I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Presupuestos. (BOE-A-2023-2980)
Ley 11/2022, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 16703

15. Se añade un artículo, el artículo 458 sexies, al capítulo III del título XIII de la
mencionada Ley 11/1998, con la siguiente redacción:
«Artículo 458 sexies.

Exenciones

Quedan exentas del pago de la tasa las familias en situación de vulnerabilidad
económica o social a las cuales se refiere el apartado 2 del artículo 5 de la
Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias.»
16. Se añade un nuevo título, el título XV, a la mencionada Ley 11/1998, con la
siguiente redacción:
«TÍTULO XV
Tasas aplicables a las entidades instrumentales de derecho público
CAPÍTULO ÚNICO
Tasa por los servicios de selección de personal
Artículo 465.

Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de esta tasa la inscripción en las convocatorias
para seleccionar el personal que tiene que acceder a las entidades integrantes del
sector público instrumental de derecho público a que se refiere el título I de la
Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la comunidad
autónoma de las Illes Balears, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 4 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, y con el apartado 2 del
artículo 8 de la Ley 10/2003, de 22 de diciembre, de medidas tributarias y
administrativas, salvo que dispongan de una tasa específica en esta ley.
Artículo 466. Exenciones.
Quedan exentas del pago de la tasa las personas con discapacidad igual o
superior al 33 % y las familias en situación de vulnerabilidad económica o social a
las cuales se refiere el apartado 2 del artículo 5 de la Ley 8/2018, de 31 de julio,
de apoyo a las familias.
Artículo 467.

Sujeto pasivo.

Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que se inscriben en las
convocatorias para seleccionar el personal que tiene que acceder a los entes
integrantes del sector público instrumental de derecho público de las Illes Balears,
tanto en condición de personal funcionario como de personal laboral.
Artículo 468.

Cuantía.

a) En convocatorias de acceso a plazas o puestos de trabajo para los cuales
se exija el título universitario de grado o superior: 28,89 euros.
b) En convocatorias de acceso a plazas o puestos de trabajo para los cuales
se exijan titulaciones de nivel inferior al título universitario de grado: 14,42 euros.
Las cuantías exigibles como tasa se tienen que consignar expresamente en
las convocatorias correspondientes.

cve: BOE-A-2023-2980
Verificable en https://www.boe.es

La cuantía de la tasa es la siguiente: