III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2023-3084)
Orden ICT/99/2023, de 31 de enero, por la que se modifica la Orden ICT/949/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización, y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 17191

Parte 2: Justificación del proyecto
El objetivo de esta parte es justificar la idoneidad del proyecto.
1. Antecedentes. Especificar si el proyecto se enmarca en algún plan
estratégico o desarrollo del Municipio o de la Comunidad, o sí es una necesidad
sobrevenida. Asimismo, también se detallarán aquellas acciones que permitan
conocer la situación de partida, pertinencia de las actuaciones a realizar,
necesidades del sector comercial, incluidas o no en un plan de viabilidad, o el
diseño del plan de acción. Todas ellas deberán conducir a realizar una mejor
selección y adaptación de las acciones a emprender por parte del beneficiario:
2. Justificación del proyecto/actuación (La justificación busca responder
porqué es importante realizar el proyecto, qué problema o problemas busca
resolver, qué se quiere realizar y cuáles son los beneficios que se buscan obtener
con el proyecto.):
3. Objetivo/s general/es:
4. Objetivo/s especifico/s:
5. Capacidad del proyecto de dinamizar, incorporar nuevas tecnologías,
actualizar y enriquecer la oferta comercial del municipio, así como de revitalizar la
actividad comercial en zonas que hayan sufrido un importante descenso de la
misma:
6. Capacidad del proyecto para mejorar la calidad ambiental y la economía
circular:
7. Capacidad del proyecto para la mejora de la eficiencia energética:
8. Capacidad de mejorar la experiencia de compra del usuario online y en el
establecimiento físico:
9. Capacidad del proyecto para incorporar nuevas tecnologías:
Parte 3: Descripción del proyecto
1. Descripción completa del proyecto/actuación financiable:
2. Cronograma de ejecución de actuaciones según el modelo indicado en el
anexo II:
3. Ideas ganadoras. Deberá indicarse la denominación de la idea, la
convocatoria y categoría de concurso a la que pertenece, si ha tenido
reconocimiento y justificar cómo se incorpora dicha idea al proyecto:
4. Análisis del principio sobre «no perjuicio significativo» para los seis
objetivos medioambientales del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento
Europeo y del Consejo:
a) mitigación del cambio climático;
b) adaptación al cambio climático;
c) uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos;
d) transición hacia una economía circular;
e) prevención y control de la contaminación;
f) protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.
B.

Contenido de la memoria técnica

1. Descripción y objeto de la inversión
2. Reglamento y normas técnicas consideradas
3. Emplazamiento de las instalaciones (mapas y planos)
4. Descripción de las instalaciones/obras
5. Posibles repercusiones en el medio ambiente
6. Presupuesto»

cve: BOE-A-2023-3084
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Núm. 31