III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-3061)
Resolución 420/38038/2023, de 27 de enero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Córdoba, para financiar inversiones destinadas a la implantación en la ciudad de Córdoba de la Base Logística del Ejército de Tierra "General de Ejército Javier Varela".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 16989

Segundo.
Que en la estipulación tercera del citado Protocolo General de Actuación, se dispone
que las condiciones particulares relativas a la financiación, organización y ejecución de
las acciones concretas resultantes de esta cooperación, serán establecidas para cada
caso particular en el convenio específico correspondiente, en el que se detallarán los
términos y condiciones en los que se desarrollarán las actuaciones concretas, así como
las obligaciones que asuma cada una de las partes para la ejecución de las mismas,
mediante los instrumentos previstos en la legislación vigente.
Asimismo, en la estipulación cuarta, se establece que, una vez establecido el marco
de colaboración contenido en el citado Protocolo General de Actuación, las partes que lo
suscriben, para llevar a buen fin las actuaciones concretas recogidas en los convenios
específicos de desarrollo, tienen el propósito de realizar aportaciones económicas, que
serán incluidas en dichos convenios.
Tercero.
Que el Ayuntamiento de Córdoba, de conformidad con las atribuciones que tiene
conferidas por el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias,
puede promover las actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a
satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, ejerciendo para ello
como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las
Comunidades Autónomas, entre otras, el fomento del desarrollo económico y social en el
marco de la planificación autonómica, conforme a lo dispuesto en los artículos 6.2 y 9.21.
de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía.
Cuarto.
Que el Ayuntamiento de Córdoba ha señalado en un plan estratégico de
subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo
necesario para su concesión, los costes previsibles y sus fuentes de financiación,
supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria.
En este sentido, el Plan Estratégico de Subvenciones incluido en la Base de
Ejecución 50 del Presupuesto General del Ayuntamiento de Córdoba para el
ejercicio 2021, apartado 3, señala que «Finalmente, por su cuantía, serán de pago
anticipado todas las Subvenciones y Convenios cuyo importe no supere 25.000 euros,
así como todas aquellas que figuren con modalidad anticipada expresamente en los
cuadros del Plan Estratégico que a continuación se adjuntan».
Que en el cuadro del Plan Estratégico de Subvenciones correspondiente a la citada
Base de Ejecución 50, en la Delegación de Presidencia y Políticas Transversales, consta
«Centro Logístico Ejército de Tierra. Excepcional. Pago anticipado».

Que en el Estado de Gastos del Presupuesto General del Ayuntamiento de Córdoba
para el ejercicio 2021 aprobado por Acuerdo de Pleno de 17 de mayo de 2021 y en la
aplicación presupuestaria «Z A13 9203-72000», figura un crédito de 25.000.000,00 de
euros destinado al Ministerio de Defensa, con objeto de financiar la implantación de la
Base Logística Militar del Ejército de Tierra en la ciudad de Córdoba.
En el citado presupuesto se contempla la formalización de operaciones de préstamo
para financiar inversiones por importe de 53.000.000 de euros. Dentro de dicho importe
total se incluye la cuantía de 25.000.000 de euros de financiación de la implantación de
la referida Base Logística. Aprobadas las operaciones de crédito por la Junta de
Gobierno Local en sesión extraordinaria, mediante Acuerdo número 742 de fecha 27

cve: BOE-A-2023-3061
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Quinto.