III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3091)
Resolución de 24 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "PSF Aura Solar" de 700 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17328
El promotor en su EsIA propone como medidas la prospección previa, los trabajos
diurnos, establecimiento de dispositivos anticolisión y electrocución en las líneas, con las
especificaciones de seguridad impuestas por el Real Decreto 1432/2008, cerramiento
permeable con malla cinegética de PSFV, aplicación de vedas en obras y seguimientos
semestrales de avifauna en funcionamiento.
Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 (RN2000): En el entorno del
proyecto existen diferentes figuras de espacios naturales protegidos, incluyendo algunos
espacios de la Red Natura 2000, aunque no llega a afectar directamente a ninguno. En
el ámbito concreto del estudio el proyecto fotovoltaico de Aura Solar tampoco afectaría a
ningún corredor ecológico prioritario, discurriendo los más cercanos a más de 10 km al
sur de las plantas o la línea de evacuación.
Mención aparte merecen las Zonas Especiales de Conservación (ZEC) más
próximas al proyecto, como el «Rañas de Matarrubia, Villaseca y Casas de Uceda» o la
ZEC-ZEPA «Lagunas de Puebla de Beleña», al norte de las plantas. Estos espacios de
la RN2000 destacan por sus hábitats asociados a los cauces fluviales, cultivos
cerealistas o humedales y no tanto por sus masas forestales (con la excepción de las
Rañas de Matarrubia, Villaseca y Casas de Uceda, sin olvidar, en cualquier caso, sus
formaciones de vegetación de ribera).
Dada la no afección a Espacios Naturales de Interés el promotor considera que el
impacto sobre este factor no es significativo.
Sin embargo, en el EsIA también se proponen medidas de integración paisajística,
restauración y reforestación.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha indica que el proyecto no se ubica en espacios Red Natura 2000,
por lo que no existe una afección directa. No obstante, pueden existir afecciones a la
Zona de Especial Protección para Aves (ZEPA) ES0000139 «Estepas cerealistas de los
ríos Jarama y Henares» tal y como se recoge en el apartado de conclusiones,
localizándose a 2,2 km de la isla Galápagos II y a 2,3 km del punto más cercano de la
línea de evacuación. La población de avutardas de la ZEPA tiene una íntima relación con
las que se observan en la zona afectada por las plantas, especialmente la isla
Galápagos II. Además, esta Administración considera que la zona donde pretenden
ubicarse las islas Galápagos I y II poseen valores propios de espacios Red Natura 2000.
Después de exponer una amplia serie de consideraciones de contenido
medioambiental y aportaciones de estudios de avifauna de éste expediente y de otros
aledaños, concluye que en relación a las distintas plantas que comprenden el proyecto
PSFV «Aura Solar» y su infraestructura de evacuación:
– Las islas Galápagos I y II no se consideran compatibles con la conservación de los
recursos naturales protegidos existentes en la zona donde pretenden ubicarse.
– Las islas Malaguilla I y Conexión se consideran compatibles con la conservación
de los recursos naturales protegidos existentes en la zona donde pretenden ubicarse.
– La isla Malaguilla II podría considerarse compatible con la conservación de los
recursos naturales protegidos existentes en la zona donde pretenden ubicarse, siempre y
cuando se excluyan los módulos con afección a un nido de águila real presente en la
zona.
– El tendido de evacuación podría considerarse compatible con la conservación de
los recursos naturales protegidos existentes en la zona donde pretenden ubicarse,
condicionado a su soterrado.
Aparte del condicionado anterior, se incluyen en el Informe medidas preventivas,
correctoras y compensatorias al proyecto. Estas últimas a compensar en proporción 1:1
ha y durante toda la vida del proyecto.
