III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3085)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Instalación solar fotovoltaica "Envatios XXIII de 251,9 MWp, y 193,8 MWnom, la instalación solar fotovoltaica Envatios XXIII-fase II de 251,9 MWp, y 193,8, y su infraestructura de evacuación (Subestación Yepes 220/30kV, Línea 220kV, Subestación Yepes-Subestación Numancia, Subestación Numancia 30/220 kV, Línea 220 kV Subestación Numancia-Subestación Envatios XXIII , Subestación Envatios XXIII 30/220 kV, y línea 220 kV Subestación Envatios XXIII-Subestación Pinto 220 kV propiedad de REE)", en Huerta de Valdecarábanos, Yepes, Añover de Tajo, Alameda de La Sagra, Pantoja, Numancia de La Sagra, Esquivias y Yeles (Toledo) y Aranjuez, Torrejón de Velasco, Pinto y Parla (Madrid)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 17213

suspenderán cautelarmente las actuaciones en un entorno de 100 m y se pondrá en
conocimiento inmediato de los agentes medioambientales de Castilla-La Mancha, de la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha y de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de
la Comunidad de Madrid, para la adopción de las medidas oportunas.
64. El cerramiento de la planta será de malla tipo cinegética y no irá anclada al
suelo mediante zócalo perimetral de hormigón. Así mismo, deberá tener una altura no
superior a 2 metros y se deberá dejar, al menos cada 50 metros, una zona libre de malla
de 30 x 30 cm de tamaño, que permita la salida y entrada de animales. No se utilizarán
alambres de espino ni otros elementos cortantes, a excepción de los cerramientos de los
centros de transformación. Se señalizarán los vallados mediante placas u otros
elementos para visibilizarlos y evitar colisiones de fauna con ellos.
65. Se instalarán refugios para quirópteros y cajas nido de distintas tipologías para
distintas especies de aves, consiguiendo áreas de refugio para estas especies. Se instalarán
refugios de polinizadores, a razón de uno por cada 5 ha ocupadas por las plantas.
66. Se añadirá en el medio de los paneles solares líneas blancas, en forma de
rejilla, para minimizar la atracción a los mismos de insectos acuáticos.
67. Con el objeto de introducir en el paisaje elementos de refugio para la fauna, se
realizará una plantación de setos discontinuos con especies arbustivas autóctonas, en
alineaciones o en rodales, a lo largo del perímetro de la planta. Asimismo, se reservará dentro
del recinto de las PFV una zona destinada al cultivo de especies arbóreas o arbustivas.
68. Se incluirá dentro del plan de restauración ambiental actuaciones en las bases de
los apoyos de la línea tales como generar refugios para pequeños mamíferos e invertebrados
ejecutados con piedras, así como una plantación arbustiva de especies locales, al objeto de
favorecer la presencia de especies y reducir la fragmentación de hábitats.
69. Igualmente, con el fin de reducir molestias a la fauna, se debe reservar el uso
de iluminación nocturna a los episodios en los que sea necesario efectuar trabajos de
reparación urgente, evitando la iluminación nocturna permanente.
70. Se plantearán medidas compensatorias por la mortalidad de aves y quirópteros
debido a la colisión y electrocución con la línea eléctrica de evacuación del proyecto
durante toda la fase de funcionamiento de las plantas solares y su LAAT, que se
consensuarán con las Consejerías con competencias en medio ambiente de ambas
comunidades autónomas, en base a los seguimientos anuales que se realicen durante
toda la vida útil de estas instalaciones.
71. Como medida compensatoria de la eliminación de hábitat estepario debido a la
ocupación, se desarrollará y aplicará un Programa de Medidas Agroambientales para el
fomento y la protección de las aves esteparias en coordinación con la Dirección General
de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y
la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid
durante toda la vida útil de las plantas fotovoltaicas hasta su desmantelamiento definitivo.
Se seleccionarán terrenos de especial interés con presencia o potencialidad para
albergar especies de avifauna esteparia (parcelas dedicadas a la agricultura de
herbáceas en secano), en una zona continua y compacta lo más cercana posible al
proyecto, dentro del área de distribución y donde sea viable ambientalmente aplicar las
actuaciones. También podrán seleccionarse parcelas que sean colindantes con hábitats
esteparios existentes y parcelas que mejoren la conectividad, siempre que el área de
compensación forme una mancha continua.
72. Se coordinará y consensuará con estas administraciones las actuaciones de
gestión agroambiental obteniendo el promotor el compromiso expreso de los titulares de
las parcelas para su realización, especificando las medidas concretas a realizar y las
condiciones que en todo caso serán sufragadas por el promotor.
73. Las medidas agroambientales a llevar a cabo, así como las parcelas concretas de
aplicación, los costes de las mismas y los acuerdos con los propietarios se detallarán en el
Programa mediante una propuesta de actuaciones para cada año venidero, el cual deberá
ser remitido a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de

cve: BOE-A-2023-3085
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Núm. 31