III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3090)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Albares, de 100 MWp y su infraestructura de evacuación, en la Comunidad Autónoma de Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 17314

El análisis de alternativas se realiza de forma conjunta para las plantas Albares, La
Vega y Cruz, si bien respecto al proyecto Albares se analizaron tres alternativas de
ubicación:
– Alternativa 1, con una superficie aproximada de 228 ha.
– Alternativa 2, con una superficie aproximada de 220 ha.
– Alternativa 3 (seleccionada), con una superficie aproximada de 207 ha, entre los
municipios de Parla, Pinto y Torrejón de Velasco.
En relación a las infraestructuras de evacuación, se analizaron 3 alternativas para el
conjunto de las tres plantas fotovoltaicas con las siguientes características:
– Alternativa 1, con 23,17 km de longitud total.
– Alternativa 2, con 17,81 km de longitud total.
– Alternativa 3: Finalmente seleccionada, con 17,07 km de longitud total, de los
cuales en el presente proyecto solo se incluyen 10,55 km.
b)

Tratamiento de los principales impactos del proyecto:

Agua: La zona de estudio se encuentra incluida dentro de la Cuenca Hidrográfica del Tajo.
El arroyo de Guatén discurre entre tres de los recintos de la planta, que no ocupan su
zona de servidumbre pero sí su zona de policía, dado que el arroyo se acerca hasta a
unos 9 m del vallado. La línea eléctrica cruza los arroyos de Guatén, Matalobos,
Barahondo, los Mascatelares, las Arroyadas y Valdehondillo del Prado.
De acuerdo con el informe de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos
Naturales de la Comunidad de Madrid, será necesario mantener toda la red de vaguadas
y arroyos estacionales o permanentes con una zona de reserva, mayor de 20 m a cada
lado, para recibir y encauzar las escorrentías y evacuar eventuales inundaciones. Los
cruzamientos de las líneas eléctricas con ríos y arroyos serán, siempre que sea posible,
de forma soterrada y sin apertura de zanjas.
Según la cartografía de zonas inundables de origen fluvial del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la zona de actuación no se encuentra en
zona inundable para un período de retorno de 500 años. No obra en el expediente, un
estudio hidrológico de detalle del emplazamiento de la planta que determine con
precisión las zonas de flujo preferente y las zonas inundables.

cve: BOE-A-2023-3090
Verificable en https://www.boe.es

Geología y suelo: En el ámbito de la actuación, no se localizan elementos de interés
geológico susceptibles de sufrir alteraciones como consecuencia de los elementos a
instalar.
El proyecto se localiza en su mayor parte sobre Luvisoles y Cambisoles, suelos muy
modificados y degradados por prácticas agrícolas, con tasas de erosión muy bajas.
Aunque la superficie encerrada por el vallado es de 206,7 ha, la superficie efectiva de
ocupación de suelo sería de 61,6 ha. Las tierras excavadas se estiman en 25.048 m3, de
las cuales 17.534 m3 se reutilizarán y 7.514 m3 serán excedentes.
El impacto más importante sobre el suelo será la alteración del terreno y el aumento
del riesgo de erosión debido a los movimientos de tierra y a la eliminación de la cubierta
vegetal, sobre todo en caso de existencia de zonas de topografía con pendiente media o
alta. Los impactos más importantes para el sustrato y propia morfología del terreno se
producen durante la fase de construcción, por los movimientos de tierras necesarios por
las obras.
La Dirección General de Economía Circular de la Comunidad de Madrid recoge en su
informe unas consideraciones generales sobre prevención y gestión de residuos y, en
concreto, sobre residuos de construcción y demolición constituidos por tierras y piedras,
que no contienen sustancias peligrosas, residuos de construcción y demolición de nivel II
y residuos peligrosos e indica la obligación de incluir en el proyecto de ejecución de la
obra, un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición.