III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-3061)
Resolución 420/38038/2023, de 27 de enero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Córdoba, para financiar inversiones destinadas a la implantación en la ciudad de Córdoba de la Base Logística del Ejército de Tierra "General de Ejército Javier Varela".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 16990
de julio de 2021, los préstamos se han formalizado los días 24 de agosto y 28 de octubre
de 2021.
Sexto.
Que atendiendo al procedimiento de concesión y de acuerdo con lo previsto en el
artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como
en el artículo 2 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la administración
de la Junta de Andalucía, la subvención se clasifica de concesión directa.
Séptimo.
Que en el objeto del presente convenio concurren los requisitos de reconocido
interés público que exige el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el
artículo 8.c) de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba,
reflejados en el Protocolo General de Actuación del Proyecto Tecnológico de Creación de
la Base Logística del Ejército de Tierra «General de Ejército Javier Varela», del cual
deriva el presente convenio, y que, en consecuencia, determina la imposibilidad de
promover la concurrencia de la subvención.
El objetivo central de la planificación autonómica (Plan Económico de Andalucía,
Agenda Urbana de Andalucía) es la creación de empleo, siendo línea estratégica de
dicha planificación el «Apoyo a grandes proyectos estratégicos que creen empleo y
favorezcan el desarrollo de los municipios».
La implantación de la Base Logística supone que la ciudad de Córdoba se constituya
en uno de los grandes núcleos logísticos de España, reforzando el peso del sector
industrial en Córdoba y acortando la diferencia en la industrialización de la Ciudad
respecto a la media nacional gracias a las empresas que se instalaran para prestar
servicios a la Base y al reforzamiento de los tejidos industriales locales ligados al sector
del transporte, logístico y productivo, en especial las industrias 4.0 y empresas con base
tecnológica capacitadas para trabajar en la Base Logística.
Por ello, la subvención reflejada en los apartados tercero y cuarto del exponendo se
canaliza a través del presente convenio, que cumple la función de bases reguladoras, tal
y como dispone el artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que tendrá el
carácter de bases reguladoras de la concesión a efectos de lo dispuesto en la citada Ley
General de Subvenciones, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre el Ministerio de
Defensa y el Ayuntamiento de Córdoba, derivado del Protocolo General de Actuación del
Proyecto Tecnológico de creación de la Base Logística del Ejército de Tierra «General de
Ejército Javier Varela».
Asimismo, instrumenta la concesión de una subvención directa al Ministerio de
Defensa, con carácter excepcional y por razones de interés público y social, para
financiar inversiones destinadas a la implantación de la Base Logística en aplicación de
lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en relación con lo establecido en el artículo 28.2 y 3 de dicha ley y en el
artículo 67 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley General de Subvenciones, para hacer efectiva la aportación del
Ayuntamiento de Córdoba.
cve: BOE-A-2023-3061
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 16990
de julio de 2021, los préstamos se han formalizado los días 24 de agosto y 28 de octubre
de 2021.
Sexto.
Que atendiendo al procedimiento de concesión y de acuerdo con lo previsto en el
artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como
en el artículo 2 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la administración
de la Junta de Andalucía, la subvención se clasifica de concesión directa.
Séptimo.
Que en el objeto del presente convenio concurren los requisitos de reconocido
interés público que exige el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el
artículo 8.c) de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba,
reflejados en el Protocolo General de Actuación del Proyecto Tecnológico de Creación de
la Base Logística del Ejército de Tierra «General de Ejército Javier Varela», del cual
deriva el presente convenio, y que, en consecuencia, determina la imposibilidad de
promover la concurrencia de la subvención.
El objetivo central de la planificación autonómica (Plan Económico de Andalucía,
Agenda Urbana de Andalucía) es la creación de empleo, siendo línea estratégica de
dicha planificación el «Apoyo a grandes proyectos estratégicos que creen empleo y
favorezcan el desarrollo de los municipios».
La implantación de la Base Logística supone que la ciudad de Córdoba se constituya
en uno de los grandes núcleos logísticos de España, reforzando el peso del sector
industrial en Córdoba y acortando la diferencia en la industrialización de la Ciudad
respecto a la media nacional gracias a las empresas que se instalaran para prestar
servicios a la Base y al reforzamiento de los tejidos industriales locales ligados al sector
del transporte, logístico y productivo, en especial las industrias 4.0 y empresas con base
tecnológica capacitadas para trabajar en la Base Logística.
Por ello, la subvención reflejada en los apartados tercero y cuarto del exponendo se
canaliza a través del presente convenio, que cumple la función de bases reguladoras, tal
y como dispone el artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que tendrá el
carácter de bases reguladoras de la concesión a efectos de lo dispuesto en la citada Ley
General de Subvenciones, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre el Ministerio de
Defensa y el Ayuntamiento de Córdoba, derivado del Protocolo General de Actuación del
Proyecto Tecnológico de creación de la Base Logística del Ejército de Tierra «General de
Ejército Javier Varela».
Asimismo, instrumenta la concesión de una subvención directa al Ministerio de
Defensa, con carácter excepcional y por razones de interés público y social, para
financiar inversiones destinadas a la implantación de la Base Logística en aplicación de
lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en relación con lo establecido en el artículo 28.2 y 3 de dicha ley y en el
artículo 67 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley General de Subvenciones, para hacer efectiva la aportación del
Ayuntamiento de Córdoba.
cve: BOE-A-2023-3061
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.