III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3086)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Armadura Solar", de 223 MW, y de su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Salamanca».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17227
como relleno para obra civil o adaptación de viales, no siendo necesaria la apertura de
vertederos o préstamos de obra.
El impacto global sobre el relieve se considera moderado.
4.2.2 Agua. La zona del proyecto se corresponde con la cuenca hidrográfica del
Duero. Los principales ríos en el área de estudio son el río Tormes y la Ribera de la
Cabeza de Iruelos. Este último fluye entre las parcelas del oeste y de esta parte el regato
del Muñino. En las parcelas situadas al este se encuentra una gran cantidad de regatos,
siendo el de más envergadura el regato de Matalamula, donde se encuentra la charca de
Matalamula. El resto de la zona de implantación está salpicada de charcas de pequeñas
dimensiones.
Durante las obras, el principal impacto podría ser la alteración de la red de drenaje
superficial, y la alteración de la calidad de las aguas por la presencia de sólidos en
suspensión y por contaminación por vertido accidental. El estudio de impacto ambiental
lo considera un impacto global moderado, que se ve reducido con las adaptaciones tras
el informe emitido por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca.
En este sentido, se plantea una zona de exclusión de al menos 15 m de anchura,
donde se evita la instalación de placas, quedando desafectadas las zonas forestales y el
área afectada por el incendio, muchas de las vaguadas mencionadas y otros corredores
naturales, como el río Cabeza de Iruelos.
Así mismo, el proyecto se adapta con el objetivo de conservar tres charcas, evitando
su reubicación y manteniendo las bandas de exclusión del proyecto de 25 m a su
alrededor, no teniendo que eliminarse ninguna charca ganadera.
Los impactos sobre la escorrentía subterránea se producirán principalmente por la
ejecución de desbroces, construcción de viales internos, trasiego de maquinaria y
vehículos y por vertidos accidentales.
Al eliminar parte de la vegetación de la zona de la planta solar se altera el flujo
hidrológico, aumentando la escorrentía por la disminución de infiltración de agua en el
suelo, que en parte es promovida por la presencia de especies vegetales en el territorio.
La construcción de viales, mediante los materiales impermeables que los componen,
reducirá considerablemente el agua de infiltración en el suelo, generando pérdidas de
esta en forma de escorrentía. A su vez, el trasiego de maquinaria y de vehículos de obra
fuera de estos viales conlleva el riesgo de que se generen vertidos de grasas o aceites
(hidrocarburos) y que estos se infiltren a aguas subterráneas, afectando a la calidad de
los acuíferos.
El mantenimiento de la instalación puede generar vertidos que deben prevenirse y en
caso de producirse, deben adoptarse medidas correctoras.
El impacto global sobre las aguas subterráneas, tanto por el detrimento de la calidad
como por la pérdida del recurso, se considera no significativo, al tratarse de una zona no
saturada impermeable y no existir acuíferos de entidad.
Con fecha 19 de mayo de 2022, la Confederación Hidrográfica del Duero informa que
parte del cauce del regato Muñino, del regato Matalamula y de un arroyo innominado
afluente de la rivera de la Pescadera o de la Puentica discurren dentro del perímetro
vallado de la planta solar; también, indica que parte de la poligonal de la planta se
encuentra parcialmente situada en la zona de policía del regato Muñino y de un arroyo
innominado afluente de la rivera de la Pescadera o de la Puentica y que la línea
subterránea de 220 kV tiene cruzamientos con el Canal del Villarino-Almendra. Las
medidas de protección del sistema hidrológico, que propone este organismo, han sido
incorporadas a esta resolución.
4.2.3 Atmósfera y cambio climático. Durante la fase de obra, se puede producir una
alteración de la calidad del aire por emisión de gases contaminantes como consecuencia
de la acción de vehículos y maquinaria, principalmente NOX, CO, hidrocarburos, SOX y
otros gases que contribuyen al efecto invernadero y, en consecuencia, al Cambio
Climático. Este efecto será temporal y de baja intensidad.
Las excavaciones, traslado de materiales, tránsito de maquinaria y vehículos
provocan un aumento de las partículas sólidas en suspensión, lo que puede generar
cve: BOE-A-2023-3086
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17227
como relleno para obra civil o adaptación de viales, no siendo necesaria la apertura de
vertederos o préstamos de obra.
El impacto global sobre el relieve se considera moderado.
4.2.2 Agua. La zona del proyecto se corresponde con la cuenca hidrográfica del
Duero. Los principales ríos en el área de estudio son el río Tormes y la Ribera de la
Cabeza de Iruelos. Este último fluye entre las parcelas del oeste y de esta parte el regato
del Muñino. En las parcelas situadas al este se encuentra una gran cantidad de regatos,
siendo el de más envergadura el regato de Matalamula, donde se encuentra la charca de
Matalamula. El resto de la zona de implantación está salpicada de charcas de pequeñas
dimensiones.
Durante las obras, el principal impacto podría ser la alteración de la red de drenaje
superficial, y la alteración de la calidad de las aguas por la presencia de sólidos en
suspensión y por contaminación por vertido accidental. El estudio de impacto ambiental
lo considera un impacto global moderado, que se ve reducido con las adaptaciones tras
el informe emitido por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca.
En este sentido, se plantea una zona de exclusión de al menos 15 m de anchura,
donde se evita la instalación de placas, quedando desafectadas las zonas forestales y el
área afectada por el incendio, muchas de las vaguadas mencionadas y otros corredores
naturales, como el río Cabeza de Iruelos.
Así mismo, el proyecto se adapta con el objetivo de conservar tres charcas, evitando
su reubicación y manteniendo las bandas de exclusión del proyecto de 25 m a su
alrededor, no teniendo que eliminarse ninguna charca ganadera.
Los impactos sobre la escorrentía subterránea se producirán principalmente por la
ejecución de desbroces, construcción de viales internos, trasiego de maquinaria y
vehículos y por vertidos accidentales.
Al eliminar parte de la vegetación de la zona de la planta solar se altera el flujo
hidrológico, aumentando la escorrentía por la disminución de infiltración de agua en el
suelo, que en parte es promovida por la presencia de especies vegetales en el territorio.
La construcción de viales, mediante los materiales impermeables que los componen,
reducirá considerablemente el agua de infiltración en el suelo, generando pérdidas de
esta en forma de escorrentía. A su vez, el trasiego de maquinaria y de vehículos de obra
fuera de estos viales conlleva el riesgo de que se generen vertidos de grasas o aceites
(hidrocarburos) y que estos se infiltren a aguas subterráneas, afectando a la calidad de
los acuíferos.
El mantenimiento de la instalación puede generar vertidos que deben prevenirse y en
caso de producirse, deben adoptarse medidas correctoras.
El impacto global sobre las aguas subterráneas, tanto por el detrimento de la calidad
como por la pérdida del recurso, se considera no significativo, al tratarse de una zona no
saturada impermeable y no existir acuíferos de entidad.
Con fecha 19 de mayo de 2022, la Confederación Hidrográfica del Duero informa que
parte del cauce del regato Muñino, del regato Matalamula y de un arroyo innominado
afluente de la rivera de la Pescadera o de la Puentica discurren dentro del perímetro
vallado de la planta solar; también, indica que parte de la poligonal de la planta se
encuentra parcialmente situada en la zona de policía del regato Muñino y de un arroyo
innominado afluente de la rivera de la Pescadera o de la Puentica y que la línea
subterránea de 220 kV tiene cruzamientos con el Canal del Villarino-Almendra. Las
medidas de protección del sistema hidrológico, que propone este organismo, han sido
incorporadas a esta resolución.
4.2.3 Atmósfera y cambio climático. Durante la fase de obra, se puede producir una
alteración de la calidad del aire por emisión de gases contaminantes como consecuencia
de la acción de vehículos y maquinaria, principalmente NOX, CO, hidrocarburos, SOX y
otros gases que contribuyen al efecto invernadero y, en consecuencia, al Cambio
Climático. Este efecto será temporal y de baja intensidad.
Las excavaciones, traslado de materiales, tránsito de maquinaria y vehículos
provocan un aumento de las partículas sólidas en suspensión, lo que puede generar
cve: BOE-A-2023-3086
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 31