III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3089)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Santo Toribio de 90,11 MWp y 80 MWn, y parte de su infraestructura de evacuación asociada, en los términos municipales de Chiva y Godelleta, en la provincia de Valencia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 17305

Simultáneamente se consultó a las administraciones públicas afectadas y personas
interesadas, quedando recogida en el anexo I, la relación de entidades consultadas, las
contestaciones emitidas y las alegaciones recibidas en el período de información pública.
Con fecha 18 de marzo de 2022, se recibe el expediente en esta Dirección General,
que incluye el Proyecto Técnico, el EsIA, las consultas realizadas a las administraciones
publicas afectadas y personas interesadas y el resultado de dichas consultas y de la
información pública realizada.
Con fecha 12 de mayo de 2022, se requiere al promotor información técnica adicional
relativa a diversos aspectos del estudio de impacto ambiental, que se recibe con fecha 8
de agosto de 2022.
En febrero de 2022, el promotor solicitó informe a la Dirección del Parque Natural de
la Albufera, dicho organismo informa desfavorablemente, mediante escrito de 25 de
mayo de 2022. Posteriormente el promotor reiteró solicitud de informe con una nueva
documentación sobre la que dicho organismo se reitera en sus conclusiones mediante
escrito de 22 de septiembre. Finalmente, tras una tercera solicitud de informe, el 4 de
enero de 2023 se obtiene un tercer informe desfavorable.
En diciembre de 2022, el promotor ha remitido a este órgano ambiental una adenda
en la que hace un estudio detallado de la afección acústica del proyecto sobre las
edificaciones de uso residencial, comercial y/o industrial más próximas, tanto durante la
fase de construcción como de explotación.
3.

Análisis técnico del expediente.

A. Análisis de alternativas.

Alternativa 0: la no realización del proyecto supondría evitar un impacto ambiental
sobre las características biofísicas del área, pero también renunciar a un proyecto de
producción de energía renovable.
La Alternativa 1. Se localiza en el término municipal de Casinos, al sureste de la
localidad. Se encuentra en Suelo No Urbanizable Protegido, en monte de utilidad
pública, en terreno catalogado como paisaje de relevancia regional y se ve afectada por
un hábitat de interés comunitario.
La Alternativa 2. Se ubica en el municipio de Chiva, al noroeste de la localidad. Se
encuentra en un monte catalogado, en una Zona de Especial Protección para las Aves
(ZEPA), sobre una zona de recarga de acuíferos, en terreno catalogado como paisaje de
relevancia regional y se ve afectada por un hábitat de interés comunitario.
La Alternativa 3. Se localiza dentro del municipio de Chiva, al noroeste de la
localidad. Afecta a 19 ha de terreno forestal.
La Alternativa 4. Se localiza dentro del municipio de Chiva, al noroeste de la
localidad, en el mismo entorno que la alternativa 3 pero ocupando 78 ha menos.
Minimiza las afecciones ambientales, especialmente en lo referido a afecciones a la
vegetación natural, a la flora y a los hábitats, elimina la afección a terreno forestal.
En base a lo anterior el promotor selecciona la alternativa 4.
B.

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

El EsIA describe los efectos potenciales sobre los factores del medio atmósfera,
geomorfología, suelo, hidrología, vegetación, fauna, hábitat, espacios naturales

cve: BOE-A-2023-3089
Verificable en https://www.boe.es

El EsIA, para la selección del emplazamiento de la planta fotovoltaica y el trazado de
su línea eléctrica de evacuación asociada, ha priorizado criterios ambientales, técnicos,
económicos y sociales, de modo que se minimicen, por un lado, los potenciales impactos
ambientales que genere la actividad a la vez que se potencien los impactos positivos
sobre la población.
El EsIA contempla, junto a la alternativa 0, tres alternativas de localización de la
planta fotovoltaica y su correspondiente línea de evacuación de la energía.