III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3090)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Albares, de 100 MWp y su infraestructura de evacuación, en la Comunidad Autónoma de Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 17319

Sinergias: En el estudio de sinergias, se han considerado seis plantas fotovoltaicas a
menos de 5 km en torno a las instalaciones objeto de estudio, dos de ellas con
resolución de determinación de afección ambiental favorable, La Vega y Cruz, y cuatro
en tramitación.
Los efectos sinérgicos sobre el paisaje, pese a tener relevancia por el elevado
número de observadores de la zona, se verán reducidos tras la aplicación de medidas
preventivas y correctoras, especialmente la implantación de pantallas vegetales
perimetrales en las plantas solares.
El aspecto más importante a valorar es el efecto sobre la fauna. En este aspecto, la
afección sobre los biotopos generada por las plantas solares se puede acumular sobre
un mismo biotopo, lo que podría conllevar un impacto sobre las especies de avifauna
esteparia. También, existirán efectos sinérgicos producidos por la implantación de la
línea aérea de alta tensión, respecto al factor de riesgo de colisión.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:

Para la determinación de los riesgos externos que pueden afectar a la ubicación de la
actividad se ha consultado el Catálogo de Riesgos Potenciales de Protección Civil para la
Comunidad de Madrid y el visor cartográfico de Protección Civil en la web de la Comunidad
de Madrid. El riesgo de incendios forestales es bajo en el terreno ocupado por la planta
solar. Únicamente en algunas zonas de cruce de la línea, este riesgo es alto.
Por otro lado, existe un riesgo de incendio en las instalaciones, especialmente
durante los trabajos de construcción, y con mayor probabilidad a causa del
funcionamiento de la maquinaria. No obstante, las instalaciones proyectadas se localizan
sobre áreas con cultivos herbáceos que quedarán desbrozadas al inicio de los trabajos, y
durante las obras se aplicarán todas las medidas establecidas en el Plan de Prevención
y Extinción de Incendios, que deberá realizarse para ejecutar los trabajos.
La actividad se desarrolla en un entorno dominado por campos de cultivo y próximo
al núcleo urbano de Parla. Aunque el entorno está muy antropizado, en ciertas épocas
del año, los cultivos podrían favorecer la propagación de un incendio originado en la
planta. La cercanía a núcleos urbanos aumenta la peligrosidad en caso de que se
iniciase un incendio en las instalaciones. No obstante, la planta solar no presenta
elementos combustibles que puedan propagar incendios, y adoptarán medidas antiincendios, y dada la tipología de la vegetación circundante, este incendio sería
fácilmente controlable, y presentaría baja carga de fuego.
El estudio de vulnerabilidad del proyecto frente a riesgos de accidentes graves o
catástrofes concluye que no se identifican riesgos de accidentes graves o catástrofes en
la zona y que no cabe esperar que el propio proyecto se vea comprometido, afectado o
condicionado por los accidentes graves o catástrofes, más allá de lo establecido por la
normativa para este tipo de instalaciones.
La Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Comunidad
de Madrid manifiesta que se deberán adoptar las medidas preventivas contenidas en el
Plan de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales en la Comunidad de
Madrid (INFOMA) aprobado por el Decreto 59/2017, de 6 de junio. Asimismo, indica que
la subestación eléctrica de transformación, deberá contar con un plan de autoprotección
redactado conforme a la Norma Básica de Autoprotección (Real Decreto 393/2007, de 23
de marzo), que deberá inscribirse en el Registro de datos de Planes de Autoprotección
de la Comunidad de Madrid.
Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes
naturales la presente propuesta recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las
autoridades competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento
de participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano
competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.

cve: BOE-A-2023-3090
Verificable en https://www.boe.es

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