III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. (BOE-A-2023-3272)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca la prueba para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para mayores de dieciocho años en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32

Martes 7 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 17747

una prueba para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener
directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Por todo ello, en el marco normativo descrito,
Esta Secretaría de Estado de Educación dispone:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Esta resolución tiene por objeto regular la convocatoria del año 2023 de la prueba
para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para las
personas mayores de dieciocho años en el ámbito de gestión del Ministerio de
Educación y Formación Profesional.
Artículo 2. Características de la prueba.
La prueba tendrá por objeto comprobar si se han alcanzado las competencias
básicas y los objetivos de la etapa establecidos en los artículos 2 y 11 del Real
Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la
Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
Artículo 3.

Requisitos para acceder a la prueba.

Podrán acceder a esta prueba las personas mayores de dieciocho años, o que
cumplan esta edad en el año natural en el que se realiza la prueba y que se encuentren
en alguna de las siguientes circunstancias:
a) Residir en las ciudades de Ceuta o Melilla.
b) Tener la nacionalidad española y residir temporal o habitualmente en el
extranjero.
c) No tener la nacionalidad española, residir en el extranjero y haber cursado
previamente enseñanzas regladas del sistema educativo español.
Artículo 4.

Solicitudes y documentación.

1. Los aspirantes que cumplan los requisitos anteriores presentarán la solicitud de
participación en la prueba mediante el modelo establecido en los anexos I.a para los
solicitantes residentes en el extranjero y I.b, I.c para los solicitantes residentes en
territorio de Ceuta o Melilla, según corresponda, que podrán obtener por alguno de los
siguientes medios:
a) De manera presencial: en la sede de la Dirección Provincial del Ministerio de
Educación y Formación Profesional, en adelante Dirección Provincial
b) De forma electrónica: el sitio web del Ministerio de Educación y Formación
Profesional: http://www.educacionyfp.gob.es, así como en los sitios web de las
Direcciones Provinciales de las ciudades de Ceuta y Melilla.

a) Los aspirantes residentes en el extranjero presentarán la solicitud dirigida a la
Subdirección General de Centros, Inspección y Programas, en el Consulado de España
o en la Consejería de Educación de la Embajada de España en el país. Estos órganos se
encargarán de revisar y verificar las solicitudes presentadas, enviándolas por correo
electrónico a la Subdirección General de Centros, Inspección y Programas,
cip@educacion.gob.es a la finalización de su revisión y adjuntando la documentación
aportada escaneada. Posteriormente se procederá a enviar esta misma información por
registro. Las solicitudes, también podrán ser presentadas por los aspirantes, de
cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo

cve: BOE-A-2023-3272
Verificable en https://www.boe.es

2. Los aspirantes deberán presentar el citado anexo I.a, I.b, I.c, según corresponda,
debidamente cumplimentado: