I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Presupuestos. (BOE-A-2023-2980)
Ley 11/2022, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 16649

ley, y que tienen que ejecutarse, controlarse y liquidarse de acuerdo con lo establecido
en la citada Ley 14/2014 y en la normativa complementaria de aplicación.
f) Se aprueban los presupuestos para el ejercicio de 2023 de los consorcios a los
que se refiere la letra e) del artículo 2.1 de la citada Ley 7/2010, cuyos estados de
dotaciones y de recursos ascienden a 106.558.319 euros, de acuerdo con la distribución
por capítulos y entidades que consta en el anexo 11 de la presente ley, y que tienen que
ejecutarse, controlarse y liquidarse de acuerdo con lo establecido en la citada
Ley 14/2014 y en la normativa complementaria de aplicación.
2. Se aprueban los presupuestos para el ejercicio de 2023 del ente público Servicio
de Salud de las Illes Balears, en los siguientes términos:
a) Para la ejecución de los presupuestos del Servicio de Salud de las Illes Balears
para el ejercicio de 2023, se aprueban créditos para gastos de los capítulos
económicos 1 a 7 por un importe de 2.191.067.314 euros. Para la amortización de los
pasivos financieros, se aprueban créditos para gastos del capítulo 9 por un importe
de 2.086.210 euros. Todo ello de acuerdo con la distribución por capítulos y centros
gestores que consta en los anexos 12 y 13 de la presente ley.
b) La estimación de los derechos económicos que se prevén liquidar durante el
ejercicio, detallados en el estado de ingresos, asciende, con respecto a los capítulos 1
a 7, a 2.176.741.215 euros, y al capítulo 8, a un importe de 16.412.309 euros, de
acuerdo con la distribución por capítulos y centros gestores que consta en los anexos 14
a 16 de la presente ley.
c) Estos estados de gastos y de ingresos tienen que ejecutarse, controlarse y
liquidarse de acuerdo con lo establecido en la mencionada Ley 14/2014 y en la
normativa complementaria de aplicación.
3. Se aprueban los presupuestos para el ejercicio de 2023 de la Agencia Tributaria
de las Illes Balears, con unos créditos para gastos de los capítulos económicos 1 a 7 por
un importe de 15.225.862 euros, de acuerdo con la distribución por capítulos que consta
en el anexo 17 de la presente ley.
La estimación de los derechos económicos que se prevén liquidar durante el
ejercicio, detallados en el estado de ingresos, asciende, con respecto a los capítulos 1
a 7, a 15.225.862 euros, de acuerdo con la distribución por capítulos que consta en los
anexos 18 y 19 de la presente ley.
Estos estados de gastos y de ingresos tienen que ejecutarse, controlarse y liquidarse
de acuerdo con lo establecido en la mencionada Ley 14/2014 y en la normativa
complementaria de aplicación.
Artículo 2. Financiación de los créditos iniciales.
1. Los créditos aprobados en virtud de las letras a) y b) del artículo 1.1 anterior, por
un importe de 7.093.713.656 euros, tienen que financiarse:
a) Con los derechos económicos que se liquiden durante el ejercicio, que se
detallan en los capítulos 1 a 8 del estado de ingresos del presupuesto de la comunidad
autónoma, y que se estiman en 5.688.935.037 euros.
b) Con los derechos que se liquiden en el capítulo 9 del estado de ingresos del
presupuesto de la comunidad autónoma, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 37.2 de la presente ley.
2. Los créditos aprobados en virtud de la letra a) del artículo 1.2 anterior, por un
importe de 2.193.153.524 euros, tienen que financiarse con los derechos económicos
que se liquiden durante el ejercicio, que se detallan en los capítulos 1 a 8 del estado de
ingresos del presupuesto del ente público Servicio de Salud de las Illes Balears, y que se
estiman en 2.193.153.524 euros.

cve: BOE-A-2023-2980
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Núm. 31