I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Presupuestos. (BOE-A-2023-2980)
Ley 11/2022, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 16644

Ciertamente, los presupuestos autonómicos para el año 2023 están condicionados
por la retirada de los fondos extraordinarios estatales que compensaron la dotación de
recursos extraordinarios para la hacienda autonómica en tiempo de pandemia. Sin
embargo, las medidas de sostenimiento de rentas y del tejido productivo han
coadyuvado a recuperar niveles de actividad económica y de empleo previos a la
pandemia, así como a mantener los ingresos tributarios que financian los servicios
públicos fundamentales a cargo de la administración. Tal y como se preveía el año
pasado, para el período 2023-2025 las administraciones públicas deben combinar dos
orientaciones fiscales: por un lado, deben perseverar en las actuaciones estratégicas de
transformación del actual modelo económico, y, por otro, deben avanzar hacia el
reequilibrio presupuestario estructural a fin de respetar el principio de sostenibilidad
financiera. Todo ello, en un entorno en el que debe tenerse en cuenta el comportamiento
en el tiempo de importantes factores de riesgo identificados por la Autoridad
Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), y que son la evolución de la
COVID-19, la invasión rusa de Ucrania, la crisis energética, la amenaza de
discontinuidad de la cadena de suministros y el aumento de los precios de bienes y
servicios.
En cualquier caso, con estos presupuestos generales para el año 2023 se pretende
culminar los principales objetivos políticos del actual Gobierno de las Illes Balears. En
este sentido, los denominados Acuerdos de Bellver constituyen la principal hoja de ruta
para lo que queda de legislatura, con la misión de reforzar los servicios públicos en
general y de afrontar los grandes retos de futuro en materia de vivienda, movilidad y
transición ecológica. Para ello, deben impulsarse las actuaciones transformadoras de
nuestro modelo sintetizadas en el Plan Estratégico Autonómico-Estrategia de Inversiones
de las Illes Balears 2030, priorizando las actuaciones que verifiquen los siguientes
objetivos estratégicos: a) lograr una economía más resiliente y un modelo productivo
más diversificado e innovador; b) llevar a cabo una transición ecológica hacia un modelo
de crecimiento más sostenible y equilibrado territorialmente; c) promover una economía
más digital, más productiva y generadora de valor añadido; y d) garantizar una transición
justa y un crecimiento inclusivo que no deje a nadie atrás.
III
La presente ley de presupuestos generales se estructura en siete títulos. El título I,
«Aprobación de los presupuestos, modificaciones y fondo de contingencia», recoge la
parte esencial de los presupuestos y consta de cuatro capítulos. El capítulo I contiene
todos los estados de ingresos y de gastos del sector público autonómico. Los capítulos II
y III regulan, respectivamente, la vinculación de los créditos y determinadas normas
específicas sobre las modificaciones de crédito que tienen que operar durante el ejercicio
de 2023. Y el capítulo IV prevé el fondo de contingencia, al que se refiere el artículo 38
de la Ley 14/2014, antes citada, que ha de destinarse a cubrir los gastos derivados de
necesidades inaplazables de carácter no discrecional –no previstas en los
presupuestos– que se presenten mientras estén vigentes, y, en particular, a financiar
ampliaciones e incorporaciones de crédito en los términos que se prevén en la presente
ley.
En todo caso, los estados de gastos de los presupuestos generales de la comunidad
autónoma para el año 2023 tienen en cuenta el límite de gasto no financiero aprobado
por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de octubre de 2022, y ratificado por el
Parlamento de las Illes Balears el día 11 de octubre siguiente, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 6.2 de la mencionada Ley 14/2014, por un importe
de 5.947.500,05 miles de euros.
El título II, bajo la rúbrica «Gestión del presupuesto de gastos», regula los órganos
competentes para la autorización y la disposición del gasto y para el reconocimiento de
la obligación, en términos análogos a los de las últimas leyes de presupuestos generales
de la comunidad autónoma, y teniendo en cuenta asimismo la modificación introducida

cve: BOE-A-2023-2980
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Núm. 31