III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3088)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas solares fotovoltaicas Rey I Solar PV de 120 MWp, Rey II Solar PV de 120 MWp, Rey III Solar PV de 120 MWp, Rey IV Solar PV de 120 MWp y su infraestructura de evacuación, en Carmona (Sevilla)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 17293

– Las estructuras de soporte de los paneles irán directamente hincadas al terreno,
sin utilizar hormigón o materiales análogos. En todo momento se evitará realizar
voladuras. La altura de colocación de los módulos solares deberá adaptarse a la
morfología del terreno y permitir el manejo de la vegetación con el ganado.
– Se reducirán al mínimo los movimientos de tierra. No se retirará la tierra vegetal ni
se harán compactaciones salvo en las soleras de los centros de transformación,
edificios, zanjas para el cableado, viales y zonas de instalaciones auxiliares de obra. La
tierra vegetal obtenida se utilizará en labores de restauración de zonas alteradas y, si
fuera necesario, se realizarán aportes de tierra vegetal extra en áreas con riesgo de
erosión.
– Con el fin de minimizar la ocupación del suelo y afección a la vegetación, se
aprovecharán los accesos y la red de caminos existentes, procediendo a ejecutar
únicamente los viales y accesos necesarios para la ejecución del proyecto. En caso de
ejecución de nuevos caminos y/o accesos, se realizarán con la mínima anchura posible,
procurando respetar la vegetación autóctona y en coordinación con el órgano
competente de la Junta de Andalucía.
Las zanjas de cableado y los viales internos entre los seguidores y los módulos no se
podrán pavimentar, ni cubrir con grava o zahorra. Aquellos caminos principales que sí
deban pavimentarse se realizarán con zahorras de la misma tonalidad que el entorno.
Se repondrán los caminos y el resto de viales que se vean afectados por la ejecución
de las obras.
Una vez finalizadas las obras de ejecución de las infraestructuras de evacuación, se
restaurará el terreno devolviendo al suelo su uso original, se escarificará la superficie del
mismo para disminuir la compactación del suelo y se procederá a una siembra de
herbáceas para evitar la creación de fenómenos erosivos por carcavamientos y pérdida
de suelo.
– El tránsito de vehículos y maquinaria estará restringido a las zonas de ocupación y
alteración del suelo (viales existentes y previstos), evitando especialmente las vaguadas
y las charcas. El trazado de los viales debe ser balizado (mediante malla de obra o
similar) a fin de limitar la salida de vehículos.
– Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras,
al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del
proyecto. No se ocupará ninguna zona de vegetación de ribera asociada a cauces.
– Se adoptarán medidas para evitar fenómenos erosivos y pérdida de suelo,
prestando especial atención al riesgo de erosión en cauces debido a la cercanía del río
Corbones. Además, se colocarán barreras móviles como medida preventiva frente al
arrastre pluvial de sedimentos.
– Para la limpieza y mantenimiento de los paneles se utilizará agua u otros medios
de limpieza en seco, sin utilizar otros productos químicos. El suministro de agua
necesario para las plantas no se podrá obtener por extracción de aguas subterráneas.
– Los acopios de materiales se ubicarán de tal forma que se impida cualquier vertido
directo o indirecto. Se respetará un mínimo de 100 m respecto a los cursos de agua. Las
instalaciones auxiliares temporales de obra, o parques de maquinaria, se ubicarán fuera
de las zonas de policía de cauces y fuera de zonas de alta permeabilidad. Además, las
zonas en las que se ubiquen las instalaciones auxiliares y parques de maquinaria serán
impermeabilizadas para evitar la contaminación de las aguas subterráneas. Las aguas
procedentes de la escorrentía de estas zonas impermeabilizadas serán recogidas y
gestionadas adecuadamente para evitar la contaminación del Dominio Público
Hidráulico.
– El promotor presentará ante la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, la
documentación preceptiva, conforme a la normativa en materia de aguas, del proyecto
final y cuyas actuaciones, en caso necesario, se someterán a su previa autorización,
antes de la aprobación del proyecto por parte del órgano sustantivo. Asimismo, deberán
tenerse en cuenta las consideraciones indicadas por la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir a la hora de solicitar dicha autorización.

cve: BOE-A-2023-3088
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Núm. 31