Por otra parte, el proyecto comparte línea de evacuación con dos plantas en la
provincia de Guadalajara, sobre las que el órgano ambiental preceptivo de Castilla-La
Mancha también informó negativamente en su totalidad (PSK Borneo) o en dos de
sus tres plantas (Polaris, Borealis y Centauro).
cve: BOE-A-2023-3091
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17328
El promotor en su EsIA propone como medidas la prospección previa, los trabajos
diurnos, establecimiento de dispositivos anticolisión y electrocución en las líneas, con las
especificaciones de seguridad impuestas por el Real Decreto 1432/2008, cerramiento
permeable con malla cinegética de PSFV, aplicación de vedas en obras y seguimientos
semestrales de avifauna en funcionamiento.
Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 (RN2000): En el entorno del
proyecto existen diferentes figuras de espacios naturales protegidos, incluyendo algunos
espacios de la Red Natura 2000, aunque no llega a afectar directamente a ninguno. En
el ámbito concreto del estudio el proyecto fotovoltaico de Aura Solar tampoco afectaría a
ningún corredor ecológico prioritario, discurriendo los más cercanos a más de 10 km al
sur de las plantas o la línea de evacuación.
Mención aparte merecen las Zonas Especiales de Conservación (ZEC) más
próximas al proyecto, como el «Rañas de Matarrubia, Villaseca y Casas de Uceda» o la
ZEC-ZEPA «Lagunas de Puebla de Beleña», al norte de las plantas. Estos espacios de
la RN2000 destacan por sus hábitats asociados a los cauces fluviales, cultivos
cerealistas o humedales y no tanto por sus masas forestales (con la excepción de las
Rañas de Matarrubia, Villaseca y Casas de Uceda, sin olvidar, en cualquier caso, sus
formaciones de vegetación de ribera).
Dada la no afección a Espacios Naturales de Interés el promotor considera que el
impacto sobre este factor no es significativo.
Sin embargo, en el EsIA también se proponen medidas de integración paisajística,
restauración y reforestación.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha indica que el proyecto no se ubica en espacios Red Natura 2000,
por lo que no existe una afección directa. No obstante, pueden existir afecciones a la
Zona de Especial Protección para Aves (ZEPA) ES0000139 «Estepas cerealistas de los
ríos Jarama y Henares» tal y como se recoge en el apartado de conclusiones,
localizándose a 2,2 km de la isla Galápagos II y a 2,3 km del punto más cercano de la
línea de evacuación. La población de avutardas de la ZEPA tiene una íntima relación con
las que se observan en la zona afectada por las plantas, especialmente la isla
Galápagos II. Además, esta Administración considera que la zona donde pretenden
ubicarse las islas Galápagos I y II poseen valores propios de espacios Red Natura 2000.
Después de exponer una amplia serie de consideraciones de contenido
medioambiental y aportaciones de estudios de avifauna de éste expediente y de otros
aledaños, concluye que en relación a las distintas plantas que comprenden el proyecto
PSFV «Aura Solar» y su infraestructura de evacuación:
– Las islas Galápagos I y II no se consideran compatibles con la conservación de los
recursos naturales protegidos existentes en la zona donde pretenden ubicarse.
– Las islas Malaguilla I y Conexión se consideran compatibles con la conservación
de los recursos naturales protegidos existentes en la zona donde pretenden ubicarse.
– La isla Malaguilla II podría considerarse compatible con la conservación de los
recursos naturales protegidos existentes en la zona donde pretenden ubicarse, siempre y
cuando se excluyan los módulos con afección a un nido de águila real presente en la
zona.
– El tendido de evacuación podría considerarse compatible con la conservación de
los recursos naturales protegidos existentes en la zona donde pretenden ubicarse,
condicionado a su soterrado.
Aparte del condicionado anterior, se incluyen en el Informe medidas preventivas,
correctoras y compensatorias al proyecto. Estas últimas a compensar en proporción 1:1
ha y durante toda la vida del proyecto.
Por otra parte, el proyecto comparte línea de evacuación con dos plantas en la
provincia de Guadalajara, sobre las que el órgano ambiental preceptivo de Castilla-La
Mancha también informó negativamente en su totalidad (PSK Borneo) o en dos de
sus tres plantas (Polaris, Borealis y Centauro).
cve: BOE-A-2023-3091
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 31