III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3088)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas solares fotovoltaicas Rey I Solar PV de 120 MWp, Rey II Solar PV de 120 MWp, Rey III Solar PV de 120 MWp, Rey IV Solar PV de 120 MWp y su infraestructura de evacuación, en Carmona (Sevilla)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17295
delimitación debe mantenerse durante todo el periodo de ejecución de las obras de la
PFV y de la línea de evacuación.
– Durante la fase de construcción, se minimizará en lo posible la destrucción y/o
degradación de la vegetación natural, evitando, en todo momento, el movimiento de
tierras y el decapado del terreno en aquellas zonas que no estén directamente ocupadas
por las infraestructuras proyectadas. Asimismo, no se instalarán ni acopios ni
instalaciones o superficies auxiliares sobre áreas con HIC y/o con vegetación arbórea o
arbustiva de interés, procurando localizarlas sobre terrenos agrícolas.
– Se evitará, en lo posible, dañar o eliminar la vegetación de ribera del río Corbones
y cauces del entorno en la zona de implantación de la PSF y de la línea de evacuación.
Si se realizasen desbroces, estos deberán ser manuales y la actuación deberá ceñirse
exclusivamente a la retirada selectiva de plantas herbáceas o arbustivas anuales que
puedan impedir el acceso a la realización de las obras.
En caso de ser necesaria la eliminación de pies arbóreos, dicha actividad se realizará
en coordinación con el órgano competente de la Junta de Andalucía.
– Se permitirá el crecimiento de la vegetación herbácea espontánea bajo los
módulos fotovoltaicos durante toda la vida útil de la instalación. El control de la
vegetación en el interior de la instalación (tanto bajo los módulos como en los espacios
libres entre ellos) durante la fase de explotación se realizará mediante ganado con una
carga ganadera ajustada y rotacional por sectores (preferiblemente pastoreo libre de
ganado ovino), o bien por desbroce mecánico, prohibiéndose el uso de productos
fitosanitarios. En ningún caso, el control de la vegetación consistirá en erradicar la
cobertura vegetal y dejar el suelo desnudo.
– En caso de que se produjese alguna alteración sobre los HIC, principalmente
el 92A0 y el 92D0, por los trabajos de construcción del tendido eléctrico, si estas no
suponen una ocupación permanente por las infraestructuras o instalaciones del proyecto,
deberán ser restauradas o recuperadas, en las mismas superficies en las que se produjo
la alteración mediante la preparación o acondicionamiento del suelo e implantación de
vegetación con la misma composición específica, proporción de especies, densidad, etc.,
que permita la progresión hacia la comunidad vegetal/hábitat preexistente.
En el caso de que las superficies de HIC y de vegetación natural de interés sean
afectadas de forma permanente por ocupación de las instalaciones, se procederá a la
compensación en otros terrenos de la superficie detraída. La compensación se realizará
implantando el mismo tipo de vegetación existente en el área en la que se produjo la
pérdida, siguiendo como criterio de compensación, al menos, 2:1 para HIC arbóreos
y 1:1 para HIC herbáceos.
– El proyecto de construcción incluirá un Plan de Restauración Vegetal e Integración
Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de
restauración y apantallamiento integradas por el promotor en el proyecto, incluidas las
indicadas en esta resolución, concretando y cuantificando las superficies de trabajo,
métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o
plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de
todas las actuaciones. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las
plantaciones y restauraciones durante toda la vida útil de la instalación, contemplando la
reposición de marras y riegos de mantenimiento si fuera preciso.
El promotor programará adecuadamente la secuencia de trabajos propiamente
constructivos (obra civil, movimientos de tierras, etc.) y de restauración vegetal
proyectados en las superficies que resulten alteradas por la obra (modelados y perfilados
de las superficies de trabajo, aportes de tierra vegetal, preparaciones del sustrato,
siembras, hidrosiembras y plantaciones), de tal forma que éstos se realicen de forma
concatenada e inmediatos a los acabados de obra civil y movimientos de tierras
previstos, debiéndose considerar en la planificación de las operaciones la ejecución del
tratamiento vegetal durante las épocas adecuadas.
Este Plan de Restauración Vegetal e Integración Paisajística deberá ser remitido al
órgano competente de la Junta de Andalucía para su validación.
cve: BOE-A-2023-3088
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17295
delimitación debe mantenerse durante todo el periodo de ejecución de las obras de la
PFV y de la línea de evacuación.
– Durante la fase de construcción, se minimizará en lo posible la destrucción y/o
degradación de la vegetación natural, evitando, en todo momento, el movimiento de
tierras y el decapado del terreno en aquellas zonas que no estén directamente ocupadas
por las infraestructuras proyectadas. Asimismo, no se instalarán ni acopios ni
instalaciones o superficies auxiliares sobre áreas con HIC y/o con vegetación arbórea o
arbustiva de interés, procurando localizarlas sobre terrenos agrícolas.
– Se evitará, en lo posible, dañar o eliminar la vegetación de ribera del río Corbones
y cauces del entorno en la zona de implantación de la PSF y de la línea de evacuación.
Si se realizasen desbroces, estos deberán ser manuales y la actuación deberá ceñirse
exclusivamente a la retirada selectiva de plantas herbáceas o arbustivas anuales que
puedan impedir el acceso a la realización de las obras.
En caso de ser necesaria la eliminación de pies arbóreos, dicha actividad se realizará
en coordinación con el órgano competente de la Junta de Andalucía.
– Se permitirá el crecimiento de la vegetación herbácea espontánea bajo los
módulos fotovoltaicos durante toda la vida útil de la instalación. El control de la
vegetación en el interior de la instalación (tanto bajo los módulos como en los espacios
libres entre ellos) durante la fase de explotación se realizará mediante ganado con una
carga ganadera ajustada y rotacional por sectores (preferiblemente pastoreo libre de
ganado ovino), o bien por desbroce mecánico, prohibiéndose el uso de productos
fitosanitarios. En ningún caso, el control de la vegetación consistirá en erradicar la
cobertura vegetal y dejar el suelo desnudo.
– En caso de que se produjese alguna alteración sobre los HIC, principalmente
el 92A0 y el 92D0, por los trabajos de construcción del tendido eléctrico, si estas no
suponen una ocupación permanente por las infraestructuras o instalaciones del proyecto,
deberán ser restauradas o recuperadas, en las mismas superficies en las que se produjo
la alteración mediante la preparación o acondicionamiento del suelo e implantación de
vegetación con la misma composición específica, proporción de especies, densidad, etc.,
que permita la progresión hacia la comunidad vegetal/hábitat preexistente.
En el caso de que las superficies de HIC y de vegetación natural de interés sean
afectadas de forma permanente por ocupación de las instalaciones, se procederá a la
compensación en otros terrenos de la superficie detraída. La compensación se realizará
implantando el mismo tipo de vegetación existente en el área en la que se produjo la
pérdida, siguiendo como criterio de compensación, al menos, 2:1 para HIC arbóreos
y 1:1 para HIC herbáceos.
– El proyecto de construcción incluirá un Plan de Restauración Vegetal e Integración
Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de
restauración y apantallamiento integradas por el promotor en el proyecto, incluidas las
indicadas en esta resolución, concretando y cuantificando las superficies de trabajo,
métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o
plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de
todas las actuaciones. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las
plantaciones y restauraciones durante toda la vida útil de la instalación, contemplando la
reposición de marras y riegos de mantenimiento si fuera preciso.
El promotor programará adecuadamente la secuencia de trabajos propiamente
constructivos (obra civil, movimientos de tierras, etc.) y de restauración vegetal
proyectados en las superficies que resulten alteradas por la obra (modelados y perfilados
de las superficies de trabajo, aportes de tierra vegetal, preparaciones del sustrato,
siembras, hidrosiembras y plantaciones), de tal forma que éstos se realicen de forma
concatenada e inmediatos a los acabados de obra civil y movimientos de tierras
previstos, debiéndose considerar en la planificación de las operaciones la ejecución del
tratamiento vegetal durante las épocas adecuadas.
Este Plan de Restauración Vegetal e Integración Paisajística deberá ser remitido al
órgano competente de la Junta de Andalucía para su validación.
cve: BOE-A-2023-3088
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 31