I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Medio ambiente. (BOE-A-2023-2978)
Ley 9/2022, de 23 de noviembre, de régimen jurídico y de procedimiento de las actividades sujetas a autorización ambiental integrada.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 16563
2. El personal técnico adscrito a otros servicios de la Consejería de Medio
Ambiente o personal técnico de otras consejerías, que ejerce competencias sectoriales
incorporadas en las autorizaciones ambientales integradas, hará seguimiento de la
vigilancia e inspección periódica para comprobar el cumplimiento de los requisitos de la
autorización ambiental integrada en sus respectivas competencias. El seguimiento de los
condicionantes sectoriales indicados en esta, será responsabilidad de los servicios
competentes en la materia específica, que darán cuenta de los controles realizados al
órgano competente al menos una vez al año en el Informe de control documental.
3. En el caso de las inspecciones programadas los distintos servicios competentes
procurarán coordinarse para llevar a cabo las inspecciones de manera conjunta.
4. El personal inspector de los ayuntamientos llevará a cabo las inspecciones
pertinentes en cuanto a la vigilancia del cumplimiento de la normativa de competencia
municipal. Se procurará la coordinación con las inspecciones correspondientes a la
autorización ambiental integrada.
5. Se contará con la ayuda del Servicio de Agentes de Medio Ambiente, que
apoyará a las actuaciones previstas en el Programa de inspección ambiental.
Asimismo, las unidades de inspección podrán solicitar la colaboración de:
– Unidades de Policía Local.
– Otros organismos que puedan desarrollar acciones de vigilancia del medio
ambiente.
– SEPRONA-Guardia Civil.
Disposición adicional.
insulares.
Modificación de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos
Se modifica el apartado k) del punto 1 del artículo 17 de la Ley 4/2022, de 28 de
junio, de consejos insulares, que pasa a tener el siguiente redactado:
«k) Aprobar los instrumentos de planificación general y sectorial, incluidos los
de ordenación territorial.»
Disposición transitoria primera. Composición y funcionamiento del Comité Técnico de
autorizaciones ambientales integradas.
Hasta que no se lleve a cabo el desarrollo reglamentario de esta ley, el régimen
jurídico, la composición y el funcionamiento de la CMAIB en materia de autorizaciones
ambientales integradas, se regirán por lo que prevé el Decreto 3/2022, de 28 de febrero,
por el que se regula el régimen jurídico y el funcionamiento de la Comisión de Medio
Ambiente de las Illes Balears y se desarrolla el procedimiento de evaluación ambiental,
con las modificaciones establecidas en la disposición final quinta en cuanto a las
competencias de los órganos de la CMAIB.
Mientras no se lleve a cabo el desarrollo reglamentario previsto en el artículo 5 de
esta ley, funcionará como registro la actual información disponible en el sitio web de la
CMAIB.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas todas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan
a lo que establece esta ley y, en particular:
a) El artículo 2.3, el apartado c) del artículo 32.1, el artículo 32.9 y el título VII de la
Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de
actividades en las Illes Balears.
cve: BOE-A-2023-2978
Verificable en https://www.boe.es
Disposición transitoria segunda. Registro de actividades sujetas al régimen de
autorización ambiental integrada.
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 16563
2. El personal técnico adscrito a otros servicios de la Consejería de Medio
Ambiente o personal técnico de otras consejerías, que ejerce competencias sectoriales
incorporadas en las autorizaciones ambientales integradas, hará seguimiento de la
vigilancia e inspección periódica para comprobar el cumplimiento de los requisitos de la
autorización ambiental integrada en sus respectivas competencias. El seguimiento de los
condicionantes sectoriales indicados en esta, será responsabilidad de los servicios
competentes en la materia específica, que darán cuenta de los controles realizados al
órgano competente al menos una vez al año en el Informe de control documental.
3. En el caso de las inspecciones programadas los distintos servicios competentes
procurarán coordinarse para llevar a cabo las inspecciones de manera conjunta.
4. El personal inspector de los ayuntamientos llevará a cabo las inspecciones
pertinentes en cuanto a la vigilancia del cumplimiento de la normativa de competencia
municipal. Se procurará la coordinación con las inspecciones correspondientes a la
autorización ambiental integrada.
5. Se contará con la ayuda del Servicio de Agentes de Medio Ambiente, que
apoyará a las actuaciones previstas en el Programa de inspección ambiental.
Asimismo, las unidades de inspección podrán solicitar la colaboración de:
– Unidades de Policía Local.
– Otros organismos que puedan desarrollar acciones de vigilancia del medio
ambiente.
– SEPRONA-Guardia Civil.
Disposición adicional.
insulares.
Modificación de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos
Se modifica el apartado k) del punto 1 del artículo 17 de la Ley 4/2022, de 28 de
junio, de consejos insulares, que pasa a tener el siguiente redactado:
«k) Aprobar los instrumentos de planificación general y sectorial, incluidos los
de ordenación territorial.»
Disposición transitoria primera. Composición y funcionamiento del Comité Técnico de
autorizaciones ambientales integradas.
Hasta que no se lleve a cabo el desarrollo reglamentario de esta ley, el régimen
jurídico, la composición y el funcionamiento de la CMAIB en materia de autorizaciones
ambientales integradas, se regirán por lo que prevé el Decreto 3/2022, de 28 de febrero,
por el que se regula el régimen jurídico y el funcionamiento de la Comisión de Medio
Ambiente de las Illes Balears y se desarrolla el procedimiento de evaluación ambiental,
con las modificaciones establecidas en la disposición final quinta en cuanto a las
competencias de los órganos de la CMAIB.
Mientras no se lleve a cabo el desarrollo reglamentario previsto en el artículo 5 de
esta ley, funcionará como registro la actual información disponible en el sitio web de la
CMAIB.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas todas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan
a lo que establece esta ley y, en particular:
a) El artículo 2.3, el apartado c) del artículo 32.1, el artículo 32.9 y el título VII de la
Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de
actividades en las Illes Balears.
cve: BOE-A-2023-2978
Verificable en https://www.boe.es
Disposición transitoria segunda. Registro de actividades sujetas al régimen de
autorización ambiental integrada.