III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-3077)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Bimbo Donuts Iberia, SAU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17098
La decisión adoptada por la Empresa, antes de llevarla a cabo será comunicada al
RLT a efectos de que emita su opinión al respecto sobre la idoneidad concurrente de la
persona que se convierte en indefinida.
TÍTULO SEGUNDO
Plan de igualdad
Artículo 26.
Desarrollo del plan de Igualdad.
Las partes manifiestan en relación a las obligaciones legales establecidas en relación
al plan de igualdad contenidas en el RD 901/2020 que se someterán al plan de igualdad
que se pacte en su momento para el global de la empresa Bimbo Donuts Iberia,
incorporando el referido plan de igualdad que se apruebe al texto del convenio colectivo.
TÍTULO TERCERO
CAPÍTULO PRIMERO
Clasificación profesional
Artículo 27. Grupos profesionales.
La plantilla de Bimbo Donuts Iberia se compone de tres grupos profesionales, en
función de la actividad a desempeñar.
– El grupo profesional de Ventas se caracteriza por responsabilizarse de la
consecución de los objetivos de venta, promoción y devolución, así como por su relación
personal con los clientes.
– El grupo profesional de Distribución: da soporte operativo al grupo de ventas, con
el objetivo de garantizar el mejor aprovisionamiento y servicio a los clientes que permita
la consecución de los objetivos de venta, promoción y devolución.
– El Grupo profesional de Administración: que lo integran los puestos de Control
Delegación, Gestión documental, flota vehículos.
– Grupo profesional de Ventas: que lo integran los puestos de trabajo con los niveles
salariales de Vendedor Autoventa/Preventa, Merchandiser, dependiente de expendio y
Preventista. Como personal de no convenio estarían en este grupo profesional los
Monitores, Gestores, Supervisores de Ventas, Jefes de Ventas, KAM, Directores de
Cuentas, Técnicos de distribución comercial.
– Grupo profesional de Distribución: que lo integran los puestos de trabajo con los
niveles salariales de Acomodador, Chofer-Transportista y Reponedor. Forman también
parte de Grupo Profesional, como personal No convenio Gestores de Logística
comercial.
– Grupo profesional de Administración: O1, O2 y Aux.
Artículo 28.
Definición de puestos de trabajo.
Los Grupos Profesionales comprenden los puestos de trabajo indicados en el
anterior artículo, que serán de aplicación en la Empresa, sin perjuicio de los que se
puedan crear en el futuro, a efectos de adaptar la estructura comercial a las necesidades
del mercado, negociándose con los representantes legales de los trabajadores aquellos
cve: BOE-A-2023-3077
Verificable en https://www.boe.es
Cada grupo profesional lo componen diferentes puestos de trabajo que dan lugar a
los diferentes niveles salariales dentro del mismo. Los puestos de trabajo/niveles
salariales que integran cada grupo profesional son los siguientes:
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17098
La decisión adoptada por la Empresa, antes de llevarla a cabo será comunicada al
RLT a efectos de que emita su opinión al respecto sobre la idoneidad concurrente de la
persona que se convierte en indefinida.
TÍTULO SEGUNDO
Plan de igualdad
Artículo 26.
Desarrollo del plan de Igualdad.
Las partes manifiestan en relación a las obligaciones legales establecidas en relación
al plan de igualdad contenidas en el RD 901/2020 que se someterán al plan de igualdad
que se pacte en su momento para el global de la empresa Bimbo Donuts Iberia,
incorporando el referido plan de igualdad que se apruebe al texto del convenio colectivo.
TÍTULO TERCERO
CAPÍTULO PRIMERO
Clasificación profesional
Artículo 27. Grupos profesionales.
La plantilla de Bimbo Donuts Iberia se compone de tres grupos profesionales, en
función de la actividad a desempeñar.
– El grupo profesional de Ventas se caracteriza por responsabilizarse de la
consecución de los objetivos de venta, promoción y devolución, así como por su relación
personal con los clientes.
– El grupo profesional de Distribución: da soporte operativo al grupo de ventas, con
el objetivo de garantizar el mejor aprovisionamiento y servicio a los clientes que permita
la consecución de los objetivos de venta, promoción y devolución.
– El Grupo profesional de Administración: que lo integran los puestos de Control
Delegación, Gestión documental, flota vehículos.
– Grupo profesional de Ventas: que lo integran los puestos de trabajo con los niveles
salariales de Vendedor Autoventa/Preventa, Merchandiser, dependiente de expendio y
Preventista. Como personal de no convenio estarían en este grupo profesional los
Monitores, Gestores, Supervisores de Ventas, Jefes de Ventas, KAM, Directores de
Cuentas, Técnicos de distribución comercial.
– Grupo profesional de Distribución: que lo integran los puestos de trabajo con los
niveles salariales de Acomodador, Chofer-Transportista y Reponedor. Forman también
parte de Grupo Profesional, como personal No convenio Gestores de Logística
comercial.
– Grupo profesional de Administración: O1, O2 y Aux.
Artículo 28.
Definición de puestos de trabajo.
Los Grupos Profesionales comprenden los puestos de trabajo indicados en el
anterior artículo, que serán de aplicación en la Empresa, sin perjuicio de los que se
puedan crear en el futuro, a efectos de adaptar la estructura comercial a las necesidades
del mercado, negociándose con los representantes legales de los trabajadores aquellos
cve: BOE-A-2023-3077
Verificable en https://www.boe.es
Cada grupo profesional lo componen diferentes puestos de trabajo que dan lugar a
los diferentes niveles salariales dentro del mismo. Los puestos de trabajo/niveles
salariales que integran cada grupo profesional son los siguientes: