III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-3077)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Bimbo Donuts Iberia, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17099
puestos que se regulen por el convenio colectivo. Con carácter meramente enunciativo,
las partes negociadoras establecen los siguientes puestos de trabajo/niveles salariales:
Grupo Profesional de Ventas.
a) Vendedor/a Autoventa: es el trabajador/a responsable de la gestión de los
clientes asignados por la empresa que compone una ruta de autoventa, realizando las
tareas de gestión de ventas, transporte y reposición en cada uno de los clientes. Integran
sus funciones:
– Realizar pedidos y ajustes.
– Conducir el vehículo.
– Cuidar del vehículo y mantener el interior limpio.
– Mantener la relación comercial adecuada con cada cliente.
– Gestionar la gama de productos referenciada en cada cliente.
– Recoger la devolución según normativa.
– Colocar el material punto de venta.
– Realizar las promociones acordadas.
– Cumplimentar la documentación mercantil justificativa de la entrega y/o recogida.
– Cobrar al cliente de contado.
– Preparar y adecuar la mercancía en el camión, según sistemas organizativos
existentes en el centro de trabajo.
b) Vendedor Preventa-1: es el trabajador/a asignado a una ruta de preventa y
responsable de la gestión de los clientes de gran consumo, tipo hipermercado y
supermercado, asignados por la empresa, realizando las tareas de gestión de ventas,
pudiendo o no, en función de volumen de trabajo realizar tareas de transporte y
reposición en cada uno de los clientes que atiende. Integran sus funciones:
– Gestionar las relaciones con los clientes tipo hipermercado y/o supermercado que
tiene asignados.
– Mantener la relación comercial adecuada con cada cliente.
– Generar y ajustar pedidos, por punto de venta, determinando la cantidad y
variedad de producto necesario para conseguir el «stock» ideal que cubra las
posibilidades de venta de cada cliente, de acuerdo con el número de referencias dadas
de alta en los mismos.
– Controlar la entrega del pedido y la reposición.
– Gestionar y registrar la promoción y la devolución.
– Realizar el seguimiento de los indicadores de ventas.
– Obtener información del lineal y del punto de venta.
– Recoger la devolución según normativa.
– Colocar el material punto de venta.
– Realizar las promociones acordadas.
– Entregar la documentación mercantil justificativa de la entrega y/o recogida, así
como realizar los ajustes documentales en caso de diferencias.
– Coordinar con el personal de Distribución y merchandising el correcto servicio y
atención al cliente, y en caso necesario realizar el transporte y/o reposición a cada punto
de venta.
– Preparar y adecuar la mercancía en el camión, según sistemas organizativos
existentes en el centro de trabajo.
c) Merchandiser: es el trabajador/a que siguiendo instrucciones de los responsables
de ventas del centro de trabajo al que está adscrito, debe realizar la debida reposición y
control de los productos que comercializa la empresa en los lugares asignados por el
cliente en el establecimiento comercial. Integran sus funciones:
– Posicionar y reponer los productos en espacios asignados por el cliente.
cve: BOE-A-2023-3077
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17099
puestos que se regulen por el convenio colectivo. Con carácter meramente enunciativo,
las partes negociadoras establecen los siguientes puestos de trabajo/niveles salariales:
Grupo Profesional de Ventas.
a) Vendedor/a Autoventa: es el trabajador/a responsable de la gestión de los
clientes asignados por la empresa que compone una ruta de autoventa, realizando las
tareas de gestión de ventas, transporte y reposición en cada uno de los clientes. Integran
sus funciones:
– Realizar pedidos y ajustes.
– Conducir el vehículo.
– Cuidar del vehículo y mantener el interior limpio.
– Mantener la relación comercial adecuada con cada cliente.
– Gestionar la gama de productos referenciada en cada cliente.
– Recoger la devolución según normativa.
– Colocar el material punto de venta.
– Realizar las promociones acordadas.
– Cumplimentar la documentación mercantil justificativa de la entrega y/o recogida.
– Cobrar al cliente de contado.
– Preparar y adecuar la mercancía en el camión, según sistemas organizativos
existentes en el centro de trabajo.
b) Vendedor Preventa-1: es el trabajador/a asignado a una ruta de preventa y
responsable de la gestión de los clientes de gran consumo, tipo hipermercado y
supermercado, asignados por la empresa, realizando las tareas de gestión de ventas,
pudiendo o no, en función de volumen de trabajo realizar tareas de transporte y
reposición en cada uno de los clientes que atiende. Integran sus funciones:
– Gestionar las relaciones con los clientes tipo hipermercado y/o supermercado que
tiene asignados.
– Mantener la relación comercial adecuada con cada cliente.
– Generar y ajustar pedidos, por punto de venta, determinando la cantidad y
variedad de producto necesario para conseguir el «stock» ideal que cubra las
posibilidades de venta de cada cliente, de acuerdo con el número de referencias dadas
de alta en los mismos.
– Controlar la entrega del pedido y la reposición.
– Gestionar y registrar la promoción y la devolución.
– Realizar el seguimiento de los indicadores de ventas.
– Obtener información del lineal y del punto de venta.
– Recoger la devolución según normativa.
– Colocar el material punto de venta.
– Realizar las promociones acordadas.
– Entregar la documentación mercantil justificativa de la entrega y/o recogida, así
como realizar los ajustes documentales en caso de diferencias.
– Coordinar con el personal de Distribución y merchandising el correcto servicio y
atención al cliente, y en caso necesario realizar el transporte y/o reposición a cada punto
de venta.
– Preparar y adecuar la mercancía en el camión, según sistemas organizativos
existentes en el centro de trabajo.
c) Merchandiser: es el trabajador/a que siguiendo instrucciones de los responsables
de ventas del centro de trabajo al que está adscrito, debe realizar la debida reposición y
control de los productos que comercializa la empresa en los lugares asignados por el
cliente en el establecimiento comercial. Integran sus funciones:
– Posicionar y reponer los productos en espacios asignados por el cliente.
cve: BOE-A-2023-3077
Verificable en https://www.boe.es
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