junio de 2021 en el «Boletín Oficial del
Estado» (con corrección de errores el 15 de julio de 2021) y el 23 de junio de 2021 en el
«Boletín Oficial de A Coruña», el anuncio por el que se somete a información pública el
EsIA y la solicitud de Autorización Administrativa previa del proyecto.
En septiembre de 2021, el órgano sustantivo trasladó consultas a las
Administraciones públicas afectadas y personas interesadas recogidas en el anexo I de
la presente Resolución. Además, según datos del órgano sustantivo, se han recibido en
torno a 490 alegaciones de particulares y asociaciones.
El 17 de marzo de 2022 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental el expediente, con objeto de iniciar la evaluación de impacto ambiental
ordinaria. Una vez realizado el análisis formal del mismo, se detecta que no constan los
informes preceptivos previstos en el artículo 37.2, apartados b) informe sobre el
patrimonio cultural, f) informe de los órganos con competencias en materia de
prevención y gestión de riesgos derivados de accidentes graves o catástrofes e i)
informe de los órganos con competencias en materia de salud pública. Por otro lado, los
escritos recibidos de los organismos Dirección Xeral de Patrimonio Natural, de la
Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda, y de Augas de Galicia de la
Consellería de Infraestructuras e Mobilidade, de la Xunta de Galicia, manifestaban que
no procedía la emisión de informe por encontrarse parte de las instalaciones del parque
fuera de las áreas incluidas en el Plan Sectorial Eólico de Galicia y de la Ley 8/2009,
de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean
el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental. En consecuencia, no se
consideraron como los informes preceptivos del artículo 37.2, apartados a) Informe del
órgano con competencias en materia de medio ambiente de la comunidad autónoma en
donde se ubique territorialmente el proyecto y c) Informe de los órganos con
competencias en a materia de planificación hidrológica y de dominio público hidráulico, y
cve: BOE-A-2023-3278
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